9 de noviembre de 2020

FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL. Un soldado voluntario que violó a una joven fue condenado a seis años y medio de prisión

El encausado es un azuleño que está preso desde mayo de 2018. Dos años antes a que fuera arrestado se produjo el hecho por el que ahora fue condenado. El debate había comenzado en marzo. Luego de que se suspendiera a causa de la pandemia de coronavirus, semanas atrás continuó de manera virtual y el lunes que pasó se anunció el veredicto. La pareja de la víctima contó en el juicio que cuando se enteró de lo sucedido fue a buscar al abusador al cuartel y después le pegó un tiro en una pierna

Un soldado voluntario del Ejército fue condenado en un juicio oral a seis años y seis meses de prisión por violar a una joven, hecho que en esta ciudad se produjo en 2016, informaron a EL TIEMPO fuentes judiciales.

El encausado, que actualmente tiene 30 años de edad, es un azuleño llamado Samuel Ismael Lozano.

Escenario de este debate había sido el Tribunal Oral en lo Criminal número 2; y fue la jueza Inés Olmedo -que intervino de manera unipersonal en el proceso- quien se pronunció a favor de dictarle esa condena al imputado, a quien declaró autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal.

El juicio en la sala del TOC 2, que está ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia de Azul, había comenzado a desarrollarse en marzo pasado.

En ese entonces alcanzó a completarse la recepción de la prueba testimonial, de la mano de los testigos que las partes citaron para que comparezcan en la sala de debates.

Pero después, a causa de la emergencia sanitaria decretada por la pandemia de coronavirus, el proceso tuvo que suspenderse y se reanudó recién semanas atrás.

En ese entonces continuó de manera virtual, a través de audiencias donde declaró el ahora condenado en esta primera instancia y las partes, representadas por la fiscal Karina Gennuso y la defensora Oficial Mariana Mocciaro, formularon sus respectivos alegatos.

El pasado lunes se anunció el fallo para el soldado voluntario, que actualmente está preso en la Unidad 38, una de las cárceles de Sierra Chica, luego de que por este caso de abuso sexual fuera detenido el 19 de mayo de 2018.

El hecho

"Sin poder precisar un período de tiempo, pero entre el mes de octubre y los primeros días del mes de diciembre del año 2016, un día viernes" y "en horas de la noche" la jueza Olmedo señaló en el fallo que este hecho se produjo.

La joven que fuera abusada por Lozano era pareja de un amigo del soldado voluntario del Ejército, a quien la sometió sexualmente "contra su voluntad mediando violencia física", se indicó también con relación a lo sucedido en el interior de una vivienda de esta ciudad.

En este caso específico, de acuerdo con los diferentes testimonios escuchados en el juicio, en la resolución se refirió que Lozano sujetó del cuello a la víctima para después violarla, ocasión durante la cual fueron "infructuosos" los intentos de la joven para que el ahora condenado en esta primera instancia "cesara en su agresión".

Días más tarde a ocurrido el hecho la víctima se animó a contárselo a su pareja.

Según ese hombre dijera después en el debate cuando lo citaron a declarar como testigo, esa situación hizo que fuera a buscar a Lozano al cuartel, hecho sucedido el 31 de diciembre del ya referido año 2016.

En aquella ocasión, cuando ambos después se trasladaron a una casa de esta ciudad, en presencia de la joven que había sido violada días antes su pareja le efectuó un disparo con un revólver al soldado voluntario, quien en ese incidente resultó herido en una de sus piernas.

"Yo viví años horribles, me quise matar. Él seguía yendo a mi casa. Yo lloraba todo el día cuando lo veía, hasta que un día no pude más y le conté a mi marido. Desde ese día no tengo vida propia, yo le tengo miedo. Vivo con miedo. La familia de él tiene poder y yo no tengo dinero", había contado la joven durante este juicio al hablar del soldado voluntario que hace seis días fue condenado por haberla violado.

"Ese día -dijo también al referirse específicamente al hecho que la tuvo como víctima- él vino y me corrió el pantalón corto y la ropa interior. Yo después me fui a bañar y tiré la ropa. Me tenía la mano en el cuello, tenía mucho olor a alcohol y abuso de mí... Me dijo que mi marido no me iba a creer porque él era amigo de él. Después traté de empujarlo y se fue. Le dije que le iba a decir a mi marido... Estuve dos meses sin decir nada a nadie".

En su relato la joven admitió que también, después de que fuera violada por el soldado voluntario, "un montón de veces me quise matar".

Planteo que no prosperó

La imposibilidad de precisar con certeza el día en que este caso de abuso sexual se produjo había llevado a la Defensora Oficial del encausado a solicitar en el debate la nulidad de todas las actuaciones que se tradujeron en la tramitación de esta causa penal.

Según sostenía Mocciaro, por sí sola esa circunstancia violaba "la garantía de defensa en juicio", por lo que en su alegato pidió la absolución de su defendido.

Pero la jueza Olmedo rechazó ese planteo. "No se aprecia violación o afectación alguna a las garantías constitucionales de la defensa en juicio con su correlato del debido proceso", señaló en un tramo de la resolución que se diera a conocer el lunes pasado.

En la previa a que las partes anunciaran sus alegatos -instancia en la cual la fiscal Gennuso había pedido que Lozano fuera condenado a diez años de prisión y la defensora Oficial Mocciaro la absolución de su representado por el beneficio de la duda- el soldado voluntario había declarado.

Ya con el juicio desarrollándose de manera virtual, en su testimonio negó haber sido el autor de esta violación. Y entre otras cuestiones, señaló: "Parece que estoy viviendo una pesadilla, es una locura. Parece mentira estar privado de la libertad y por el hecho que se me imputa, por una mentira de ella y el marido".

"El plexo probatorio incorporado por lectura y el recreado durante el debate permiten realizar una reconstrucción histórica de cómo tuvo lugar este hecho, determinando la materialidad ilícita y la autoría de este en cabeza del encartado", escribió la jueza Inés Olmedo en uno de los párrafos del fallo de este debate donde condenó al soldado voluntario.

Además, para imponerle esa pena de seis años y medio de cárcel, la magistrada valoró la declaración de la joven violada, "quien se mantuvo en sus dichos, realizó un relato de lo acontecido ese día" y aunque "no expresó en forma pormenorizada el suceso, no recordando fecha y detalles del mismo, afirmó que fue víctima de abuso sexual por el encartado aproximadamente dos meses antes del cumpleaños de su pareja".

"En su testimonio se mostró conmovida; y en cuanto al develamiento del hecho, el mismo fue el día 16 de diciembre de 2016, en el cumpleaños de su pareja", indicó la Jueza del TOC 2 sobre esa circunstancia a la que también aludieron varias personas que, en carácter de testigos, pasaron por este juicio.

EL DATO

A modo de circunstancia atenuante para el soldado voluntario autor de este caso de abuso sexual, la jueza Olmedo tuvo en cuenta su "ausencia de antecedentes condenatorios". Y valoró, como una agravante potenciadora de esa pena de seis años y seis meses de prisión que le impusiera, "la relación de confianza que existía entre la víctima y el encartado, la cual fue aprovechada por este último para llevar adelante el hecho en el domicilio del grupo familiar" de la joven.

Un intento para suspender el juicio que fue rechazado en dos ocasiones

Después de que no prosperara ante la Jueza que condenó al soldado voluntario un pedido de la defensora Oficial Mariana Mocciaro para impugnar la continuación de este debate de manera virtual, en septiembre pasado la Cámara Penal había rechazado por "improcedente" el recurso que en ese mismo sentido formulara la abogada del encausado.

El juicio a Samuel Ismael Lozano había comenzado en el TOC 2 de Azul el 18 de marzo de 2020, dos días antes a que se decretara por parte del Gobierno nacional la emergencia sanitaria por la actual pandemia de coronavirus.

A causa de esa situación -luego de que en la sala de debates pudo completarse la recepción de la prueba testimonial, de la mano de las personas citadas a comparecer por las partes- el 19 de mayo la jueza Inés Olmedo dispuso que el juicio continuara en forma virtual.

En ese entonces Mariana Mocciaro, la defensora Oficial del soldado voluntario, se opuso a esa decisión de la magistrada. En consecuencia, al ser rechazada su pretensión en primera instancia por la magistrada Olmedo, apeló lo dispuesto ante la Cámara Penal.

En septiembre pasado los jueces Carlos Pagliere (h) y Damián Cini no dieron lugar al recurso de la Defensora Oficial, confirmando en ese entonces que el debate debía continuar de manera virtual, tal como finalmente sucedió.

Según Mocciaro sostenía, la suspensión de un juicio por un lapso superior a los diez días consecutivos -tal como en este caso ocurrió, aunque por una cuestión excepcional como la pandemia- habilitaba a decretar la nulidad del debate y, en consecuencia, a que se llevara a cabo uno nuevo para preservar los llamados "derechos y garantías constitucionales esenciales del debido proceso legal".

"La apelación deducida no puede prosperar, pues comparto los argumentos desarrollados por la Sra. Jueza interviniente para dar paso a la etapa final del debate oral a través de la plataforma vitual Microsoft Teams", escribió desde el máximo Tribunal de Alzada departamental Carlos Pagliere (h) en aquel fallo de hace dos meses, en respuesta a ese recurso presentado por la Defensora Oficial del soldado voluntario.

De manera unánime, desde la Cámara lo pretendido por Mocciaro fue rechazado. En consecuencia, eso se tradujo en la continuación del proceso de forma virtual. Y el pasado lunes este debate culminó con la condena para el soldado voluntario, declarado autor de este caso de abuso sexual, a seis años y seis meses de cárcel.

Según los camaristas, la emergencia sanitaria por la pandemia no era una situación normal que habilitaba legalmente a anular este juicio y hacer uno nuevo. Todo lo contrario, ya que se trataba de "un acontecimiento totalmente diferente que no sólo motivó la suspensión sino, además, el aislamiento social obligatorio ante la existencia de una pandemia mundial", se indicó desde la Cámara Penal para ratificar la continuación de este debate de manera virtual.

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