29 de diciembre de 2018

. Una condena y una absolución por las muertes de Felicitas Lazarte y su papá


FALLO DE UN JUICIO ORAL

Al declarado cuidador del caballo que impactó contra el auto en el que viajaban las víctimas, una jueza Correccional lo condenó ayer a dos años de prisión en suspenso. También lo inhabilitó, por el plazo de cinco años, “para ser titular y/o poseer y/o tener y/o entrenar animales equinos y/o realizar actividades hípicas”. En tanto, el dueño del equino, que figuraba como coimputado en estos homicidios culposos, fue absuelto.

Miguel Ángel “Patolo” Giammátolo y Diego Alberto Marmouget. Mientras que el cuidador del caballo implicado en este incidente de tránsito donde murieron Felicitas Lazarte y su papá ayer fue condenado, al propietario del animal lo absolvieron, JORGE SCOTTON/EN LÍNEA NOTICIAS/OLAVARRÍA



El juicio por las muertes de Felicitas Lazarte, la nena que había sido trasplantada de corazón, y su papá finalizó ayer con una condena y una absolución.

Al considerado cuidador del equino que en junio de 2015 había embestido el automóvil en el que se trasladaban las víctimas -incidente de tránsito donde había resultado herida la mamá de la menor- una jueza le impuso una pena de dos años de prisión en suspenso.

Además, al hallarlo autor penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo agravado por la pluralidad de víctimas en concurso ideal con lesiones leves culposas, lo inhabilitó de manera especial por el plazo de cinco años “para ser titular y/o poseer y/o tener y/o entrenar animales equinos y/o realizar actividades hípicas”.

En el mismo fallo de lo que había sido este juicio, que desde semanas atrás tuvo como escenario el Juzgado Correccional con asiento en Olavarría que depende del Departamento Judicial Azul, el otro imputado que tenía esta causa penal fue absuelto. Se trató del comerciante propietario de ese caballo que en la Avenida Chaves, durante las primeras horas del 29 de junio de 2015, estaba suelto y embistió el automóvil en el que las víctimas salían de Azul para ir al Hospital Garrahan de la ciudad de Buenos Aires.

En ese centro asistencial, tiempo antes, la menor había recibido un trasplante de corazón y aquel día viajaba a un control de rutina.

De esa manera, en el fallo dado a conocer ayer la jueza Correccional Cecilia Desiata condenó a Miguel Ángel “Patolo” Giammátolo, un empleado municipal que tiene 37 años de edad, y absolvió a Diego Alberto Marmouget, el comerciante que figuraba también acusado en esta causa penal.

La condena de dos años de prisión de ejecución condicional para el cuidador del caballo implicó que la magistrada le fijara varias pautas de conducta, tal como habitualmente sucede cuando las penas que se imponen son en suspenso.

En ese contexto, Giammátolo tiene que “fijar y mantener domicilio” y “someterse al cuidado de Patronato de Liberados”.

A modo de responsabilidades penales en lo sucedido, en un tramo de la resolución la magistrada escribió con relación a lo sucedido aquel ya referido 29 de junio de 2015 en esta ciudad: “Tengo por probada la autoría del suceso descrito en cabeza de Miguel Angel Giammátolo; mientras no se ha podido acreditar lo propio con respecto a Diego Marmouget, por lo que con respecto a este último corresponde dictar veredicto absolutorio en orden al beneficio de la duda”.

El “suceso” que se cobró dos vidas  

Según lo que quedó probado en el juicio, Felicitas Lazarte -que tenía nueve años de edad- y su papá, llamado Rodolfo Emir Lazarte y de 51 años, murieron a causa de un incidente de tránsito protagonizado por un caballo que estaba suelto.

Ese hecho se produjo el 29 de junio de 2015, cuando era alrededor de la hora cinco, y la menor y sus padres circulaban en un automóvil Chevrolet Corsa por la Avenida Chaves.

A esa hora estaban saliendo de Azul, ya que tenían que estar presentes aquel día en el Hospital Garrahan, el centro asistencial porteño donde la nena -tiempo antes- había sido sometida exitosamente a un trasplante de corazón.

El 29 de junio de 2015 tenían un turno para poco antes del mediodía. No llevaban prisa en el auto en el que circulaban, escena que transcurría en medio de una densa niebla que, de alguna manera, dificultaba la visión.

Sobre la Chaves, en el tramo comprendido entre la Avenida República de Italia y la Ruta 51, se produjo aquel grave y fatal incidente de tránsito.

En el Corsa, además de la menor y su papá, viajaba también Adriana Edith Fossat. La mamá de Felicitas sólo sufrió lesiones leves cuando ese caballo suelto, que horas antes se había escapado de un potrero ubicado en cercanías al Hipódromo de Azul, impactó contra el automóvil en el que viajaba junto con su esposo y su hija.

El caballo -escribió la jueza Desiata en el fallo- “se desplazaba por la cinta asfáltica obstaculizando el tránsito”. De esa manera, se cruzó “en la línea de marcha del vehículo conducido por Lazarte, causando un impacto y posterior despiste del rodado”, que fue a parar a una de las banquinas de la mencionada avenida.

Como consecuencia de ese impacto del animal contra el auto, los decesos de Lazarte y de su hija fueron inmediatos por los traumatismos sufridos en la colisión.

Adriana Edith Fossat, en tanto, resultó con lesiones leves a causa de los varios golpes que también sufrió, traumatismos por las cuales -aquella mañana en que su esposo y su hija murieron- fue trasladada al Hospital Pintos para ser asistida.

La investigación penal que se inició el día de sucedido el hecho permitió ubicar rápidamente a Marmouget como el dueño del caballo implicado en este siniestro de tránsito.

Eso fue posible gracias a que el animal, un pura sangre que ya estaba alejado de los circos hípicos, tenía colocado un chip de identificación.

Pero en principio, quien fue procesado por ambos homicidios culposos fue Giammátolo, el cuidador del caballo. El mismo hombre que ayer fue condenado en este juicio que se hizo en Olavarría, a diferencia de lo que pasó con Marmouget. El dueño del animal, que se llamaba “Soy Corrupto”, en esta primera instancia terminó siendo absuelto.

El dato

Que Giammátolo no registrara “antecedentes y condenas penales” se convirtió en una circunstancia atenuante a las penas que la jueza Desiata le dictó por los decesos de Felicitas Lazarte y de su papá. Además, en cuanto al modo de cumplimiento de esa sanción de dos años de prisión que le fuera impuesta en esta primera instancia, la jueza Desiata sostuvo que “se corresponde con la calidad de primario del imputado y la corta duración de la misma, lo que en su conjunción hace a la inconveniencia de una pena privativa de la libertad de efectivo cumplimiento”.

UN CABALLO QUE APARECIÓ “DE LA NADA”

NACHO CORREA/ARCHIVO/EL TIEMPO

Entre los varios testigos que declararon en el juicio realizado en Olavarría, la recepción de la prueba testimonial se inició semanas atrás con la versión que de lo sucedido dio la única sobreviviente de aquel incidente de tránsito: Adriana Fossat, la mamá de Felicitas y esposa de Rodolfo Emir Lazarte. Ella fue quien contó que aquel 29 de junio de 2015 iban los tres en el auto por la Avenida Chaves cuando, imprevistamente, ese caballo que estaba suelto se cruzó en el camino del rodado. La mujer afirmó en el debate que aquel día “había muchísima neblina” y que viajaban a la Capital Federal porque su hija Felicitas tenía turno en el Garrahan, a la hora doce de ese día. Ella, según declaró, observó a dos caballos sueltos que estaban “en la vera de la calle”, situación por la cual le comentó a su esposo, que iba manejando el Chevrolet Corsa, “que tuviera cuidado”. El caballo involucrado en este siniestro de tránsito fue otro, “un tercero, de pelo claro”. Un animal -señaló en el juicio la madre de la nena trasplantada de corazón- que “de la nada" se les vino encima, registrándose así ese impacto entre el vehículo y el equino, lo que hizo que posteriormente el auto fuera a parar a un zanjón y que, al mismo tiempo, la hija y el esposo de Fossat murieran prácticamente en el acto.

LO QUE CONCLUYÓ LA JUEZA EN EL FALLO 

“He llegado a la conclusión que el equino ‘Soy Corrupto’ había llegado al lugar, esa madrugada del 29 de junio de 2015, con al menos otro, proveniente de un predio no habilitado, ubicado en la Calle 306 y Jujuy Norte de Azul,  zona urbana”, escribió en uno de los tramos del fallo la jueza Cecilia Desiata.

En ese potrero, el equino involucrado en este incidente de tránsito “se encontraba junto a otros caballos, al cuidado de un sujeto varón”.

Esa persona a la que la magistrada aludió resultó ser el azuleño condenado en este proceso, Miguel Ángel Giammátolo, “que no fue diligente en la  conservación del alambrado precario del mismo, cuidado que tendría que haber maximizado en razón del riesgo de la zona urbana del predio en el que tenía los animales”.

Dicha situación mencionada por la jueza, “de riesgo no permitido”, fue el origen de “la irrupción de ‘Soy Corrupto’, propiedad de Marmouget, en la vía pública, desencadenando los resultados mortales y lesivos” para con Felicitas Lazarte y su papá, cuando se trasladaban en el auto en la Avenida Chaves.

En otra tramo del fallo, la jueza escribió: “Si bien el caballo pertenecía a Marmouget, se lo había dado en tenencia a Giammátolo. Tenencia en la que no fue diligente. Es decir, siempre pensó en el bienestar del caballo (que no pasara frío, que tuviera agua y pasto). Pero no en los daños que el equino podía causar suelto por la zona urbana”.

“A punto tal ostentaba dicha tenencia Giammátolo que, cuando faltó el animal de Marmouget, él salió en su búsqueda, además de avisarle que faltaba el mismo por teléfono. Ignorando, en principio, que se encontraba en el lugar del siniestro”, agregó.

En lo que definió como “el meollo de la cuestión”, en lo dispuesto ayer también indicó. “No se le imputa a Giammatolo haber tenido a ‘Soy Corrupto’ por dinero o algún tipo de interés. Lo que se le imputa es no haber realizado esa "gauchada" con apego a las normas. Es decir: en un lugar habilitado a tal fin o, cuanto menos, fuera de la zona urbana y, en una hipótesis de mínima, conservando el alambrado perimetral de púas en la totalidad del mismo con diligencia” y “cerrada con alguna medida de seguridad la tranquera, de modo que no cualquiera pueda abrirla y facilitar el egreso de los animales, que  además no deberían haber estado en esa zona urbana”.

En cuanto a Diego Alberto Marmouget, para absolverlo la Jueza Correccional concluyó: “Lo único que se puede decir, para destruir su estado de inocencia, es que era propietario del caballo y se lo dio a cuidar a un tercero”, en la previa a que después el animal fuera trasladado al campo.

“Del debate surgió que la única responsabilidad que tendría Marmouget de lo ocurrido, en orden al beneficio de la duda, sería la objetiva, fruto de ser propietario de la cosa riesgosa. Su responsabilidad en tal sentido fue sancionada en sede administrativa y podrá eventualmente serlo en sede civil. Pero no en sede penal, pues -concluyó Desiata- una cosa es la imputación objetiva y otra, muy distinta, la responsabilidad objetiva”.

HABRÁ APELACIONES

Desde la parte acusatoria, en este juicio habían sido solicitadas sanciones penales para ambos acusados. Pero sólo fue condenado el cuidador del caballo implicado en el incidente donde murieron Felicitas Lazarte y su papá. JORGE SCOTTON/EN LÍNEA NOTICIAS/OLAVARRÍA

Para Gabriel Di Giulio, abogado que como Particular Damnificado intervino en este juicio, la condena para uno de los encausados “implica tomar conciencia y responsabilidad por los animales sueltos, en este caso equinos, en la zona urbana”.

Desde su punto de vista, este proceso que terminó ayer en el Juzgado Correccional de Olavarría será tomado como un caso principal y de referencia -un “leading case”- en situaciones como la que se tradujo en que dos de los integrantes de la familia Lazarte-Fossat murieran y que otro resultara lesionado, a causa de ese caballo que estaba suelto y fue embestido por el auto en el que circulaban las víctimas de este siniestro vial.

Finalmente, ayer en diálogo con EL TIEMPO, Di Giulio afirmó: “Discrepamos manifiestamente con la absolución de Marmouget, por lo que el fallo, que será apelado”.

Cuando el miércoles que pasó se conocieron los alegatos, el representante del Particular Damnificado había solicitado que ambos encausados fueran condenados.

En el caso del cuidador, el único condenado ayer, a “cuatro años y un mes de prisión”. Para el dueño del equino, en tanto, Di Giulio había pedido una condena consistente en una pena de “cuatro años y seis meses de prisión”. Además, solicitó que a Marmouget y Giammátolo los inhabilitaran por el doble de tiempo de esas condenas que había pedido para ejercer actividades con animales equinos. También para desarrollar “actividades hípicas”.

A Christian Urlézaga le había tocado ejercer la representación del Ministerio Público Fiscal en este juicio.

En su alegato, los pedidos de condenas para ambos encausados fueron de montos menores a los que solicitara el abogado de la familia de las víctimas: “tres años y seis meses de prisión”. Y también solicitó inhabilitaciones por el doble de ese tiempo para que los dos ejercieran actividades relacionadas con animales equinos.

Distintos habían sido, en sus respectivos alegatos, los enfoques de la defensora Oficial Adriana Hernández y del abogado Pedro De Luca.

Considerando el desenlace de este juicio, la funcionaria judicial consiguió su objetivo, ya que con los elementos de prueba esgrimidos en el debate consiguió que Diego Marmouget fuera absuelto.

Esa misma solicitud había pedido el Defensor Particular cachariense, que en el debate patrocinó al único condenado por este doble homicidio culposo, Miguel Angel Giammátolo.

Teniendo en cuenta lo ya adelantado ayer por el abogado Di Giulio, es muy probable que no sólo el fiscal Urlézaga y él recurran ante la Cámara Penal este fallo de primera instancia.

Por ese mismo camino recursivo, en dirección hacia el Tribunal de Alzada,  seguramente transitará también el abogado De Luca después de esta sentencia anunciada ayer. Un veredicto que, únicamente, se tradujo en la condena de su defendido.

 

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