EL PROYECTO DE ORDENANZA QUE GENERÓ LA COMISIÓN DE NOMENCLATURA

EL PROYECTO DE ORDENANZA QUE GENERÓ LA COMISIÓN DE NOMENCLATURA

Comisiones vecinales, mesas barriales y plenario: las tres formas de organización comunitaria propuestas

Con esta iniciativa se busca actualizar, poner en valor y jerarquizar el trabajo que desarrollan las comisiones vecinales en el Partido de Azul. También, el fortalecimiento y la recuperación de los espacios de participación, del compromiso y la solidaridad, propiciando el trabajo conjunto entre el Estado. Una de las principales novedades legislativas: se prevé que la ciudad cabecera y cada una de las localidades pueda ser dividida en zonas a partir de las cuales se conformarán las Mesas Barriales.

27 de mayo de 2024

Desde la Comisión de Nomenclatura del Concejo Deliberante se elaboró el proyecto de ordenanza en el que se propone una nueva forma de organización comunitaria y de ordenamiento territorial para el Partido de Azul. La iniciativa define tres instancias de participación: las comisiones vecinales, las mesas barriales y el plenario de comisiones. El proyecto fue expuesto en la sexta sesión ordinaria del cuerpo deliberativo y la fundamentación estuvo a cargo de la concejala María Inés Laurini, tal como se indicó en EL TIEMPO en la edición del pasado viernes.

En el siguiente artículo se dan a conocer los distintos aspectos que contempla la propuesta, como así también se refieren los distintos barrios incluidos en la norma. El proyecto de ordenanza sobre comisiones vecinales, que será analizado en la Comisión de Interpretación del Concejo Deliberante, lleva las firmas de los concejales María Inés Laurini, Consuelo Burgos, Virginia Torres, Agustín Puyou y Agustina Bauché. Entre otros aspectos, plantea la derogación de la Ordenanza 891 de 1990 y sus modificatorias.

Se indica que "desde la Comisión de Nomenclatura del Concejo Deliberante, y en articulación con la Dirección de Comisiones Vecinales dependiente de la Secretaría de Gobierno, se trabajó en este proyecto de ordenanza para actualizar, poner en valor y jerarquizar el trabajo que desarrollan las comisiones vecinales; y crear una nueva instancia de participación que involucre el compromiso institucional de otras organizaciones con base en el mismo territorio".

"El proyecto -se añade-, una vez elaborado, fue sometido a análisis y debate en reunión plenaria con los presidentes de comisiones vecinales que realizaron una importante cantidad de propuestas de modificaciones, la mayoría de las cuales fueron incorporadas al proyecto".

De ese modo, "la organización comunitaria territorial queda estructurada a partir de tres niveles de organización en función de la extensión territorial que abarcan: las comisiones vecinales, como organizaciones de primer grado; las Mesas Barriales, como organizaciones de segundo grado; y el Plenario de Comisiones Vecinales, como organización de tercer grado".

En tanto, se puntualiza que "la ordenanza que se propone tiende a la normalización de las comisiones existentes, estimula la creación de nuevas, prorroga el mandato de algunas y propone la realización simultánea de todas las elecciones en el mes de noviembre de los años no electorales, por lo que se crea, además, una junta electoral responsable de garantizar las condiciones necesarias".

"La incorporación de este mecanismo procura una mayor visibilización y un estímulo a la participación", al tiempo que se refiere que "se propone la creación de once Mesas Barriales en Azul, dos mesas barriales en Chillar y cuatro en Cacharí, como instancias de participación en las que, además de los representantes de las comisiones vecinales, se deberá estimular la participación de representantes de organizaciones deportivas, educativas, religiosas, etc."

En consecuencia, "la propuesta tiende al fortalecimiento y la recuperación de los espacios de participación, del compromiso y la solidaridad, propiciando el trabajo conjunto entre el Estado, representado por el Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante, y la comunidad".

El proyecto refiere que "la presente ordenanza tiene por objeto establecer las normas de organización, competencia y funcionamiento de las comisiones vecinales, y las que se constituyan en lo sucesivo; de las Mesas Barriales y del Plenario de Comisiones Vecinales como espacios de participación ciudadana y de articulación con el gobierno municipal".

Es así que se considera que, "bajo la denominación de Comisiones Vecinales funcionarán las asociaciones voluntarias de vecinos y vecinas de un mismo barrio, de la ciudad cabecera y de cada una de las localidades del Partido de Azul, constituidas con propósito de bien público y sin fines de lucro. Las mismas se organizarán conforme las disposiciones de la presente ordenanza y su funcionamiento se regirá en el marco del Estatuto que la misma comisión elabore en base al modelo" que se incluye en la propia ordenanza.

Mesas Barriales

Por su parte, sostiene que "las Mesas Barriales son juntas de representantes de cada una de las comisiones vecinales y de las instituciones u organizaciones que pertenecen a una misma zona de la ciudad o circunscripción territorial que se reúnen para el tratamiento de temas y problemas comunes".

"Tendrán como principal objetivo la identificación, articulación, integración e incorporación de las asociaciones civiles, organizaciones e instituciones que componen la zona: educativas, de salud, deportivas, culturales, religiosas, para trabajar articuladamente en la resolución de problemas sociales, de infraestructura, de salud, etc., y representar a la zona frente al Departamento Ejecutivo", se indica.

Por otra parte, determina que "la ciudad cabecera y cada una de las localidades estará dividida en zonas a partir de las cuales conformar las Mesas Barriales".

Define que "el Plenario de Comisiones Vecinales es el organismo que reúne en asamblea a los representantes de las Comisiones Vecinales para analizar temas en común, prestar la máxima colaboración a las Comisiones Vecinales, y abordar todas aquellas cuestiones que consideren prioritarias, a fin de que puedan dar cumplimiento con lo establecido en la presente ordenanza".

Se determina como autoridad de aplicación en la ordenanza a la Dirección de Comisiones Vecinales, dependiente de la Secretaría de Gobierno municipal, "la que actuará como veedora en toda instancia, pudiendo controlar los libros de actas, balances anuales, si los tuviera, e inventarios que deberá presentar cada Comisión Vecinal; e investigar en caso de sospecha o denuncia de irregularidades durante cualquier momento de sus mandatos, y en cualquier aspecto relativo a la aplicación de la presente ordenanza".

"La autoridad de aplicación -agrega la iniciativa- será también el órgano competente para dirimir eventuales conflictos entre Comisiones Vecinales". Es así que, además, prevé que "las partes en conflicto o la autoridad de aplicación podrán convocar a un tribunal de ética que será integrado por dos concejales, uno por el oficialismo y uno por la oposición, dos representantes designados por el plenario de comisiones vecinales y el secretario de Gobierno".

Comisiones Vecinales

En el capítulo correspondiente del proyecto de ordenanza, se establece que "las comisiones vecinales adoptarán una denominación que las individualice y tenga clara y expresa referencia al sector o ámbito territorial al que pertenezcan. Para ello se adoptará la fórmula 'Comisión Vecinal' seguida de la denominación del barrio establecido por ordenanza. Esta denominación no podrá pertenecer a ninguna otra persona física o jurídica, sea de carácter público o privado, ni afectar los derechos inherentes a las mismas o que induzcan a error respecto de instituciones o reparticiones del Estado nacional, provincial o municipal, partidos políticos, organizaciones gremiales o profesionales u organizaciones o empresas de cualquier otro tipo. Sólo en casos de excepción podrá autorizarse una denominación que contenga referencias de tipo religioso, político o económico, siempre y cuando el sector o barrio haya recibido mediante ordenanza un nombre que posea tales características, o bien cuando haya sido consagrado por el uso o la costumbre".

En cuanto a los objetivos de las Comisiones Vecinales se mencionan el de "promover el bienestar general de la comunidad desde la óptica de los intereses del conjunto social sin particularizaciones ni sectarismos; estimular la participación cívica, democrática, solidaria y de integración en el ámbito vecinal; propender el mejoramiento de la calidad de vida, al progreso y al desarrollo del barrio; presentar peticiones, inquietudes y sugerencias y formular programas de desarrollo comunitario y defensa de los derechos e intereses de los vecinos; ejercer la representación de los vecinos del barrio ante toda persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada".

Asimismo, "estimular la participación de los vecinos en la consideración, tratamiento y resolución de la problemática del barrio, tomando parte activa en todos los procedimientos necesarios para ello; promover el progreso del barrio en todos sus órdenes, a través del desarrollo del espíritu comunitario, la solidaridad entre los ciudadanos y el respeto a los principios que caracterizan el sistema de vida democrático; establecer formas activas de colaboración entre los vecinos y las autoridades municipales con la finalidad de asegurar el cumplimiento de los objetivos de las políticas públicas a implementar en cada barrio, con el aporte de iniciativas, recursos humanos, físicos y materiales; atender, informar y asesorar respecto del estado del barrio y las necesidades de sus vecinos; colaborar activamente en los procesos de ejecución, desconcentración y descentralización; impulsar e intervenir en programas de capacitación para los vecinos y propender a la formación de dirigentes vecinales; estimular, desarrollar y promover los valores de la solidaridad social, así como la mejora de las condiciones de vida de sus habitantes, entendiendo a la participación comunitaria como el instrumento más idóneo para la comprensión y solución de los problemas comunes".

Del mismo modo, establece los objetivos de "coordinar con el Municipio la formulación de una caracterización global de la problemática barrial, a efectos de programar acciones tendientes a dar respuesta a las mismas; fortalecer a través de acciones concretas la identidad cultural del barrio y la ciudad como comunidad de pertenencia; organizar, difundir y participar en las actividades culturales y artísticas del barrio; prestar asistencia a los organismos públicos municipales en casos de catástrofe o emergencias públicas, cuando sea solicitado por la Comisión de Defensa Civil local; fomentar entre los vecinos el conocimiento de las normativas municipales y la participación cívica; procurar el mejoramiento integral de las condiciones de vida vecinal, sobre la base de principios de colaboración mutua y solidaridad vecinal en los aspectos sociales, culturales, educacionales, sanitarios y morales; colaborar con el Departamento Ejecutivo en la planificación y ejecución en las acciones de intervención directa".

En relación al mandato de la comisión directiva, la ordenanza establece que "la comisión vecinal será dirigida por una comisión directiva cuyos miembros ejercerán su mandato por cuatro años, pudiendo ser reelectos, y desarrollarán sus funciones en forma ad honorem".

Los barrios

En las Disposiciones Transitorias del proyecto de ordenanza se mencionan los distintos casos. En principio, "se reconocen como comisiones vecinales legalmente constituidas en el marco de la ordenanza 891/90, cuya vigencia se prorroga hasta la próxima elección a realizarse en noviembre de 2024" a las de los siguientes barrios:

-Carús

-Los Pinos

-Villa Piazza Sur

-Villa Piazza Norte

-Villa Suiza

-Los Álamos

-Güemes

-Villa Piazza Centro

-Pedro Burgos

-Juan Domingo Perón

-Villa Giammátolo

-El Sol.

En el artículo 34 del proyecto de ordenanza "se reconocen como comisiones vecinales legalmente constituidas en el marco de la ordenanza 891/90, cuya vigencia se prorroga hasta la próxima elección, a realizarse en noviembre de 2026" a las correspondientes a los barrios:

-Las Moradas

-Burgos y Catamarca

-Cristo Rey (Cacharí)

-El Chaparral

-Carlos Gardel

-Santa Elena

-Villa Mitre

-Parque Pinasco

-Ceramista

-Urioste

-Bidegain

-Monte Viggiano

-Villa Fidelidad.

Se determinan, en el artículo 35, que "se reconocen como comisiones vecinales constituidas de hecho y que deberán constituirse legalmente en el marco de la presente" ordenanza, a las de los barrios que se mencionan a continuación:

-Solidaridad

-Alfonsina Storni

-Plaza Oubiñas

-San Martín de Porres

-Del Carmen

-San Francisco de Asís

-Santa Lucía

-Cristo Redentor

-La Tosquera

-Ceferino Namuncurá

-16 de Diciembre

-Dorrego

-Los Pinos

-Mariano Moreno

-18 de Abril

-Villa Araya

-San Cayetano (Cacharí)

-Villa Dambrosio

-SOEMPA

-San Lorenzo.

Además, se reconocen como "barrios" o áreas de la localidad de Azul pasibles de contar con comisión vecinal a las siguientes circunscripciones territoriales:

-SOCOA

-Chacras de Bruno

-Barrio Parque

-Barrio De Paula

-Barrio Costanera

-Barrio Tribunales

-Barrio Centro

-Barrio Palmiro Bogliano

-Barrio Zona 8

-Barrio Mujica

-Barrio Golf

-Barrio Matadero

-Barrio Zona Ruta 51

-Barrio Oeste

-Barrio Facultad

-Barrio Regimiento

-Barrio Balneario.

En el Anexo 4 del proyecto de ordenanza se establecen los límites de los barrios que se mencionan a continuación: Santa Lucía, Carús, Parque, Monte Viggiano, Ceramista, San Francisco de Asís, Jardín Botánico, Villa Mitre, Urioste, Villa Araya, Parque Pinasco, Palmiro Bogliano, Zona 8, Barrio Mujica, Zona Ruta 51, Barrio Oeste, Villa Piazza Sur, Centro y Norte, respectivamente; barrios Del Carmen 1 y 2; Barrio 18 de Abril, Centro, Plaza Belgrano, Alfonsina Storni, Los Arrayanes, Solidaridad, 16 de Diciembre, Balneario, Barrio Elsa Oroquieta, Mariano Moreno, San Martín, Piedra Buena, Cesuar, De Paula, Tribunales, Plaza Oubiñas, Luz y Fuerza, Carlos Gardel, Pedro Burgos, Ciudad de Azul, Villa Suiza, Zona Azul Rugby, Güemes, El Sol, Los Pinos, Dorrego, Ceferino Namancurá, Santa Elena, Juan Domingo Perón, Burgos y Catamarca, San Martín de Porres, Reforma Universitaria, Los Álamos, Las Moradas, Costanera, Golf, Matadero, Facultad, Regimiento, Villa Giammátolo, SOCOA, Chacras de Bruno, El Chaparral, Las Marías del Callvú, Los Teros.


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