1 de julio de 2026

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO . Tres años de prisión en suspenso para un azuleño condenado por abuso sexual

"Abuso sexual simple, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia con la misma", es el delito por el que fue declarado autor el encausado. El Juez que intervino en este proceso le impuso también varias pautas de conducta que deberá cumplir una vez que lo resuelto quede firme. Entre ellas figuran la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto o acercamiento con la víctima y la realización de un curso sobre masculinidades.

Un azuleño fue sentenciado a tres años de prisión de ejecución condicional tras ser declarado autor de hechos de abuso sexual cometidos contra una joven cuando la víctima era menor de edad, señalaron ayer voceros oficiales a EL TIEMPO.

Lo decidido fue el resultado de un juicio abreviado donde el condenado en esta primera instancia fue identificado como Ignacio Ariel Hidalgo, un hombre que actualmente tiene 48 años de edad.

Ese proceso se tramitó ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 local y contó con la intervención del juez Albano Gallicchio.

El monto y la modalidad de la pena ordenados para el imputado fueron los mismos que habían acordado las partes, en la previa a que desde la Acusación fuera formulado ante el TOC 2 el pedido para la sustanciación del proceso.

"Dadas las características de los hechos y de conformidad al acuerdo al que han arribado las partes en cuanto a la calificación otorgada a los mismos, la especie, monto de la pena y modalidad de cumplimiento, con más el imperativo legal que impide aplicar un monto punitivo mayor al pactado y modificar el modo de cumplimiento de la pena (salvo en beneficio del incuso), estimo que corresponde condenar a Ignacio Ariel Hidalgo... a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional y costas procesales por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia con la misma", escribió el juez Gallicchio en el fallo.

Las partes, representadas por la fiscal Paula Serrano y la defensora Oficial Mariana Mocciaro, acordaron también que se valorara para el imputado, como una atenuante, su ausencia de antecedentes penales computables hasta el momento, circunstancia que fue aceptada por el Juez.

De quedar firme en todos sus términos este fallo, Hidalgo deberá cumplir con diferentes obligaciones durante el plazo de dos años para que no le sea revocada la condicionalidad de la sanción que le terminó siendo impuesta.

En consecuencia, el declarado autor de este caso de abuso sexual tendrá que "fijar y mantener domicilio", "someterse al contralor de Patronato de Liberados", "no cometer nuevos delitos", "abstenerse de mantener contacto con la víctima por cualquier medio" y "acreditar la realización de un curso sobre masculinidades", según se refiere sobre las pautas de conducta que también le fueron dictadas junto con el veredicto condenatorio.

Varios hechos

En el juicio abreviado quedó acreditado que en el año 2020, a lo largo de varios meses, Hidalgo cometió los abusos sexuales.

La totalidad de esas situaciones tuvieron como víctima a una joven que en esa época tenía 14 años de edad.

De acuerdo con lo probado, Ignacio Ariel Hidalgo abusó sexualmente de la entonces adolescente en reiteradas oportunidades, aprovechándose de la convivencia que mantenía con ella en un inmueble de Azul.

Los hechos no incluyeron acceso carnal. Según se demostró en esta primera instancia, el imputado realizó tocamientos sobre las zonas íntimas de la víctima, "por encima de la ropa", y también la besó.

A través de dicho accionar -concluyó el Juez del proceso- el encausado atentó "contra la integridad sexual de la niña".

Desde el entorno familiar de la víctima se tomó conocimiento de lo que sucedía al observar unos mensajes que Hidalgo le había enviado a la joven por una red social. Y tiempo después, una vez que la propia damnificada pudo contarle a su madre lo ocurrido, el hombre que firmó este juicio abreviado fue denunciado.

En el marco de la investigación penal iniciada, a la joven -considerando que aún era menor de edad- le había sido recibida en sede judicial una declaración a través de una audiencia en Cámara Gesell.

Por medio de sus dichos dio cuenta de la existencia de los abusos en las circunstancias ya referidas y señaló al encausado como el autor de los mismos.

"Tengo en cuenta de modo principal el testimonio directo de la entonces menor víctima, quien logró relatar e identificar claramente a Hidalgo como el autor de los abusos sufridos, aportando datos precisos sobre la entidad de los hechos padecidos, sus circunstancias de tiempo, lugar, modo de comisión, sin surgir a lo largo de toda la causa ninguna ultra-intención posible que pudiera justificar una falsa acusación", escribió en el fallo el Juez del TOC 2 al analizar lo afirmado por la damnificada.

"El relato efectuado por la víctima es hábil, impresiona verosímil y fue sostenido a lo largo de la investigación, desde el develamiento del hecho y resulta coincidente con lo dicho a su progenitora. En este sentido, del testimonio vertido por la menor surgen en forma concisa los hechos vivenciados. Asimismo, se debe ponderar que el relato se ha mantenido sin alteraciones y las diversas cuestiones que refiere, se correlacionan con lo depuesto por el resto de los testigos", señaló también el magistrado Gallicchio en lo resuelto para condenar a Hidalgo.

El dato

Una vez que el fallo quede firme, al azuleño que firmó este juicio abreviado deberán extraerle muestras biológicas para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos, donde -tal como lo establece la legislación vigente- se inscriben a personas que son condenadas por delitos contra la integridad sexual.

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