27 de junio de 2020
El Gobierno habilitó para que tramiten la asistencia a través de la AFIP. Hay plazo hasta el 3 de julio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de registración online al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), aunque aún no se conocen las condiciones.
Según informó la AFIP a través de un comunicado, los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio tienen tiempo hasta el 3 de julio, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en afip.gob.ar.
Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores. La edición de mayo alcanzó a dos millones de trabajadores y a 240.000 empresas.
Los criterios para acceder al Salario Complementario correspondiente a junio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP. Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho, deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.
La carga de la información se realiza a través del servicio web "Simplificación Registral". No es necesario que sea una cuenta sueldo sino que puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.
Por lo pronto, se sabe que habrá una distinción entre las empresas del área metropolitana de Buenos Aires (AMBA) (y toda zona que se encuentre en cuarentena) y las del resto del país que se encuentren solo con restricciones de distanciamiento.
Para las primeras, la mayoría del sector privado, el tope de la asignación equivaldrá a dos salarios mínimos ($ 33.750) como en las ediciones anteriores del programa, mientras que para las demás el máximo será equivalente a solo uno, ($ 16.875). Todavía se desconoce el alcance de los subsidios por sectores y nivel de facturación. (DIB) FD
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