25 de junio de 2026

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO . Un hombre, condenado a tres años de prisión a cumplir por un caso de violencia de género

El encausado tiene 81 años y ahora está en un geriátrico, beneficiado con una morigeración de su prisión preventiva que le fuera concedida tiempo atrás. A fines de 2023 el hecho que cometió, en presencia de una de sus hijas, tuvo como principal víctima a su expareja. Al incidente lo protagonizó en Cacharí y se tradujo en que resultara aprehendido, después de que policías también le incautaran una escopeta.

Tres años de prisión "de cumplimiento efectivo" y el pago de una multa fueron las sanciones que un juez le impuso a un hombre al que declaró autor de hechos de violencia familiar y de género, señalaron voceros judiciales a EL TIEMPO.

Lo decidido fue el resultado de un juicio abreviado que se tramitó ante el Juzgado en lo Correccional número 2 que en el edificio central de los tribunales de Azul está a cargo de Héctor Torrens.

Contando con lo acordado entre las partes que intervinieron en ese proceso, el referido Juez había declarado autor de un "concurso real" de delitos al encausado, los cuales quedaron definidos como coacción, coacción agravada por el uso de arma y tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal.

A través de un fallo que se diera a conocer el miércoles de la semana anterior, el condenado en esta primera instancia fue identificado como Alberto Roque Ferreyra.

De 81 años de edad, es oriundo de la provincia de Tucumán y por los hechos tratados en este proceso, que habían ocurrido en la localidad de Cacharí a fines de diciembre de 2023, beneficiado con una morigeración de su prisión preventiva permanece en un geriátrico ubicado en la ciudad de Laprida, según se señala también en lo resuelto.

"Teniendo en cuenta lo convenido por las partes y el causante..., las atenuantes valoradas -que hasta el momento Ferreyra no registra antecedentes penales computables-, la agravante referida -relacionada con "el contexto de violencia de género en que se produjeron los hechos" y tuvieron como víctima a su ex pareja-, las circunstancias de comisión de los hechos y el imperativo legal que prohíbe al juzgador modificar, en más, el monto de la pena pactado, debo convalidar el acordado e imponer al imputado las penas de tres años de prisión y diez mil pesos de multa", escribió en el fallo el titular del Juzgado en lo Correccional 2. Y agregó: "En razón de la calificación legal, la modalidad de comisión de los múltiples hechos -los que se encuentran enmarcados dentro de un contexto creciente de violencia de género donde la víctima resulta ser siempre (su ex concubina), colocada por el accionar del causante en una situación de vulnerabilidad- y la utilización de armas como potenciadoras de su accionar determinan la necesidad de que la pena sea de efectivo cumplimiento ante la magnitud del injusto".

"Si te vas, te mato"

"En el marco de una relación de maltrato habitual y violencia de género" -se describe textualmente en el fallo que se tradujo en el dictado de este veredicto condenatorio- el 30 de diciembre de 2023 Ferreyra había protagonizado el incidente que aquel día también derivó en que policías de la Subcomisaría de Cacharí, al intervenir en lo ocurrido, lo aprehendieran.

En la casa de esa localidad perteneciente al Partido de Azul donde se domiciliaba, lo primero que hizo el encausado fue expresarle a su expareja: "Si te vas, te mato".

Aquello ocurrió en momentos que esa mujer "intentaba retirarse de la vivienda" junto con su hija y una amiga de esa joven.

En esas circunstancias, "Ferreyra la amenazó con un arma de fuego, diciéndole que no se fuera porque la iba a matar, exhibiendo en esa oportunidad un revólver en sus manos y un cuchillo en su cintura", se describe en el fallo de este juicio abreviado con relación a las características que tuvo ese violento incidente.

Posteriormente, estando solos nuevamente dentro de la casa, el encausado volvió a amenazar de muerte a la mujer que fue su pareja durante varias décadas, ante la negativa de la víctima a hacer algo que él le ordenaba.

En esa segunda ocasión, el agresor utilizó "un machete de acero afilado", se menciona en lo resuelto.

Aquel 30 de diciembre de 2023, no bien se produjeran aquellos episodios intimidatorios, la Policía fue alertada sobre lo ocurrido.

De esa manera, agentes de la Subcomisaría de Cacharí se hicieron presentes en la casa convertida en escenario del incidente, ocasión durante la cual aprehendieron al agresor.

Al momento de concretada la medida, en poder de Ferreyra los efectivos de seguridad incautaron "una escopeta de dos caños con culata y un cartucho en recámara sin percutir y una caja con trece cartuchos sin percutir y un cartucho percutido, todos de calibre 16".

Considerada "de uso civil", ese arma de fuego estaba apta para efectuar disparos, el denunciado la poseía sin la debida autorización legal y se tradujo en que -junto con la pena de tres años de prisión a cumplir- en este juicio abreviado le fuera impuesto el pago de una multa.

Todas las circunstancias referidas quedaron plasmadas en el acta policial que se labrara por la realización de este procedimiento. Un documento que fue valorado por el Juez de este proceso para inclinarse a favor del dictado de un veredicto condenatorio para el agresor.

"Al dar la voz de 'Alto Policía' es que Ferreyra suelta el machete y se procede a su aprehensión. Seguidamente, podemos observar arriba de la cama de la habitación un arma larga, dos caños, con culata de madera de similares características a una escopeta con un cartucho en recámara sin percutir y una caja conteniendo trece cartuchos sin percutir y un cartucho percutido, todos de calibre 16.2/7", se describía en las actuaciones policiales.

También se valoró para condenar en esta primera instancia al imputado lo que declarara su expareja y una de las víctimas del referido incidente.

Esa mujer mantuvo una relación con Ferreyra que se extendió por varias décadas, más allá de que ya estaban distanciados para la fecha en que el hecho materia de este proceso abreviado se produjo.

Pero de todas maneras, por motivos de índole familiar la damnificada por este caso de violencia de género se había radicado nuevamente en Cacharí, después de que durante algún tiempo estuvo viviendo en una ciudad de la zona.

En la etapa de instrucción de esta causa, su testimonio sirvió para conocer que Ferreyra siempre fue "una persona violenta" para con ella.

Recordando más situaciones como la tratada en este juicio, pero que ocurrieron mientras ambos convivieron, a través de su declaración esa mujer había dicho que era amenazada y golpeada por el hombre que terminó siendo condenado la semana pasada en este proceso.

Además, la ex del agresor señaló que era habitual que el hombre con el que convivió, cuando la intimidaba, empleara para cometer esos hechos "cuchillos, machetes, revólver, escopeta y otras cosas".

El dato

Marcelo Fernández, que en los tribunales de Azul está a cargo de la Fiscalía temática de Violencia Familiar y de Género, representó a la Acusación en este juicio abreviado. En tanto, al tucumano que resultó condenado lo patrocinó una defensora Oficial: Soledad Kelly. Tanto la pena de prisión dictada a Ferreyra como el monto de la multa también impuesto en este proceso a ese hombre fueron los mismos que habían sido acordados entre las partes.

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