5 de septiembre de 2021
Por Gabriel Santangelo
Ante el advenimiento de una nueva enfermedad -actualmente, el COVID-19-, la medicina comienza un estudio y registro meticuloso a través de métodos científicos para identificar el agente causal, la forma de contagio, los signos y los síntomas, los tratamientos y sus formas de prevención. Si tenemos en cuenta que estas variables de por sí pueden sufrir modificaciones en casos de enfermedades que ya conocemos hace mucho tiempo, hay que imaginarse lo que debemos atravesar frente a una enfermedad nueva. Para dimensionar esta situación, solo basta mencionar que la definición de "caso sospechoso" de COVID y su necesidad de testeo ha cambiado un gran número de veces desde su descubrimiento.
La infección del COVID puede ser aguda o pasada, siendo aguda el período de la enfermedad donde la persona tiene síntomas y requiere de atención médica -en diferentes medidas según su situación- o pasada, una vez que la persona es dada de alta y deja de requerir tratamiento médico. Sin embargo, es importante destacar que esta es una división esquemática. Existen casos de reinfección de personas que ya han cursado su etapa aguda y la padecen nuevamente, así como también de secuelas -que siguen siendo estudiadas en la actualidad-. Así, al día de hoy, las acciones médicas requeridas para el tratamiento de la enfermedad no están cuantificadas ni protocolizadas.
Por otro lado, es muy importante poder saber cuáles serán las implicancias del COVID en un futuro para cada persona y para el sistema de salud. Por ejemplo, no conocemos qué estudios (si fuesen necesarios) deberá realizarse una persona que ha pasado por la enfermedad. O si deberá tener consultas periódicas con especialistas médicos o si requerirá de alguna medicación crónica. Esto genera incertidumbre en los pacientes, los profesionales de la salud y los efectores de salud, tanto públicos como privados.
En conjunto, esta situación también genera muchos interrogantes sobre hechos que exceden a la medicina, como aquellos relacionados con seguros, coberturas y legislación, entre otros aspectos.
En este escenario, y bajo la argumentación de que es una enfermedad preexistente, ¿es posible que las empresas de medicina prepaga puedan negarle la afiliación a una persona que tuvo COVID?
En Argentina, la legislación en relación con el ejercicio de las empresas de medicina prepaga (Ley 26.682) prevé estos casos, entendiendo que las enfermedades preexistentes no pueden ser criterio de rechazo de admisión, siempre que sean declaradas mediante una declaración jurada. Es decir, independientemente de su situación de salud, una persona que desea contratar estos servicios debe ser admitida.
En caso de dudas o reclamos, existe la Superintendencia de Servicios de Salud, un ente estatal que regula y controla a las obras sociales nacionales y entidades de medicina prepaga, brindando información y asesoría, a fin de garantizar el ejercicio de los derechos de los usuarios con relación a las prestaciones de salud. Es importante mencionar que este organismo tiene la potestad de autorizar, a pedido de las prepagas, valores diferenciales para el tratamiento de enfermedades prexistentes, de acuerdo con el gasto que se prevé que implicará el tratamiento del paciente dados los servicios que su condición clínica pudiera requerir.
En conclusión, las prepagas no pueden negarle el ingreso a los pacientes que hayan tenido COVID. En la actualidad, debido al escaso conocimiento sobre la enfermedad, el antecedente de infección por COVID no constituye en sí mismo una condición preexistente. Entonces, no se justifica la aplicación de un valor diferencial en la cuota de este servicio, ya que aún no ha sido cuantificada la necesidad de prestaciones médicas, previsibles y calculables en cuanto a gasto, que pudieran llegar a requerirse.
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