LEY DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

LEY DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

Los principales puntos del proyecto de ley que se votará en el Senado

El proyecto busca principalmente despenalizar la práctica del aborto en las primeras 14 semanas de gestación y llevarla al ámbito de la salud pública.

29 de diciembre de 2020

Para muchas personas hoy habrá una definición histórica en el Senado de la Nación, ya que se debate y se vuelve a votar el proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) que cuenta con media sanción de Diputados. Tal como se planteó en el dictamen, esta ley, de aprobarse, busca principalmente, despenalizar la práctica del aborto en las primeras 14 semanas de gestación y llevarla al ámbito de la salud pública.

De acuerdo al texto, los principales puntos que serán votados o rechazados, son los siguientes:

Consagrar el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

Cumplir con los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos.

Permitir el aborto hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional. Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

Solicitar en el caso de menores de 13 años que deseen acceder a la práctica un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal. Para adolescentes de entre 13 y 16, deberá tener un acompañante o "referente afectivo".

Reconoce a las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.

Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.

Autoriza el ejercicio de la objeción de conciencia al profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo.

En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.

El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente.

Insta a mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto.

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