7 de diciembre de 2025

SU SITUACIÓN PROCESAL, MÁS COMPLICADA

SU SITUACIÓN PROCESAL, MÁS COMPLICADA . Mele realizó una "maniobra deliberada" para provocarle la muerte al motociclista

Así lo concluyó el Juez de Garantías que le dictó la prisión preventiva al transportista implicado en el siniestro vial que el pasado 8 de noviembre derivó en el deceso de Diego Marianache, luego de una discusión de tránsito. Mientras el acusado sigue en la Unidad 2 de Sierra Chica, su versión exculpatoria de lo ocurrido no es considerada creíble. Además, el dictamen de una pericia accidentológica lo ubica como el único y principal responsable de lo que continúa siendo a escala penal un "homicidio con dolo eventual".

A poco de cumplirse el primer mes del deceso de Diego Maximiliano Marianache, la situación procesal de Miguel Jorge Mele, el transportista acusado de haberlo matado durante una discusión de tránsito, es más complicada: mientras continúa en la Unidad 2 de Sierra Chica, anteayer viernes su detención fue convertida en prisión preventiva.

En una primera instancia, la medida cautelar fue ordenada por Juan José Suárez -el titular del Juzgado de Garantías 3- en respuesta a un pedido que formulara días atrás David Carballo, el fiscal a cargo de la UFI 2 que instruye la causa penal que se iniciara por este grave incidente vial, ocurrido en las primeras horas del pasado sábado 8 de noviembre.

Ese día, al mando de un camión tipo remolque, Mele encerró a la víctima, que en aquel entonces se trasladaba en una moto.

La maniobra hizo que Marianache -que tenía 46 años- impactara también con su cuerpo contra un árbol ubicado en España entre Mitre y Belgrano y que, prácticamente, falleciera en el acto.

Las nuevas evidencias incorporadas a esta Investigación Penal Preparatoria siguen ubicando al azuleño de 58 años como el probable autor de un homicidio simple con "dolo eventual".

Esa calificación se tradujo ahora en que el Juez que entiende en esta causa le dictara a Mele la prisión preventiva, valorando para ello -entre otras circunstancias- que de resultar condenado en un futuro juicio recibirá indefectiblemente una pena que será a cumplir, cuyo monto irá desde los ocho a los veinticinco años de prisión.

Ni lo declarado días atrás por el azuleño imputado ni los intentos de su defensor Particular Roberto Dávila para que el hecho sea encuadrado bajo la figura de un "homicidio culposo" resultan argumentos que hasta el momento sirvan para modificar el encuadre legal otorgado a lo sucedido.

El Juez garante -quien a poco de que el transportista resultara detenido le había denegado un pedido de excarcelación, solicitado en base a que se modificara la calificación penal de lo sucedido- reiteró anteayer que se está en presencia de un "homicidio con dolo eventual".

No sólo sustenta esa hipótesis el video que se hizo viral, registrado desde la cámara de seguridad de una casa ubicada en la cuadra donde el hecho se produjo. Ahora existen más evidencias que continúan complicando la situación procesal de Mele.

Entre ellas figura el resultado de una pericia accidentológica, dictamen que concluye que el camión que el transportista guiaba no evidenció falla mecánica alguna al momento de encerrar al motociclista con el que venía discutiendo y que, en consecuencia, todo lo que pasó estuvo directamente emparentado con el accionar del conductor de ese rodado de carga.

"Se establece que el camión conducido por Mele Miguel circulaba por la calle España, desviándose por acción propia del conductor de la línea de marcha hacia el lado derecho, embistiendo una motocicleta conducida por quien en vida fuera Marianache Diego, con posterior caída y choque contra un árbol ubicado sobre la vereda derecha", se cita en lo resuelto anteayer sobre lo concluido en dicha pericia.

"Más allá del relato del encartado y lo manifestado por la Defensa, he de mantener el encuadre típico tenido en cuenta al tiempo de ordenar la detención del imputado, en la convicción de que a este momento es el que se ajusta al caso en estudio", escribió el juez Suárez para dictarle la prisión preventiva a Mele. Y agregó: "La versión dada por el Dr. Dávila choca de bruces con el contenido de la videofilmación, donde lejos puede estarse de afirmar que el conductor del motovehículo no fue advertido porque se hallaba en un punto ciego para el conductor del rodado de mayor porte, cuando es claro que a partir de una discusión de tránsito cada uno de los protagonistas conocía y sabía la ubicación y presencia del otro".

Más consideraciones

El titular del Juzgado de Garantías 3 concluyó que el transportista "no sólo no perdió el control del rodado producto de un pretenso derrape, sino que -por el contrario- se advierte una maniobra deliberada tendiente a abalanzar" ese camión que guiaba.

Aquello sucedió "inmediatamente después del golpe que Marianache le propina al espejo del vehículo conducido por Mele, casi como una reacción a ello y en el contexto de una pelea entre ambos que se habría iniciado instantes antes". Específicamente, cuando en sus respectivos vehículos ambos estaban detenidos sobre Avenida Mitre, a la espera de que el semáforo se pusiera en verde para continuar los dos transitando por la calle España.

"Tan brusca e intempestiva fue la maniobra dirigida contra la víctima que el imputado termina con su vehículo sobre la vereda derecha", sostuvo el Juez garante con relación a lo ocurrido aquel pasado sábado 8 de noviembre. Y Suárez, además, refirió: "Resulta relevante señalar que para conducir vehículos como el aquí involucrado (camión tipo grúa remolcadora) el Sr. Mele tuvo que contar con una categoría especial de licencia identificada como clase C3, obtenida tras cursos y exámenes exigentes, en tanto se requiere una capacitación específica y certificación".

"Estos requisitos incluyen examen psicofísico, aprobación de cursos con exámenes teóricos y prácticos que exceden los propios de una licencia común para conducir", puede leerse también en lo resuelto anteayer.

"A mi modo de ver, el contar con una licencia profesional y el contar el Sr. Mele con una amplia gama de categorías llevan a considerar que con ese nivel de conocimiento y preparación no podía desconocer el resultado probable de su conducta".

Para ordenar esta prisión preventiva, el Juez de la causa aludió en otro tramo de lo decidido a la actitud, inmediatamente posterior al hecho, del transportista.

Esa conducta evidenciada por Mele -que también es posible observar en el video que continúa siendo una prueba fundamental- "determina la ausencia de sorpresa respecto del resultado", traducido específicamente en la muerte del motociclista con el que venía manteniendo aquella fatal discusión de tránsito.

El dato

El juez de Garantías Suárez analizó también en lo resuelto anteayer lo declarado por Mele días pasados. "De dicho testimonio surge un claro indicio de mendacidad en cuanto a la forma en que se desarrolló el hecho", escribió. Y citó como evidencias que se contraponen a lo afirmado por el acusado las declaraciones de testigos presenciales de lo ocurrido, el video que se hizo viral y los dictámenes de la pericia accidentológica y de otra de tipo planimétrica. En ese sentido, fue coincidente con lo sostenido por el fiscal Carballo cuando pidió la prisión preventiva para el transportista. En ese escrito el titular de la UFI 2 sostenía que Mele "realizó un relato que se aparta de la prueba objetiva que sustenta la imputación, pretendiendo sin fundamento mejorar su situación procesal".

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