8 de abril de 2022
El encausado es oriundo de Benito Juárez, la ciudad donde se produjeron los ilícitos que ayer derivaron en esta nueva sanción para él. De uno de esos hechos resultó víctima un joven, a quien el condenado en esta instancia y dos sujetos más habían atacado a golpes en la calle para robarle su teléfono celular y la billetera. En el mismo proceso, el imputado fue declarado autor de un robo en un autoservicio. Los antecedentes penales que registra derivaron en que fuera declarado "reincidente". Y como actualmente se encuentra en libertad y este fallo aún no está firme, el Juez que intervino en el debate le impuso diferentes obligaciones. Entre ellas, presentarse una vez por mes en sede policial.
Declarado "coautor" de un violento robo que había tenido como víctima a un joven en la vía pública y también "autor" de otro que se produjo en un comercio, un hombre fue condenado ayer a cuatro años de prisión y declarado "reincidente" por los antecedentes penales computables que registra, informaron voceros judiciales a EL TIEMPO.
Identificado como Oscar Adolfo Peroggi, de 37 años y oriundo de Benito Juárez -la ciudad donde sucedieron esos dos hechos por los que fue juzgado en esta ocasión- escenario del debate donde ahora volvió a ser condenado fue el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con sede en el primer piso del Palacio de Justicia de Azul.
Joaquín Duba, el magistrado del TOC 1 que intervino de manera unipersonal en ese juicio oral, condenó al encausado a la pena de prisión ya señalada.
Pero teniendo en cuenta que actualmente Peroggi está en libertad, ese Juez le fijó diferentes obligaciones "a los fines de asegurar el eventual futuro cumplimiento de la pena aplicada".
Las mismas consisten en que el hombre condenado ayer tenga que presentarse ante el Tribunal donde fue juzgado cada vez que sea citado, oportunidad donde deberá "manifestar cuál es su domicilio real, del que no podrá ausentarse por más de veinticuatro horas sin conocimiento ni autorización previa" y, en caso de que esté obligado a hacerlo, tiene que "denunciar las circunstancias que puedan imponerle una ausencia del domicilio por un término mayor". Además, debe "constituir domicilio especial dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires" y "presentarse el primer lunes de cada mes en la Comisaría de Benito Juárez".
Junto con esta condena de primera instancia para Peroggi, no se ordenó su detención debido a que el fallo todavía no adquirió rango de firmeza. También, porque más allá de esa circunstancia el encausado no ha evidenciado en su accionar hasta el momento "un aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso" que ahora se tradujo en este veredicto condenatorio para él por esos episodios delictivos que cometiera.
Dos hechos
La causa principal tratada en este debate que culminó ayer tuvo que ver con un violento robo que un joven sufrió en Benito Juárez el 9 de noviembre de 2014 cuando era alrededor de la hora 23.30.
Según lo que se menciona en el fallo, aquel día Peroggi y dos sujetos más, en Avenida Zabalza entre Pumará y Moreno de la vecina ciudad, interceptaron a la víctima con fines de robo. Y ejerciendo "violencia física" sobre ese joven, a quien lo tiraron al piso y atacaron a trompadas y patadas, le robaron su teléfono celular y la billetera.
La investigación penal iniciada después de que la víctima de aquel robo denunciara lo sucedido sirvió para identificar al encausado como uno de los tres sujetos que lo habían asaltado.
En tanto, el otro hecho por el que el juarense fue condenado en este juicio oral sucedió el 5 de diciembre de 2018.
Según quedó demostrado, aquel día Peroggi ingresó -cuando habían pasado unos minutos de la hora 1.30- a robar en un autoservicio que está situado sobre la Avenida Constitución de Benito Juárez.
Para llevar a cabo el ilícito, en un principio forzó la puerta del local. Y una vez en el interior del negocio y luego de que la alarma se activara -en la previa a que llegara personal policial y el propietario del comercio- se apoderó de tres mil pesos de una de las cajas registradoras.
Una de las pruebas principales para demostrar la autoría el encausado en este hecho surgió de cámaras de seguridad instaladas en ese local, que registraron el ilícito y le permitieron después a los investigadores reconocer a Peroggi como quien lo había cometido.
Además, una filmación del Centro de Monitoreo de la Municipalidad de Benito Juárez sirvió para observar que aquel día en que llevó a cabo el robo en el autoservicio inmediatamente después el hombre condenado ayer llegó en bicicleta hasta su casa.
Teniendo en cuenta ambos hechos, en este debate el encausado fue declarado "coautor" del delito de robo calificado por su comisión en poblado y en banda por aquel episodio que lo tuvo como víctima a un joven en la calle y "autor" de un robo simple por lo sucedido en el autoservicio.
Como una agravante potenciadora de la pena que le fuera dictada, el juez Duba valoró para Peroggi "los antecedentes condenatorios que registra".
Una de esas sanciones data del 14 de mayo de 2013, cuando en el Juzgado Correccional de Tandil le había sido impuesta una "pena única de tres años, tres meses y veinte días de prisión" por un intento de hurto sucedido en la ciudad serrana el 10 de abril de 2011.
Para ese entonces el hombre que fue condenado ayer ya registraba otra sanción, tras haber sido sometido a un proceso en el Juzgado Correccional 2 con sede en los tribunales de Azul.
Por esa primera condena, y tras haber estado en prisión, le había sido otorgada "la excarcelación por libertad asistida" el 22 de septiembre de 2014, el motivo por el que en este debate donde volvió a ser condenado también fue declarado "reincidente".
EL DATO
En ese juicio oral que culminó ayer en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul habían intervenido en representación de las partes el fiscal David Carballo y la defensora Oficial Laura Serradell.
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