18 de agosto de 2025

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO . Una condena a tres años de prisión en suspenso para el autor de varios delitos

El imputado pertenece a la etnia gitana. Recibió esa pena de ejecución condicional por haber cometido un intento de extorsión y un robo. Y por otras dos causas tratadas en el mismo proceso también fue declarado responsable de maniobras defraudatorias. En ambos casos, surgidas de las ventas de un camión y de un auto.

Por un "concurso real" de delitos definidos como extorsión en grado de tentativa, robo simple, defraudación y estelionato un hombre fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional, luego de que firmara un juicio abreviado tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal 2 que tiene su asiento en el Palacio de Justicia de Azul.

El encausado fue identificado en lo resuelto como Matías Ezequiel Demetrio.

Oriundo de Necochea y perteneciente a la etnia gitana, tiene 30 años de edad y figura con actual domicilio en Tandil.

Karina Gennuso fue la magistrada que intervino en este proceso abreviado, vinculado con una serie de episodios delictivos que el condenado en esta primera instancia, según se diera por probado, cometiera años atrás en la vecina ciudad de Tandil.

Esa pena de prisión en suspenso dictada a Demetrio implicó que también le fueran impuestas varias reglas de conducta que, para que no le sea revocada la condicionalidad de la sanción que recibió, una vez que este fallo adquiera rango de firmeza deberá cumplir durante tres años.

Dichas obligaciones -se menciona en el fallo- consisten en "fijar domicilio en la Provincia de Buenos Aires y someterse al control y cuidado del Patronato de Liberados". También debe "abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas" y tiene que "realizar trabajo comunitario, a razón de seis horas mensuales, en alguna institución de bien público".

"En cuanto al monto de la sanción privativa de libertad a aplicar, teniendo en cuenta la calificación legal, la atenuante meritada y el imperativo legal (artículo 399 del Código Procesal Penal), que impide aplicar un monto punitivo mayor al pactado y modificar el modo de cumplimiento, estimo apropiado imponer al encausado Matías Ezequiel Demetrio la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional", escribió la Jueza del TOC 2 en lo resuelto, contando para ello con lo que había sido el acuerdo entre las partes que intervinieron en este juicio abreviado: el fiscal Cristian Citterio y la defensora Oficial Adriana Hernández.

La "carencia de antecedentes penales" que Demetrio registra hasta el momento, considerando que este fallo con veredicto condenatorio para él aún no está firme, se valoró como una circunstancia de tipo atenuante a esa pena de tres años de prisión en suspenso que le fuera dictada. Otra de las peticiones de las partes, en la previa a que desde la Acusación se presentara ante el Tribunal 2 el pedido formal para la sustanciación de este juicio abreviado.

Varios hechos

Uno de los episodios delictivos por los que Demetrio fue condenado se remonta a lo sucedido en Tandil el 13 de febrero de 2018.

En horas de la tarde aquel día y, al menos, junto a tres sujetos, "de común acuerdo y conforme a un plan común" quisieron extorsionar entre todos a una mujer, mediante un cuento del tío.

Dos de ellos llamaron por teléfono a la víctima. En esa comunicación, uno de los delincuentes simuló ser su nieto y le dijo que estaba secuestrado, pidiéndole que entregara dólares porque -le decía también- iban a matarlo si no lo hacía.

En tanto, otro de los sujetos que habló con la mujer le expresó: "Consiga eso o su nieto muere, él vale esa plata y más, tiene dos minutos, busque la plata y no corte la llamada".

La damnificada por este intento de extorsión advirtió que estaba siendo engañada, por lo que en vez de entregar dinero, salió de su casa y dejó en la calle una bolsa que en su interior tenía comestibles.

Instantes más tarde, por las inmediaciones de su domicilio pasaron en un auto a buscar esa bolsa el encausado Demetrio y dos sujetos más.

Además, la vecina avisó de lo ocurrido a efectivos policiales, quienes desde otro teléfono que ella tenía en su casa escucharon la charla con los secuestradores truchos.

Aquel día, persecución policial mediante, el auto en que Demetrio y sus cómplices se movilizaban en Tandil -que después, una vez identificados, se constató que pertenecían todos a la etnia gitana- pudo ser hallado; aunque no fue posible dar con sus tres ocupantes.

Otro de los hechos por los que ese hombre fue condenado en este proceso abreviado sucedió, también en la vecina ciudad serrana, el 15 de noviembre de 2018.

Se trató, específicamente, de un robo en un departamento de un complejo habitacional que -según quedó probado- el encausado cometió en horas de la tarde, aprovechando que su moradora no estaba.

Para meterse en ese inmueble, lo primero que hizo fue golpear la puerta de madera hasta "hacer zafar la cerradura". Y una vez que ingresó al departamento se llevó nueve mil pesos y treinta y cinco dólares.

A través del testimonio de una vecina de la damnificada por el robo Demetrio luego pudo ser reconocido como el autor de ese ilícito. Específicamente, por fotos suyas publicadas en redes sociales.

Un camión y un auto

El 17 de mayo de 2018 el condenado en esta primera instancia cometió el tercero de los ilícitos por los que se tramitó el juicio abreviado.

Relacionado con la "promesa de venta" de un camión en 1.200.000 pesos, un coimputado en esa causa que aún está prófugo defraudó a quien se lo había adquirido, que como parte de pago le entregó una camioneta y firmó un pagaré para cancelar en cuotas el monto restante del valor del rodado de carga.

Pero el damnificado nunca recibió el camión que había comprado. Y a Demetrio le depositó en su cuenta bancaria varias sumas de dinero por ese rodado de carga, en la previa a que decidiera denunciar aquella "defraudación".

El 19 de mayo de 2018, también con un rodado automotor como objeto del hecho investigado, el condenado en este juicio abreviado cometió el cuarto de los ilícitos por los que recibió días atrás esos tres años de prisión en suspenso.

"Sin tener derechos sobre un vehículo ajeno -un Peugeot 407- firmó un boleto de compra y venta" y a ese auto Demetrio lo comercializó de manera ilegítima con el dueño de una agencia que está en Tandil, operación por la que recibió 60 mil pesos y un Peugeot 206 como parte de pago.

Con esa maniobra perjudicó patrimonialmente al comerciante que se lo compró creyendo que el auto era suyo. Además, generó "una afectación a los derechos sobre el bien" al legítimo dueño del rodado.

El dato

Imputado en dos de las causas penales por las que Matías Ezequiel Demetrio fue condenado en este proceso figura otro miembro de la etnia gitana. Llamado Nicolás Horacio Traico, la jueza Karina Gennuso se excusó de seguir interviniendo con relación a su situación procesal, al "haber emitido opinión sobre puntos a decidir". Actualmente continúa vigente una orden de detención para Traico, declarado "en rebeldía" después de que también firmó un juicio abreviado y no compareció en Tribunales cuando había sido citado para terminar de formalizar la sustanciación de ese proceso.


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