15 de mayo de 2026

CONDENA PARA UN NEUQUINO

CONDENA PARA UN NEUQUINO . Pena de tres años de prisión a cumplir por robar una moto

Lo decidido para el encausado, que se encuentra en libertad, fue el resultado de un juicio oral. En octubre de 2016 se produjo en Azul el ilícito por el que una jueza lo declaró "coautor" del delito de "robo agravado de vehículo dejado en la vía pública".

Una década después de que una motocicleta fuera robada de las afueras de un bar ubicado en esta ciudad, un hombre oriundo de la provincia de Neuquén fue condenado como uno de los autores de aquel hecho a tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

A través de lo resuelto en un juicio desarrollado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con asiento en el segundo piso del Palacio de Justicia de Azul, el encausado fue identificado como Silvestre Joaquín Omar Quintana.

De ocupación maquinista y oriundo de la ciudad de Cutral Co, tiene actualmente 39 años de edad y en ese debate donde resultó condenado fue declarado "coautor" de un robo agravado de vehículo dejado en la vía pública.

"Los antecedentes penales que registra tornan improcedente una condena condicional", escribió la jueza Karina Gennuso en el fallo con relación al encausado.

Junto con los antecedentes delictivos que Quintana posee, como otra agravante de la pena dictada en esta instancia del juicio oral se valoró para ese hombre "la nocturnidad en que amparó su accionar" el día de ocurrido este ilícito.

En el debate, en representación de las partes habían intervenido el fiscal Marcelo Fernández y la defensora Oficial Soledad Kelly.

Una moto Honda de 125 CC de cilindrada

Según lo que se dio por demostrado en este juicio oral, Silvestre Joaquín Omar Quintana y otro sujeto -identificado en el fallo como Miguel Ángel Carrasco- se apoderaron ilegítimamente de la motocicleta durante las primeras horas del 29 de octubre de 2016.

El ilícito fue concretado en momentos que a ese vehículo -marca Honda, modelo "XR" y de 125 CC de cilindrada- su propietario, un azuleño que declaró en este juicio oral, lo había dejado estacionado en las afueras de un bar ubicado en una de las esquinas de las calles Prat y Castellar.

"Previo romper el tambor de llave y cables del mismo sistema", los dos encausados robaron la moto, en el marco de un hecho que se produjo durante las primeras horas de ese ya referido 29 de octubre del año 2016.

Instantes más tarde, cuando Quintana y Carrasco llevaban de tiro la motocicleta, efectivos policiales interceptaron a ambos y los aprehendieron al no poder justificar la procedencia del rodado, medidas concretadas durante un procedimiento que tuvo como escenario las calles Mitre entre Castellar y Leyría.

Para cuando intervino personal policial en lo ocurrido, se había recibido un llamado al teléfono de emergencias donde se informaba sobre la sustracción de la motocicleta al damnificado, ilícito que se produjo cuando ese vecino se encontraba en el interior del bar ubicado en una de las esquinas de Castellar y Prat.

Durante el debate también declararon policías que participaron en el procedimiento que finalizara con las aprehensiones del hombre condenado en este juicio oral y de su consorte de causa.

"Con la prueba reunida se acredita la coautoría en el suceso descripto de Silvestre Joaquín Omar Quintana", escribió en el fallo la Jueza que lo condenó, dando por demostrado que "a escasos 150 metros del lugar donde se produjo el desapoderamiento del rodado -concretamente en Mitre entre Leyría y Castellar-, la misma noche de la sustracción dos personas de sexo masculino fueron halladas en poder de la motocicleta en cuestión", resultando ser Quintana y Carrasco.

"En este marco, la tenencia de un objeto registrable ajeno en zona próxima al lugar del desapoderamiento y en el mismo contexto temporal en que fue sustraído conduce a vincular a los sujetos que lo detentaban con su apoderamiento ilícito", señaló también en lo resuelto la magistrada del TOC 2.

Tanto Quintana como Carrasco habían estado también en el bar donde le fue robada la moto a su propietario. Y se retiraron de ese local, según uno de ellos afirmara en ocasión de ser indagado como uno de los autores del ilícito, cuando era alrededor de la hora cuatro del 29 de octubre de 2016, en dirección hacia un hotel donde en ese entonces los dos estaban parando.

Las versiones que ambos brindaran en ocasión de ser indagados a tenor de lo que establece el Artículo 308 del CPP, tras resultar aprehendidos por lo ocurrido, no fueron consideradas creíbles sobre la manera en que hallaron la motocicleta.

En aquella audiencia, Quintana -el condenado en este debate- afirmó que a la moto la encontraron "tirada sobre la calle" y "detrás de un container". Y que junto con Carrasco sólo la tomaron "para correrla" de ese lugar donde estaba, ocasión durante la cual la Policía se hizo presente y los apresó a los dos.

"Encuentro que la versión de Quintana procura, interesadamente, justificar, sin sustento alguno y acudiendo a un argumento pueril, por qué en horas de la madrugada llevaba caminando y de tiro una moto ajena -siendo este un bien de valor apreciable, máxime cuando tenía pocos años de antigüedad-, con su sistema de encendido roto, a escasos metros de donde la había dejado estacionada y trabada esa misma noche su propietario", escribió la Jueza del debate para endilgarle reproche penal en lo ocurrido.

"La prueba colectada permite demostrar, más allá de toda duda razonable, la participación de Quintana a título de coautor en el hecho, y que las razones que brindara para sustentar una explicación alternativa no conmueven aquella conclusión y aparecen reñidas con elementales reglas de la lógica y la experiencia", señaló también Gennuso para no darle crédito a lo que el encausado afirmara y, en consecuencia, dictarle esa pena de tres años de prisión a cumplir por el robo de la motocicleta.

El dato

No bien resultó aprehendido, el neuquino condenado en este juicio oral sólo estuvo privado de su libertad algunos meses, lo cual ocurrió hasta que fue excarcelado desde la Cámara Penal departamental. De quedar firme en todos sus términos el fallo, ese hombre deberá ser detenido para terminar de cumplir con la pena impuesta en el debate.

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