ESTÁ PRESO EN LA UNIDAD 37

ESTÁ PRESO EN LA UNIDAD 37

Seguirá en la cárcel un productor agropecuario que fue condenado por un caso de abuso sexual

La Cámara Penal de Azul declaró "improcedente" un recurso de apelación para que al hombre le fuera otorgada prisión domiciliaria por la pandemia de coronavirus. De 68 años de edad, está en la cárcel de Barker. En noviembre de 2012, mientras permanecía en libertad, en un juicio que se hizo en un Tribunal local había sido sentenciado a seis años y diez meses de prisión por abusar de una joven que padece un retardo madurativo y era menor de edad para cuando estos hechos sucedieron.

21 de julio de 2020

Al igual que tiempo atrás ya lo había hecho una jueza de Ejecución, la Cámara Penal de Azul rechazó ahora un pedido para que, a causa de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, un productor agropecuario que cumple condena en una unidad penal por un caso de abuso sexual fuera beneficiado con prisión domiciliaria.

En un fallo firmado por los jueces Damián Cini y Carlos Pagliere (h), el máximo Tribunal de Alzada departamental declaró "improcedente" al recurso de apelación que fuera presentado por la abogada del condenado.

El hombre que continuará en prisión es un azuleño radicado en Chillar. Identificado por voceros judiciales como Oscar Alfredo Harriague, en noviembre del año 2012 -tras la realización de un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul- había sido condenado en primera instancia a seis años y diez meses de prisión.

En ese debate fue hallado autor del delito continuado de abuso sexual con acceso carnal.

Según se diera por probado en el proceso, una serie de hechos que cometió en la vecina localidad ya mencionada en perjuicio de una joven ligada a su entorno familiar y que padece un retardo madurativo, abusos todos sucedidos cuando la víctima era menor de edad, se convirtieron en los motivos que derivaron en el dictado de aquella condena para Harriague.

"Improcedente"

"Aun considerando que Harriague se encuentra dentro del universo de mayor riesgo sanitario frente al COVID-19 en razón de la edad -68 años- y padecer hipertensión, cardiopatía y otras patologías; no es menos cierto que este extremo no es el único a evaluar al momento de resolver el pedido de arresto domiciliario deducido por la Defensa", se indicó en un tramo de la resolución de la Cámara Penal.

Esas otras circunstancias por las cuales tampoco le fue otorgado en esta segunda instancia el beneficio de la prisión domiciliaria al productor agropecuario tuvieron que ver con "el bien jurídico tutelado por el tipo penal aplicado -integridad sexual- al resultar condenado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal; los medios de los que se valió el penado -aprovecharse de la discapacidad con retardo mental moderado y edad madurativa de aproximadamente 5 o 6 años que presentaba la menor- y la edad de la víctima -15 años-".

Desde el Tribunal que preside el magistrado Damián Cini se tuvo en cuenta también que Harriague, a pesar de las patologías que presenta, actualmente "se encuentra clínicamente compensado" mientras sigue preso en la Unidad 37, la cárcel del SPB que está en Barker, la localidad perteneciente al Partido de Benito Juárez.

"Las circunstancias apuntadas precedentemente permiten afirmar que la ejecución de la pena en el establecimiento carcelario debe continuar su curso, por no existir circunstancias excepcionales para disponer un arresto domiciliario", concluyeron los jueces del máximo Tribunal de Alzada con sede en el tercer piso del Palacio de Justicia local.

Otro aspecto valorado para rechazar ese pedido de prisión domiciliaria para Harriague estuvo asociado a que en la cárcel donde actualmente se encuentra "no existen casos detectados de la enfermedad, mientras que estos sí se presentan en el resto de la sociedad".

Silvia Torres, la titular del Juzgado de Ejecución Penal número 1 con asiento en Azul, había sido quien en una primera instancia denegó el pedido de prisión domiciliaria para el productor agropecuario azuleño, solicitud que tampoco prosperó ahora ante la Cámara, al ser rechazado ese recurso de apelación presentado por la abogada María Florencia Alaniz, defensora Particular del penado.

"Es dable señalar que si bien la Jueza no hizo lugar a la prisión domiciliaria del nombrado, ordenó a las autoridades penitenciarias, ante la amenaza de propagación del virus COVID-19, arbitrar las medidas preventivas para resguardar la salud del penado, proveyendo a su vez la medicación de acuerdo a su patología", se indicó en otro tramo de este fallo.

Volviendo a lo que fuera ese caso de abuso sexual por el que está preso, no bien aquella investigación penal se iniciara Harriague resultó detenido en enero de 2011, aunque en ese entonces sólo permaneció privado de la libertad durante algunos días.

Para cuando se llevó a cabo el juicio en el TOC 1, que derivó en esa condena de primera instancia a los ya referidos seis años y diez meses de prisión, se encontraba en libertad. Y siguió en esa condición hasta el año 2015, cuando volvió a ser detenido en dos ocasiones para que -finalmente- continuara cumpliendo con la pena impuesta en aquel debate, cuyo fallo se había anunciado el 12 de noviembre de 2012.

Esa sanción actualmente lo sigue teniendo al productor agropecuario en la cárcel, después de que días atrás la Cámara Penal rechazara el recurso de apelación para que le fuera otorgada la prisión domiciliaria.

EL DATO

Entre los motivos por los cuales la abogada que patrocina a Harriague solicitaba esta prisión domiciliaria figuró que en la cárcel donde su cliente está preso se encuentra "en contacto permanente con otros detenidos y con los funcionarios del Servicio Penitenciario". A su entender, dicha situación hacía imposible "respetar la distancia recomendada por la OMS para evitar la propagación del virus". De la mano de esa y otras cuestiones, Alaniz pedía el beneficio para el productor agropecuario, que no le fue otorgado en primera instancia ni ahora. Su intención era que su defendido continuara cumpliendo la condena por abuso sexual en su domicilio de Chillar, donde sólo estaría en contacto con su familia y -sostenía también la abogada- "con condiciones de higiene superiores a las que existen en el penal".

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