DESDE LA CÁMARA PENAL
Luego de que meses atrás la prisión preventiva de un joven acusado de vender estupefacientes en Azul quedara confirmada desde la Cámara Penal, días pasados los jueces que integran la Alzada departamental ratificaron también otra decisión. Específicamente, vinculada a que esa causa que lo tiene privado de la libertad al imputado se convierta en materia de un futuro debate.
6 de marzo de 2024
Voceros judiciales señalaron a EL TIEMPO que, después de lo que fuera ese pronunciamiento, actualmente el sumario penal que se iniciara por esta infracción a la Ley 23.737 se encuentra radicado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 para lo que será ese futuro juicio al que debe ser sometido el acusado, identificado como Braian Nicolás Juárez y de 28 años de edad.
En una primera instancia, el 20 de octubre pasado Federico Barberena -titular del Juzgado de Garantías 2 y quien intervino durante lo que fue la instrucción de esta causa, llevada adelante por el fiscal Lucas Moyano desde la UFI 22- había decidido rechazar los pedidos de cambio de calificación legal del expediente y de sobreseimiento para el acusado, solicitudes ambas formuladas por su Defensa Particular.
De esa manera, el mencionado magistrado se pronunció a favor de ordenar la elevación a juicio de estas actuaciones vinculadas con una infracción a la Ley 23.737.
Contra esa decisión del Juez a cargo de Garantías 2 había sido interpuesto ante la Cámara Penal un recurso de apelación por parte del abogado del investigado, sin que en esta segunda instancia prosperaran tampoco los planteos formulados por Pedro De Lucca.
En consecuencia, desde la Alzada departamental quedó confirmada la elevación a juicio de esta causa, a través de una resolución donde de manera unánime sus actuales miembros -Damián Cini, Carlos Pagliere (h) y Agustín Echevarría- rechazaron por "improcedente" el recurso de apelación que presentara el Defensor Particular del acusado.
La investigación
"Tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor", un delito que ante eventuales condenas contempla penas que van desde los cuatro a los quince años de prisión, es el ilícito que se le continúa atribuyendo a título de autor a Braian Nicolás Juárez, quien -de acuerdo con lo referido a EL TIEMPO por fuentes judiciales- continúa privado de la libertad en la Unidad 7, la cárcel del SPB con asiento en Azul.
Al confirmarse la elevación a juicio de la causa, en lo resuelto desde la Cámara Penal -donde el primero en votar fue el juez Cini- se mencionó que los elementos reunidos en esta investigación, valorados por el Juez de Garantías que se pronunció a favor de dar lugar a la requisitoria para que este sumario se convierta en materia de un futuro debate, "logran acreditar, con el grado de probabilidad requerido en la norma del artículo 337 del Código Procesal Penal, la existencia del hecho, la calificación legal y la autoría del encartado".
De esa manera, también fue rechazado en esta segunda instancia el pedido del Defensor Particular de Juárez para que al joven le atribuyan un delito menos grave.
Concretamente, el abogado afirmaba que la marihuana que fuera incautada en agosto del año pasado -cuando policías de la Federal hicieran efectiva la aprehensión de Juárez durante las realizaciones de dos allanamientos- su cliente no la tenía con fines de comercialización al menudeo, sino para consumo personal y "medicinal".
"De la valoración conjunta de los elementos de cargo se concluye, sin hesitación alguna, que la marihuana hallada en el domicilio de Juárez -algo menos de 600 gramos- era detentada con finalidad de tráfico", se concluyó en esta segunda instancia para no dar lugar al planteo del Defensor Particular del azuleño.
"Este elemento subjetivo del tipo penal surge, en primer lugar, de la observación realizada por el personal policial de las imágenes captadas por la cámara ubicada en Pasaje 2 entre General Rivas y General Paz, las que dan cuenta de la afluencia de diferentes personas, en distintos horarios, las que permanecen por pocos segundos en el lugar, incluso pudiéndose divisar algunos 'pases de mano' entre el imputado y los concurrentes", se indicó en lo resuelto.
"A ello se agregan las transcripciones de las comunicaciones mantenidas entre el imputado y distintos usuarios de WhatsApp", las cuales servirían para demostrar que la marihuana que el joven tenía era, efectivamente, para ser comercializada bajo la modalidad conocida como "narcomenudeo".
"Frente a estos elementos, las meras alegaciones de la Defensa en cuanto a que su representado hacía un uso medicinal de los mismos o el hallazgo al momento del registro del inmueble de cigarrillos combustionados no logran conmover la hipótesis fiscal receptada por el Juez de la instancia", mencionó por parte de los jueces de la Cámara Penal para ratificar la decisión de que el joven investigado sea sometido a un juicio por esta infracción a la Ley 23.737.
Tal lo que EL TIEMPO ha venido informando con relación a esta causa, Braian Nicolás Juárez se encuentra privado de la libertad desde el 17 de agosto del año anterior.
Aquel día, durante allanamientos que agentes de la Policía Federal hicieron en el Barrio San Francisco de Asís en inmuebles vinculados con el joven investigado, en esas diligencias había sido incautada una importante cantidad de marihuana que el acusado, al parecer, tenía para vender al menudeo; después de que se dedicaba también al cultivo casero de cannabis sativa.
En esos allanamientos los agentes de la PFA pertenecientes a la Unidad que tiene su asiento en Azul recogieron teléfonos celulares del investigado, cuyos contenidos después fueron analizados.
En esas comunicaciones se encontraron elementos que demostrarían la existencia del delito por el que el joven continúa preso y, ahora, a la espera de ser juzgado. Y a través del análisis de los teléfonos móviles se hallaron diálogos donde Juárez mencionaba que vendía frascos de marihuana a 15.000 pesos.
La marihuana incautada en poder del imputado estaba fraccionada en envoltorios de nylon y en varios frascos de vidrio, una circunstancia que serviría también para acreditar la finalidad de comercialización en pequeñas dosis de ese tipo de sustancia vegetal considerada estupefaciente para la ley penal argentina.
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