PARA PROMOVER LA INVERSIÓN PRIVADA Y GENERAR EMPLEO
La iniciativa se presentó desde el bloque Podemos Azul y será tratada en la próxima sesión del Concejo Deliberante. En el marco de la crisis económica que afecta al Municipio, se destaca que "uno de los principales beneficios de este tipo de programa es su capacidad para reactivar el sector de la construcción".
27 de septiembre de 2024
Concejales del bloque Podemos Azul presentaron un proyecto de Ordenanza que propone crear el Programa de Incentivo a la Construcción en el distrito.
La iniciativa lleva las firmas de las concejalas Consuelo Burgos y Natalia Colomé, y será tratada el martes próximo, durante la décimo quinta sesión ordinaria del Concejo Deliberante.
En el proyecto se destaca "la importancia de generar empleo y promover la inversión privada en el Partido de Azul".
Se refiere, además, que el Decreto 1614 del 2024 del Departamento Ejecutivo local "declaró la emergencia administrativa, económica y financiera de la Municipalidad de Azul".
En ese contexto, se refiere en el proyecto de Ordenanza de Podemos Azul, "la necesidad de aumentar la recaudación requiere de otras estrategias que puedan sumarse a las facilidades de pago propuestas en el artículo 8 del mencionado decreto, que plantea la ampliación del plan de regularización de deudas municipales por tasas, derechos y contribuciones de mejoras, promoviendo la inversión privada, la generación de empleo y la estimulación de la economía local" en el distrito.
"Uno de los principales beneficios de este tipo de programa -se subraya, por otra parte- es su capacidad para reactivar el sector de la construcción, que es uno de los motores económicos más importantes en muchas ciudades, incluyendo nuestras localidades".
De esa manera, en la iniciativa "se incentiva a los propietarios y desarrolladores a invertir en proyectos de nueva edificación o en la mejora de infraestructuras existentes, generando empleo directo e indirecto, además de impulsar el crecimiento de otros sectores económicos relacionados, como los servicios, el comercio y el transporte".
Del mismo modo se puntualiza que "la ampliación y mejora de inmuebles existentes contribuye a la revitalización de áreas urbanas deterioradas o subutilizadas, ayudando a evitar el deterioro y fomentando un desarrollo más equilibrado y sostenible".
"La demolición de obras en desuso -se apunta luego- o en mal estado, también resulta beneficiosa, ya que permite liberar espacios para nuevas construcciones que cumplan con normativas actuales de seguridad y eficiencia energética".
Burgos y Colomé refieren en el proyecto que, "desde una perspectiva fiscal, aunque se ofrezcan descuentos impositivos, el aumento en la actividad económica y el valor agregado a la propiedad eventualmente incrementan la recaudación a mediano y largo plazo".
Por ello, se afirma, "un programa de incentivo a la construcción, con descuentos impositivos, representa una inversión estratégica que impulsa el crecimiento económico, mejora el entorno urbano y genera beneficios tanto para el municipio como para sus habitantes".
En el articulado de la iniciativa, a la vez que se propone crear "el Programa de Incentivo a la Construcción en el Partido de Azul", se determina que dicho programa "tiene como principal objetivo promover las inversiones en la construcción de las obras privadas en el Municipio de Azul".
De esa manera, se establece que "cualquier tipo de obra de construcción nueva, que genere o aumente la superficie y que comience a realizarse antes del 31 de diciembre del 2024, abonará en concepto de Derechos de Construcción el 40% (se reduce un 50%) de lo establecido en el artículo 22 de la Ordenanza Impositiva 4910/23".
Establece además que "cualquier tipo de obra de refacciones, instalaciones o mejoras que no aumente la superficie y que comience a realizarse antes del 31 de diciembre de 2024, abonará" el 50 por ciento de lo establecido en la citada Ordenanza.
Por último, determina que "cualquier tipo de obra exclusivamente de demoliciones que se ejecute antes del 31 de diciembre de 2024, abonará" el 60 por ciento de la Impositiva antes referida.
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