13 de diciembre de 2023

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO . Transportista condenado a tres años de prisión en suspenso por abuso y amenazas a una menor

La propia víctima, ahora mayor de edad, se había convertido en la denunciante de esos hechos que sufriera años atrás por parte del encausado. El hombre recibió en esta primera instancia una pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Según quedó demostrado, amenazaba con violar a la chica y en una ocasión le efectuó tocamientos en sus partes íntimas.

La tramitación de un juicio abreviado derivó en la imposición de una condena a tres años de prisión de ejecución condicional para un transportista que en ese proceso fue declarado autor de diferentes hechos cometidos en perjuicio de una joven cuando ella era menor de edad, entre los cuales figuró un episodio de abuso sexual.

Fuentes judiciales informaron a EL TIEMPO que el encausado se llama Ángel Rubén Gómez, que es oriundo de La Plata, figura con actual domicilio en Azul y tiene 53 años de edad.

En ese juicio abreviado que se sustanció ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 la jueza Alejandra Raverta lo sentenció a la pena de ejecución condicional ya mencionada tras declararlo autor de dos hechos de coacción y uno definido como abuso sexual agravado y amenazas, en concurso ideal. Y en lo resuelto se menciona también que el transportista había cometido la totalidad de los referidos delitos "en concurso real de acciones".

Teniendo en cuenta lo acordado por las partes, en la previa a que desde la Acusación se presentara ante el TOC 2 el pedido para la realización de este juicio abreviado, a través de lo decidido también le fueron fijadas al encausado diferentes obligaciones que debe cumplir por el plazo de dos años para que no le revoquen la condicionalidad de la sanción que recibió a modo de condena.

"Fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados, abstenerse de relacionarse con la víctima y no cometer nuevos delitos" -se refiere en el fallo- son las pautas de conducta que ahora tiene que acatar.

"Atento a que no registra antecedentes penales considero que la pena debe ser de cumplimiento condicional", concluyó también la magistrada del TOC 2 para imponerle a Gómez el mismo monto de pena pactado entre las partes y resolver que esa sanción quede en suspenso.

Tres hechos

En el fallo se refirió que todos los episodios delictivos por los que ahora Ángel Rubén Gómez resultó condenado habían sucedido en diferentes inmuebles de esta ciudad y que tuvieron como víctima a una joven cuando ella era menor de edad.

Uno de los ilícitos que el transportista oriundo de La Plata cometió se remonta a lo sucedido "en el verano del año 2016", en ocasión de que "coaccionó" a la adolescente y, a modo de amenaza, textualmente le dijo: "Si no te dejás tocar, te voy a violar".

La chica logró que el encausado no llevara a cabo ese ataque de índole sexual contra ella, al "encerrarse" en la habitación de la vivienda donde ambos estaban en aquel entonces.

Sin poder precisar una fecha exacta, pero ubicable en julio de 2017, en perjuicio de la misma víctima Gómez cometió otro de los hechos por los que resultó condenado en este proceso abreviado.

Aquel episodio se tradujo en que el transportista abusara sexualmente de la por entonces menor de edad "mediante tocamientos" en sus partes íntimas. En esa ocasión, además, su agresor volvió amenazarla, diciéndole que si contaba algo de lo sucedido "la iba a violar".

El tercero de los ilícitos por los el hombre resultó condenado en este juicio abreviado data del 27 de agosto de 2017 en horas de la tarde, cuando una vez más le expresó a la chica -que en aquel entonces tenía 15 años de edad- que iba a violarla en caso de que ella no se dejara "tocar" por él.

Una denuncia que la víctima de estos hechos radicara en sede policial se convirtió en el punto de partida para la investigación penal por la que el transportista recientemente terminó firmando ese juicio abreviado donde resultó condenado a los ya referidos tres años de prisión de ejecución condicional.

En representación de las partes intervinieron en este proceso el fiscal Marcelo Fernández y la defensora Oficial Mariana Mocciaro.

Al haber aceptado el encausado que su responsabilidad a título penal en los hechos mencionados se resolviera a través de un proceso abreviado, quedó sin efecto la realización del juicio oral al que iba a ser sometido. Ese debate tenía como fecha de inicio, también en el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con sede en el Palacio de Justicia local, el próximo 22 de diciembre.

El dato

Tal como sucede con personas que son condenadas por hechos de índole sexual y según lo normado a través de la Ley 26.879, una vez que este fallo quede firme la jueza Raverta ordenó que a Gómez le sean tomadas "muestras o evidencias biológicas" para su posterior "inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual".

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