21 de agosto de 2026

EL CASO DE UN GRUPO FAMILIAR TRASLADADO A TANDIL

EL CASO DE UN GRUPO FAMILIAR TRASLADADO A TANDIL . A través de una dura nota el intendente Lunghi presentó una "protesta formal" contra la Municipalidad de Azul

El jefe comunal tandilense expresó ayer su "más enérgico rechazo" por el "gravísimo hecho" consistente en "el traslado compulsivo e irregular de once personas", desde Azul hacia Tandil, que "fueron transportadas en un vehículo oficial de su comuna y abandonadas en una estación de trenes en desuso". Lunghi entiende que, con ello, se "vulnera los principios elementales de la solidaridad y el federalismo municipal", en tanto la Justicia determinará "la responsabilidad criminal de los funcionarios intervinientes". Además, se le reclama al Municipio de Azul "el inmediato resarcimiento de los gastos devengados", como también "coordinar el retorno seguro" del grupo familiar hacia esta ciudad.

Con fecha de ayer, firmada por el intendente de Tandil, Miguel Ángel Lunghi, se dirigió una "intimación administrativa" con la "exigencia de técnicos y resarcimiento por traslado irregular de personas en situación de vulnerabilidad".

Dirigida al intendente de Azul, Nelson Sombra, en el severo escrito Lunghi indica [los destacados son de EL TIEMPO]: "Tengo el agrado de dirigirme a Usted en mi carácter de Intendente Municipal de la ciudad de Tandil, con el objeto de manifestar el más enérgico rechazo y formal protesta de esta administración ante el gravísimo hecho acaecido el pasado 13 de agosto de 2026, consistente en el traslado compulsivo e irregular de once personas pertenecientes a un mismo grupo familiar en situación de extrema vulnerabilidad social y económica, quienes fueron transportadas en un vehículo oficial de su comuna y abandonadas en una estación de trenes en desuso dentro de nuestra ciudad, con el evidente propósito de transferir de manera fáctica y desarticulada la asistencia integral de los mismos a este municipio".

"Dicha conducta -continúa Lunghi-, desplegada por funcionarios dependientes de su Secretaría de Desarrollo de la Comunidad, no sólo vulnera los principios elementales de la solidaridad y el federalismo municipal, sino que configura una flagrante violación al marco normativo vigente, conforme se detalla a continuación:

"1. Incumplimiento de la Ley Provincial N° 13.298 (Protección Integral de los Derechos del Niño). El grupo familiar abandonado incluye de manera preeminente a menores de edad. Al haber dispuesto su traslado y desamparo en una locación inhabitada, carente de servicios básicos y condiciones de habitabilidad, se ha quebrado de forma dolosa el principio del Interés Superior del Niño y el sistema de corresponsabilidad. La normativa provincial exige de manera taxativa que las intervenciones sociales se realicen en el centro de vida de los menores, estando estrictamente prohibido el desentendimiento territorial de los casos mediante el desplazamiento forzoso hacia otras comunas.

"2. Infracción administrativa y encuadre de conductas irregulares. El accionar de los funcionarios que ordenaron y ejecutaron el operativo en el vehículo municipal constituye una desviación de poder y una flagrante vulneración a las obligaciones inherentes a sus cargos. El desamparo provocado a ciudadanos indefensos vulnera las normativas de protección social más elementales. Se destaca con especial gravedad que el grupo familiar trasladado incluye a numerosos menores de edad y al haberlos dejado a la intemperie en un paraje deshabitado y desprovisto de servicios esenciales (estación ferroviaria no operativa), los funcionarios intervinientes de la Municipalidad de Azul han quebrantado de forma directa los deberes de protección real consagrados en la Ley Provincial N° 13.298 (De la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños) y la Ley Nacional N° 26.061. Lejos de tutelar el Interés Superior del Niño, el operativo ejecutado expuso a los menores a una situación de desamparo crítico y vulneración de derechos fundamentales. Asimismo, dicho proceder encuadra prima facie en conductas reprochables bajo la normativa vigente en materia de abuso de autoridad y abandono de personas, tomando debido conocimiento de que ya tramitan denuncias penales impulsadas por terceros en los fueros correspondientes para determinar la responsabilidad criminal de los funcionarios intervinientes.

"3. Ausencia de comunicación institucional y protocolo social. La maniobra fue ejecutada de manera irregular, sin que mediara ningún tipo de comunicación institucional, informe de derivación, articulación de las áreas sociales o aviso previo a la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat de la ciudad de Tandil. Este proceder evade de forma ilegítima las obligaciones de asistencia social primaria radicadas en el domicilio de los afectados, pretendiendo resolver una problemática local mediante el mero desplazamiento geográfico del conflicto hacia Tandil, y además rompe de manera unilateral todos los canales de gestión pública y de coordinación mutua que deben regir la convivencia y el trabajo en red entre municipios bonaerenses.

"Ante la emergencia social provocada por la imprudencia de su administración, la Municipalidad de Tandil debió desplegar de forma inmediata sus recursos humanos, logísticos y financieros para resguardar la integridad psicofísica de las once personas, brindándoles alojamiento provisional, asistencia alimentaria y contención sanitaria de urgencia. Estos operativos han demandado una erogación presupuestaria extraordinaria con recursos de los contribuyentes de Tandil para cubrir una contingencia enteramente generada por la negligencia de la administración de Azul. Por tal motivo, se formula expresa reserva de derechos de repetir contra ese municipio la totalidad de las sumas devengadas y por devengarse en concepto de asistencia integral de la mencionada familia.

"Por todo lo expuesto, intimo a Usted para que, en el plazo perentorio de 48 horas hábiles de recibida la presente, proceda a:

"-Remitir un informe técnico detallado, que incluya -entre otras cuestiones- antecedentes de intervenciones previas del Servicio Local con respecto a los menores de edad, antecedentes de intervención por violencia de género y todo otro informe de intervención relacionado a salud, educación, trabajo y habitación de las personas trasladadas, firmado por los profesionales intervinientes y el Secretario del área, donde se justifiquen los fundamentos jurídicos y sociales que motivaron el traslado e introducción del grupo familiar en el partido de Tandil.

"-Identificar fehacientemente a los funcionarios y agentes municipales que ordenaron y ejecutaron el operativo en el vehículo oficial.

"-Arbitrar los medios urgentes para coordinar el retorno seguro y la asunción definitiva de la asistencia de la familia en su jurisdicción de origen.

"-Arbitrar los medios económicos e institucionales para el inmediato resarcimiento de los gastos devengados por este municipio en concepto de asistencia integral de emergencia a la familia damnificada.

"Bajo apercibimiento, en caso de silencio, negativa o respuesta evasiva, de iniciar formalmente las acciones civiles por cobro de pesos y repetición de gastos, promover las denuncias pertinentes ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires por el desvío y malversación de recursos públicos (uso de rodados para fines ilícitos), y evaluar la radicación de denuncias penales por parte de este Departamento Ejecutivo", indica finalmente el intendente Lunghi, de Tandil, en su nota al jefe comunal azuleño.




El grupo familiar que fue trasladado desde Azul hacia Tandil el pasado 13 de agosto.

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