CRIMEN EN UN CAMPO

CRIMEN EN UN CAMPO

Al acusado de matar a su pareja le fue dictada la prisión preventiva

La medida cautelar la ordenó ayer martes el Juez de Garantías que entiende en esta investigación penal, iniciada desde una Fiscalía local después de que el pasado 11 de agosto la víctima, una adolescente azuleña que tenía 17 años, recibiera un disparo que acabó con su vida. El hecho había ocurrido en un establecimiento rural de Benito Juárez donde la menor convivía con su pareja.

16 de septiembre de 2020

En primera instancia, la detención del trabajador rural que está acusado de haber matado de un disparo con una carabina a su concubina, una adolescente azuleña que tenía 17 años, fue convertida en prisión preventiva por el Juez de Garantías que entiende en esta investigación penal, informaron fuentes judiciales a EL TIEMPO.

Dando lugar a un pedido formulado por el fiscal David Carballo, el titular de la UFI 2 con asiento en los Tribunales de Azul que instruye la causa por este hecho ocurrido en un campo de Benito Juárez el pasado 11 de agosto, la medida cautelar fue ordenada ayer martes por Juan José Suárez, el magistrado a cargo del Juzgado de Garantías 3.

Un joven de 21 años de edad llamado Kevin Héctor Herrera Ullúa, oriundo de Benito Juárez, permanece privado de la libertad por este caso, que tuvo como víctima a la menor que era su concubina, llamada Rocío Ayelén Sañudo.

A través de lo dispuesto por el titular de Garantías 3, Herrera Ullúa -que está preso en la Estación de Policía Comunal con asiento en General Alvear- continúa siendo considerado "prima facie" el autor de los delitos de "homicidio agravado por el vínculo y por el empleo de arma de fuego y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización", hechos considerados como cometidos "en concurso ideal de acciones".

En la resolución que convirtió a la detención del encausado en prisión preventiva, el magistrado que dispuso la medida de coerción refirió que la versión "exculpatoria" que la pareja de Sañudo brindó cuando fuera indagada, un testimonio donde el trabajador rural refirió que había sido accidental ese disparo que acabó con la vida de la adolescente azuleña, "se ve seriamente erosionada" si se toma en cuenta el informe de una pericia balística ordenada en el marco de la instrucción de esta causa.

En las conclusiones de ese análisis efectuado al arma de fuego que fuera empleada en el hecho se "descarta la posibilidad de un disparo involuntario al manipular la carabina en las circunstancias que afirmara el encartado Herrera Ullúa, siendo ello, a su vez, determinante para mantener la calificación legal imputada por el Sr. Agente Fiscal", escribió el juez de Garantías Suárez en esa resolución donde le dictara la prisión preventiva al considerado autor de este homicidio agravado.

Textualmente, ese informe señala que "no surge en la experiencia posibilidad de producción de disparo con el material -es decir, la carabina- en estado de reposo". Una conclusión que no coincide con la versión que el imputado brindara sobre lo sucedido en ocasión de que se llevara a cabo la ya referida indagatoria.

Según después declararon en la causa policías que intervinieron en lo sucedido, el joven que ahora está preso, en la previa a que fuera arrestado, mientras lloraba y abrazaba al cadáver de su pareja le expresaba que se le había escapado el disparo de la carabina y le pedía perdón.

Algo similar refirió Herrera Ullúa cuando días después a ocurrido este homicidio fue indagado de manera virtual por el Fiscal a cargo de la causa.

En ese testimonio dijo que el arma estaba apoyada sobre el marco de la puerta del baño de la casa y que, al correrla de lugar para que la joven pasara, se disparó accidentalmente.

Pero esa versión, según se menciona ahora en la resolución que convirtió a su detención en prisión preventiva, queda desvirtuada por la pericia balística realizada al arma de fuego.

Dicho informe descarta que el hecho haya ocurrido de la manera en que el imputado lo contara, lo cual se tradujo para el joven en que desde ayer su situación procesal sea más complicada, al haber convertido en primera instancia el Juez de Garantías que entiende en esta investigación penal a su detención en prisión preventiva.

Circunstancias "sospechosas"

Más aspectos que -a criterio del Juez garante- complican la situación procesal de Herrera Ullúa en lo sucedido se relacionan con que el joven "no ha logrado explicar fehacientemente otras circunstancias concomitantes que encuentro sospechosas, como lo son el hallazgo en el lugar de los hechos de un montículo de ropa que entorpecía el ingreso al baño de la vivienda y bajo el cual se encontraba el arma que provocara el resultado lesivo; o que el placard se encontrara con sus puertas rotas".

"Tales aspectos -escribió el magistrado a cargo de Garantías 3 en la resolución- no se corresponden con la descripción del mueble referido y las costumbres de orden y aseo que tenía la pareja conformada por el encartado y la víctima, según fuera detallada en los distintos testimonios incorporados".

"Así, resulta al menos llamativo que de haberse producido un supuesto disparo accidental, según lo referido por el encartado, la carabina no se encontrara visible al ingresar a la habitación, sino que por lo contrario fue hallada -como dijera- debajo de un cúmulo de ropa".

"A su vez, y si la prendas de vestir se encontraban en el suelo como consecuencia de una afección que impedía a la víctima efectuar tareas cotidianas con normalidad, como explicara Herrera Ullúa, carece de sentido que tales prendas hayan sido dejadas en un lugar de paso entorpeciendo el ingreso al baño".

"Así las cosas, y si bien resta producir prueba para robustecer la imputación, considero que los elementos recolectados a este momento resultan suficientes para habilitar la medida de coerción personal requerida, por cuanto existen motivos bastantes para sospechar que Kevin Héctor Manuel Herrera Ullúa ha tenido participación en calidad de autor del hecho disvalioso imputado", concluyó el juez de Garantías Suárez cuando ayer martes le dictó la prisión preventiva por el homicidio agravado de Rocío Ayelén Sañudo.

Un disparo con una carabina

En horas de la noche de ese ya referido 11 de agosto que pasó, un establecimiento rural llamado "San Gerónimo" fue el lugar donde se produjo este luctuoso suceso.

En ese campo, ubicado en el Partido de Benito Juárez, el acusado trabajaba como puestero y convivía con la adolescente azuleña, en el marco de una relación que habían iniciado meses antes.

En "la vivienda accesoria" que ambos ocupaban, de lo investigado hasta el momento ha podido determinarse que Rocío Ayelén Sañudo recibió un disparo proveniente de una carabina calibre 22 de la que Herrera Ullúa no contaba con la autorización legal para su tenencia, el otro delito que le están atribuyendo al joven junto con el homicidio.

Desde la Acusación el hecho fue situado como sucedido alrededor de la hora 22.30 de aquel día martes ya referido.

"El aquí imputado Kevin Héctor Herrera Ullúa dio muerte a su pareja conviviente Rocio Ayelén Sañudo, disparando contra su persona con una carabina modelo 71 calibre 22 serie Nro. 54932, de la cual no poseía la debida autorización legal para su tenencia", se describe con relación a lo sucedido.

Con el arma de fuego -se menciona también en estas actuaciones- el trabajador rural le efectuó a la adolescente "un disparo que impactó en la región axilar izquierda, con trayectoria inferior-superior y de atrás hacia adelante y abajo-arriba, con reguero de esquirlas en el curso hasta el alojamiento casi íntegro de dicho proyectil bien por delante de la cabeza humeral derecha, ocasionando su muerte por hemorragia torácica masiva".

Aquella noche del 11 de agosto, cuando la Policía fue alertada sobre lo sucedido, al concurrir personal del Comando de Patrullas de Benito Juárez al campo donde este hecho se produjo hallaron a la adolescente azuleña sin vida.

Al mismo tiempo, su concubino fue aprehendido, luego de que en el interior de esa vivienda se incautara el arma de fuego de la que partió ese disparo que acabó con la vida de Rocío Ayelén Sañudo.

EL DATO

Hoy miércoles Juan José Suárez, el juez de Garantías que entiende en esta causa, rechazó un pedido para que a Kevin Héctor Manuel Herrera Ullúa le fuera otorgada la excarcelación, al no dar lugar a una solicitud para el cambio de calificación de esa causa penal por la que ayer le dictara al joven la prisión preventiva. Lo dispuesto fue en respuesta a un incidente presentando por el abogado Gonzalo Daniel La Menza, quien como Defensor Particular patrocina al trabajador rural. "A la fecha no resulta acreditada nueva circunstancia que amerite un nuevo análisis de la investigación para determinar si resulta pasible un cambio de calificación legal. Asimismo, considero que no existe absurdo o arbitrariedad manifiesta en la calificación dada hasta el momento", concluyó el titular de Garantías 3 en la resolución a través del cual rechazó los pedidos formulados por el abogado del encausado.

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