3 de agosto de 2023
Lo dispuesto fue el resultado de un juicio abreviado que se tramitó ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con asiento en el Palacio de Justicia de Azul.
Una pena de ocho años y otra, de tipo única, de diez años de prisión le dictó un juez a un preso que en la Unidad 37 de Barker había matado a otro, hecho sucedido el 16 de abril de 2021.
De acuerdo con lo informado a EL TIEMPO por voceros allegados a lo que fuera la sustanciación de ese proceso, el recluso condenado en esta primera instancia por el asesinato de quien era su compañero de celda en el penal situado en la localidad perteneciente al Partido de Benito Juárez se llama Aaron Emanuel Yñiguez.
Oriundo de González Catán, la localidad del Partido de La Matanza situada en el conurbano bonaerense, actualmente tiene 24 años de edad.
Evaluando las evidencias incorporadas a lo que había sido la tramitación de este sumario penal, a través de lo resuelto el joven fue declarado autor de un homicidio simple. Y el juez Martín Céspedes refirió en el fallo que "en virtud a lo acordado y lo dispuesto por el artículo 399 del Código Procesal Penal, que establece que no se podrá imponer una sanción superior a la solicitada por el Fiscal", correspondía dictarle al interno por el crimen propiamente dicho esa pena ya referida de ocho años de prisión.
Además, el joven fue declarado "reincidente", teniendo en cuenta que en el marco de otra causa penal estaba cumpliendo una condena impuesta desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 de La Matanza cuando cometió este homicidio. Consistente en "seis años y ocho meses de prisión", le había sido dictada el 7 de marzo de 2019.
De esa manera, al ser aunada esa sanción que ya registraba con la que recibió ahora por el crimen de su compañero de celda, Yñiguez fue sentenciado también en este mismo proceso desarrollado en el TOC 1 local a la referida pena única de diez años de prisión.
El homicidio
Ese ya mencionado 16 de abril de 2021 el interno cometió este homicidio, que tuvo como víctima a otro recluso que en ese entonces compartía celda con él y se llamaba José Antonio Pereyra Díaz, oriundo de Lomas de Zamora y de 24 años de edad para cuando falleció.
En las actuaciones penales se señala que alrededor de la hora 20 del día referido, estando ambos en una de las celdas que -junto con otro interno convertido en testigo de lo ocurrido- ocupaban en el Pabellón 8 de la Unidad 37, Yñiguez "le aplicó de manera intencional y con el fin de causarle la muerte" con un arma blanca de fabricación casera "al menos una puñalada en el cuerpo" a la víctima.
Esa lesión instantes más tarde, una vez que de lo sucedido fueron alertados guaridas y personal médico del penal, le provocó la muerte a Pereyra Díaz.
La herida que la víctima de este asesinato sufrió fue descripta en el fallo como de tipo "cortante a nivel de región torácica izquierda, línea axilar anterior por encima de la mamilla de dos centímetros de longitud, profunda, que lesionó grandes vasos a nivel de cayado aórtico".
Diferentes testigos de lo sucedido declararon durante lo que fue la instrucción de la causa penal que se había iniciado por ese asesinato. Y también lo hizo el recluso que resultó condenado en este proceso abreviado.
Según su versión, ese día en que mató a su compañero de celda se había defendido de un ataque que él no inició.
De esa manera, ambos se enfrentaron y comenzaron un forcejeo, logrando en ese entonces arrebatarle a la víctima la faca que portaba. El arma blanca que después empleó para herirla de muerte.
"Empezamos a discutir porque se me puso en piola y me sacó una faca, me empezó a atacar y me tuve que defender", había dicho el ahora condenado en este proceso abreviado con relación al homicidio por el que fuera declarado autor. "Fue una pelea entre presos y me voy a hacer cargo de lo que hice", refirió también.
Cuando declaró a tenor de lo que establece el artículo 308 del CPP, Yñiguez indicó que el incidente se inició porque Pereyra Díaz quiso robarle un teléfono celular que él tenía.
El ahora condenado había sido trasladado al penal de Barker días antes de que cometiera este homicidio. En aquel entonces, proveniente de la Unidad 38 que está en Sierra Chica.
Esa versión que brindó no se correspondía con declaraciones de testigos ni con otras pruebas incorporadas a esta causa, por lo que terminó siendo desestimada y se tradujo en que resultara condenado por el asesinato.
En el juicio abreviado intervinieron en representación de las partes el fiscal David Carballo y el defensor Oficial Diego Prado, siendo las penas dictadas al recluso las mismas que ambos funcionarios judiciales acordaron, en la previa a que desde la Acusación se presentara el pedido ante el TOC 1 para la tramitación de este proceso.
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