8 de mayo de 2025
A través de un proceso abreviado, tramitado ante un juzgado Correccional local, por ese caso de violencia de género el encausado fue declarado autor del delito de "lesiones leves agravadas". Según se dio por probado en esta primera instancia, el hecho que el hombre cometió había sucedido en una vivienda de Azul el 9 de mayo de 2023.
De quedar firme el fallo de un juicio abreviado por un caso de violencia de género, un azuleño deberá cumplir seis meses privado de su libertad.
En una primera instancia, dicha pena "de cumplimiento efectivo" le había sido dictada al encausado a través de un proceso tramitado ante el Juzgado Correccional 1 que en el Palacio de Justicia local está a cargo del magistrado Aníbal Norberto Álvarez.
Voceros judiciales identificaron al hombre que firmó ese juicio abreviado -que se tradujo en su condena, aunque actualmente continúa en libertad- como Joel David Guera, de 38 años de edad.
A través de lo resuelto fue declarado autor del delito de lesiones leves agravadas, ilícito surgido de un hecho que data como sucedido el 9 de mayo de 2023 y había tenido como víctima a la mujer que en ese entonces era su pareja.
Los antecedentes penales computables que el encausado registra, algo a lo que las partes aludieran en el acuerdo para la tramitación de este juicio abreviado, se valoraron por el Juez que intervino en este proceso como una circunstancia agravante a la sanción que le impuso. También, que el hecho por el que Guera resultó condenado en esta primera instancia "ha sucedido en un contexto de violencia contra la mujer", según puede leerse en el fallo.
Agredida
Ese ya mencionado 9 de mayo de 2023, en horas de la mañana, el interior de una casa situada en Azul -inmueble donde el imputado convivía con quien era en ese entonces su pareja- se convirtió en el lugar donde este hecho de violencia de género se produjo.
Joel David Guera "agredió físicamente a su pareja", según se menciona en lo resuelto, "ocasionándole con dicho accionar traumatismo costal derecho, céfalo hematoma parietal izquierdo" y un "hematoma en cuello". Todas esas lesiones, cuando después la víctima fue asistida por personal médico, quedaron definidas "legalmente" como "de carácter leves".
En lo resuelto se señala también que el accionar del encausado se produjo aquel día "en un contexto de maltrato habitual y violencia de género" en perjuicio de la joven que era su pareja.
El día de sucedido aquel hecho personal policial fue alertado sobre tal situación. Y cuando efectivos de seguridad concurrieron a la casa donde la joven fue agredida por Guera se entrevistaron con una trabajadora social que estaba en ese inmueble.
Esa profesional le refirió a los uniformados que la víctima había concurrido a un Centro de Atención Primaria de la Salud en busca de ayuda, en la previa a que después la trasladaran en una ambulancia al Hospital Pintos para ser asistida por las lesiones sufridas.
De acuerdo con lo que después refiriera, su por entonces pareja le había dado golpes en el estómago. Y la joven dio cuenta también de un incidente sucedido días antes, cuando el condenado en este juicio abreviado la agredió al tomarla con sus manos del cuello.
Al ser identificado el imputado, desde la Comisaría de la Mujer y la Familia se informó a los policías que intervenían en lo sucedido que días antes a que se produjera este caso de violencia de género se había vencido una "medida cautelar de protección entre las partes" que fuera ordenada desde la justicia.
En el caso intervino también el Centro de Atención a la Víctima que depende de la Fiscalía General departamental.
Contando con lo que la propia joven agredida refiriera, para cuando Guera la golpeó ya existía en trámite otra causa penal que también tenía como imputado a ese hombre.
Ese expediente se remonta a una denuncia formulada en una comisaría de una ciudad de la zona el 27 de diciembre de 2022, presentación donde el ahora condenado en este juicio abreviado era señalado como el autor de otra agresión a su por entonces pareja.
"Ello da cuenta de la situación de violencia reiterada en el tiempo y padecida por la (víctima)", escribió el juez Álvarez en el fallo de este juicio abreviado para pronunciarse a favor de condenar al encausado.
Para imponerle esa pena de seis meses de prisión a cumplir al todavía imputado por este caso de violencia de género, el titular del Juzgado Correccional 1 hizo mención también en lo resuelto a "numerosos elementos probatorios" que servían "como sustento para dar por probado" el hecho materia de este proceso. E hizo alusión, además, a "la preexistencia de la relación de pareja" entre Guera y la víctima, situación que "agrava la figura delictiva" por la que ese hombre fue declarado autor.
Tal circunstancia, al mismo tiempo, ponía en evidencia "la situación de vulnerabilidad padecida" por la víctima "a consecuencia de la violencia física y psicológica proveniente del encausado".
El dato
Marcelo Fernández, el titular de la Fiscalía especializada en Violencia Familiar y de Género, y la defensora Oficial Adriana Hernández representaron a las partes en este proceso abreviado. Sobre la base de lo acordado entre ambos funcionarios judiciales, el monto de la pena dictado al encausado fue el mismo que pactaran ese Fiscal y la mencionada Defensora Oficial. La víctima de este caso de violencia de género, según se señala en el fallo, había sido informada "del acuerdo alcanzado por las partes".
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