25 de julio de 2023
Oriundo de Azul y de 27 años de edad, un joven fue condenado a seis meses de prisión de ejecución condicional por haber amenazado a su ex pareja.
Fuentes judiciales informaron a EL TIEMPO que lo dispuesto fue el resultado de un juicio abreviado tramitado ante el Juzgado Correccional 2 que en los tribunales de esta ciudad está a cargo del magistrado Héctor Torrens.
El encausado y sentenciado en esta primera instancia a la referida sanción fue identificado por los mismos voceros como Enzo Emanuel Imaz.
Tal como habitualmente sucede cuando una persona recibe una condena a prisión en suspenso, en el mismo proceso abreviado al joven le fueron impuestas diferentes obligaciones que debe cumplir por el plazo de dos años para que no le sea revocada la condicionalidad de la mencionada pena.
Esas pautas de conducta implican que debe "fijar residencia; someterse al cuidado del Patronato de Liberados Departamental; no generar nuevos conflictos con la víctima y realizar el taller 'Nuevas Masculinidades'", capacitación que se dicta desde el referido organismo estatal bonaerense dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que en Azul tiene su sede sobre calle Yrigoyen entre Moreno y De Paula.
Contando con el acuerdo entre las partes que intervinieron en el juicio abreviado, la pena que el encausado recibió como autor de este hecho de violencia de género fue la misma que había sido pactada entre el fiscal Marcelo Fernández y la defensora Oficial Mariana Mocciaro, en la previa a que desde la Acusación se presentara ante el Juzgado Correccional 2 el pedido para la tramitación de ese proceso.
Lo acordado, que después fue aceptado en todos sus términos por el juez Correccional Torrens, implicó que también se valorara para el imputado, como una circunstancia de tipo atenuante, "la carencia de antecedentes penales".
Sobre la base de lo que había sido la instrucción de este sumario penal, llevado adelante también por el fiscal Marcelo Fernández desde la UFI 1 que conduce, en lo resuelto se mencionó que en los primeros minutos del 24 de enero de 2021 el joven sometido a este juicio abreviado cometió el episodio intimidatorio por el que días atrás resultó condenado en una primera instancia.
"Enzo Emanuel Imaz se hizo presente en el domicilio de su ex pareja -escribió el juez Torrens en el fallo- y una vez allí le manifestó: 'Mañana vengo y te mato, hija de puta'".
Posteriormente, ese mismo joven le envió desde su teléfono celular mensajes de texto a la víctima a través de los cuales continuó amenazándola, expresándole en esa segunda ocasión -entre otras afirmaciones- que iba a matarla y que "al que se meta lo voy a cagar a puñaladas".
La denuncia de la mujer que sufrió esos episodios intimidatorios se convirtió en una de las pruebas valoradas para condenar en este juicio abreviado al azuleño encausado.
A través de su testimonio se había podido tomar conocimiento que esa joven, tras haber finalizado la relación con Imaz, continuaba siendo hostigada de manera constante, a través de llamados y mensajes telefónicos donde el imputado le refería que iba a matarla si no regresaba con él.
Anteriormente a que sucedieran estos hechos de amenazas, al agresor le había sido dictada desde la Justicia una medida cautelar en resguardo de la víctima de este caso de violencia contra una mujer.
"El encuadre jurídico que corresponde a la conducta objetiva y subjetiva que se le enrostra en este proceso a Imaz Enzo Emanuel... es el del delito de amenazas", escribió el Juez Correccional en lo resuelto. Y agregó: "Teniendo en cuenta la circunstancia atenuante mencionada, la calificación legal del hecho probado, su modalidad de comisión y el imperativo legal del artículo 399 del CPP -que me obliga a ajustarme estrictamente a la pena requerida en el convenio de juicio abreviado, cuyo monto no puede superar el acordado-, debo concluir necesariamente en la aplicación al causante Imaz Enzo Emanuel de la pena de seis meses de prisión".
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