12 de noviembre de 2025
"Coacción, daño y violación de correspondencia", delitos que "en concurso real de acciones" cometiera en perjuicio de su exnovia, derivaron en que un varón fuera sentenciado a dos años de prisión en suspenso.
Lo resuelto, señalaron voceros oficiales a EL TIEMPO, fue el resultado de un juicio abreviado tramitado ante el Juzgado Correccional 1 que en el Palacio de Justicia local está a cargo del magistrado Aníbal Álvarez.
En lo decidido días pasados en esta primera instancia, el encausado fue identificado como Ezequiel Leonardo Novelli, oriundo de Azul y actualmente de 32 años de edad.
La pena de prisión en suspenso dictada para ese hombre implicó -además- que le fueran fijadas diferentes obligaciones que, una vez que este fallo quede firme, deberá cumplir para que no le sea revocada la condicionalidad de la sanción. También, durante un plazo de dos años.
Esas pautas de conducta señalan que tiene que "fijar residencia" y "abstenerse de generar nuevos conflictos" con la joven que resultara víctima de los hechos de violencia de género por los que firmó este juicio abreviado y resultó condenado.
La amenazó y le rompió el celular
El hecho convertido en materia de la tramitación de este juicio abreviado por el que Ezequiel Leonardo Novellli resultó condenado se relaciona con un incidente que protagonizara el 15 de abril del año pasado.
En horas de la noche de aquel día, el encausado se hizo presente en la casa donde vivía su expareja, de la cual se había separado tiempo antes.
Estando con ella, lo primero que hizo, sin la autorización de la víctima, fue revisarle su teléfono móvil.
Al ver los mensajes, comenzó a comportarse de manera agresiva con su ex: la insultó y la amenazó.
"Te voy a reventar la cabeza... Si te veo con otro te mato", fueron algunas de las expresiones intimidantes de Novelli a la víctima, en la previa a que también le rompiera su teléfono celular, al arrojarlo al piso.
No bien el caso fuera denunciado por la damnificada se inició la instrucción de la causa penal que días atrás derivó en la imposición del referido veredicto condenatorio para el agresor.
Dicho sumario se tramitó desde la Fiscalía especializada en Violencia Familiar y de Género que conduce Marcelo Fernández, funcionario judicial que también representó a la Acusación en este proceso abreviado donde la pena dictada al encausado fue la misma que surgiera del acuerdo entre las partes que intervinieron en ese proceso.
La víctima de este caso de violencia de género, se indica en lo resuelto, fue debidamente informada sobre el acuerdo alcanzado y no presentó objeciones.
Al momento de denunciar a su agresor, esa joven refirió -según lo mencionado en el fallo- que no era la primera vez que Novelli la amenazaba. Y que en una ocasión anterior, cuando aún estaban juntos, el condenado en esta primera instancia le había hecho otra "escena de celos" durante la cual le tiró el pelo y la tomó del cuello, sin que ella resultara lesionada.
Aquel incidente que sufrió no implicó que después denunciara a Novelli, a diferencia de lo sucedido ahora con esa situación que derivó en el dictado de un veredicto condenatorio para el declarado autor de este episodio de violencia de género.
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