10 de abril de 2023

MIENTRAS SIGUE EN LA UNIDAD 38 DE SIERRA CHICA

MIENTRAS SIGUE EN LA UNIDAD 38 DE SIERRA CHICA. Quedó confirmada la prisión preventiva para el acusado de abusar de una menor

Al imputado por estos hechos lo habían detenido a fines de diciembre pasado en Las Flores. De acuerdo con lo investigado, sometió sexualmente a la víctima cuando ella tenía entre once y doce años de edad. Luego de que fuera declarado "inadmisible" un recurso de apelación presentado en favor del encausado, desde la Cámara Penal recientemente fue ratificada para ese hombre la medida de coerción que en primera instancia le dictara hace tres meses un juez de Garantías.

La prisión preventiva de un hombre que a fines de diciembre pasado había sido detenido por un caso de abuso sexual donde como víctima figura una menor fue confirmada desde la Cámara Penal departamental.

Voceros allegados a la tramitación de ese sumario penal identificaron al encausado como Cristian Raúl Rodríguez, un hombre que es oriundo de Las Flores y actualmente tiene 48 años de edad.

Por el hecho que lo involucra su detención se había hecho efectiva en esa vecina ciudad el pasado 30 de diciembre, en el marco de un procedimiento que de manera conjunta desarrollaron agentes de la Estación de Policía Comunal y de la Comisaría de la Mujer y la Familia de Las Flores.

Actualmente Rodríguez permanece privado de la libertad en la Unidad 38, una de las cárceles del SPB con asiento en la localidad olavarriense de Sierra Chica.

A ese penal había sido trasladado el pasado 27 de febrero, después de que la medida de coerción cuya vigencia ahora fue ratificada por los jueces que integran la Alzada departamental fuera ordenada en una primera instancia desde el Juzgado de Garantías 2 que tiene su sede en el Palacio de Justicia de Azul.

Luego de que Rodríguez resultara detenido a fines de diciembre del año anterior, el 6 de enero pasado aquella medida fue convertida en prisión preventiva. Y recientemente, la decisión de que el presunto abusador siga privado de la libertad en el marco de ese sumario penal que lo tiene como imputado quedó confirmada desde la Cámara Penal que integran los jueces Agustín Echevarría, Damián Cini y Carlos Pagliere (h).

A través de lo resuelto en esta segunda instancia, el florense continúa siendo señalado como el probable autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado.

Un recurso "inadmisible"

Los jueces de la Cámara Penal declararon "inadmisible" un recurso de apelación que fuera formulado por una Defensora Oficial en busca del cese de la medida de coerción para el investigado por este hecho. Y en consecuencia, ratificaron para ese hombre la vigencia de su prisión preventiva, la cual había sido ordenada en primera instancia -tal lo ya mencionado- en enero pasado.

Con relación al ilícito que le atribuyen en carácter de autor al florense que sigue preso, en las actuaciones penales se refiere que se produjo "...en fechas indeterminadas, pero ubicables en el período comprendido entre el año 2020 y el 11 noviembre de 2021". Y también se menciona que esos episodios tuvieron como escenario una vivienda de la vecina ciudad de Las Flores.

En ese inmueble Cristian Raúl Rodríguez, según lo investigado, sometió sexualmente a una menor que, para la fecha en que estos episodios ocurrieron, tenía "entre once y doce años de edad".

Los hechos de abuso sexual que le imputan al investigado implicaron que accediera "carnalmente" a la chica, aprovechándose de diferentes circunstancias que favorecieron su accionar delictivo.

Tal como sucede con ese tipo de casos, a la menor que figura como víctima le había sido tomada una declaración por medio de la Cámara Geseell, lo cual sucedió luego de que Rodríguez fuera denunciando por esos episodios de índole sexual.

"Él me dijo que no contara nada, porque si no me iba a pegar a mí y a mi mamá", había referido la chica

Su versión continúa siendo considerada como una evidencia fundamental demostrativa de lo sucedido.

En ese contexto, la declaración de la menor había sido valorada para ordenar la detención del encausado y, después, para dictarle esa prisión preventiva que ahora quedó confirmada.

Cuando en primera instancia se ordenó esa medida de coerción para el presunto abusador, en lo resuelto por Juan José Suárez -magistrado que de manera subrogante intervino en esta investigación penal- se consignó que fueron en tres ocasiones que el imputado sometió sexualmente a la chica. "Primeramente, mediante tocamientos; para luego accederla carnalmente por vía vaginal y anal", había concluido el actual titular del Juzgado de Garantías 3 con relación a la existencia de aquellos hechos.

Informes médicos ratifican que la menor fue víctima de los abusos por parte de ese hombre para quien ahora se confirmó su prisión preventiva. Y esos dictámenes se constituyen hasta el momento en una evidencia más que complican su situación procesal.

En el recurso presentado ante la Cámara en favor del encausado y que finalmente fue desestimado se afirmaba que la calificación penal otorgada a los hechos investigados debía ser una menos gravosa. Y se solicitaba también, en consecuencia, la excarcelación de Rodríguez.

Pero esos argumentos terminaron siendo rechazadas y la prisión preventiva para el presunto abusador quedó confirmada.

En lo resuelto, el camarista Pagliere (h) -el primero en votar para no dar lugar a la apelación en favor del encausado- refirió: "Colijo, al igual que el juez de la instancia, que se deben valorar como serios indicios de materialidad y autoría lo señalado por la víctima menor respecto del delito investigado".

Al respecto, agregó: "La niña, durante la Cámara Gesell, describe pormenorizadamente la secuencia de los hechos, dando detalles de los mismos, resultando coherentes y verosímiles sus dichos y no advirtiéndose motivos que hagan presumir que tanto ella como el resto de las personas que depusieron en la pesquisa quieran perjudicar falsamente al imputado con una denuncia de tal entidad".

Al igual que fuera valorado en primera instancia, para rechazar la excarcelación del imputado ahora se tuvo en cuenta desde la Alzada la pena que contempla, en caso de que resulte condenado, ese delito que le siguen atribuyendo a título de autor.

"Comparto con el magistrado -escribió el camarista Pagliere (h) sobre la base de lo que en primera instancia resolviera el juez de Garantías Suárez- la presunción de elusión de la acción de la justicia (por parte del encausado) dada por la magnitud de la pena en expectativa; que se haya reforzada por la gravedad de los hechos -constituidos por plurales abusos sexuales, con acceso carnal, perpetrados contra una niña que en ese momento tenía entre 11 y 12 años de edad- que justifican el dictado de la prisión preventiva impugnada".

"En otras palabras, lo expuesto determina que la prisión preventiva se muestre como la medida cautelar más adecuada para asegurar la sujeción del causante al proceso. Sobre todo, teniendo en cuenta que la misma guarda proporcionalidad en relación al tiempo que lleva detenido el imputado", se concluyó en esta segunda instancia.

EL DATO

Después de que se ordenara su detención por estos hechos de abuso sexual en perjuicio de una menor de edad, Cristian Raúl Rodríguez había optado por negarse a declarar cuando fuera indagado a tenor de lo que establece el artículo 308 del CPP.

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