26 de noviembre de 2024
La Resolución 990/2024 de Anses, publicada en el Boletín Oficial, establece un aumento de un 2,69%. A quiénes beneficia.
El Gobierno nacional otorgó este martes un nuevo aumento a las asignaciones familiares para el mes de diciembre, por lo que el Ejecutivo fijó los nuevos montos a cobrar el próximo mes.
El incremento se hizo oficial mediante la publicación en el Boletín Oficial de la resolución 1124/2024. De acuerdo con la normativa, la actualización será del 2,69%, en línea con el dato de la inflación de octubre.
La suba alcanza a los trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y veteranos de guerra, que sean beneficiarios del apoyo económico, así como también para aquellos que cobren la Asignación Universal por Hijo (AUH) y prestación por desempleo, entre otros programas de asistencia económica.
De acuerdo con esa normativa, cobrarán por asignación familiar desde el mes próximo, los siguientes montos, según el ingreso del grupo familiar, teniendo en cuenta que los mismos montos y topes se aplican en la Asignación Familiar Prenatal.
Hasta $722.224 recibirán $46.642 por hijo.
Entre $722.224,01 y $1.059.216, cobrarán $31.460.
Entre $1.059.216,01 y $1.222.901, percibirán $19.025.
Entre $1.222.901,01 y $3.824.554, obtendrá un beneficio de $9.813.
Por su parte, por nacimiento, Anses abonará $54.367; por adopción, $325.086; por matrimonio, $81.408; por ayuda escolar anual $124.245, con tope de ingreso familiar de $3.824.554; y por ayuda escolar anual para hijo con discapacidad, $124.245, sin tope de Ingreso Grupo Familiar (IGF).
Además, según indica el artículo 4° de la Resolución, a partir del último mes de este año la percepción de un ingreso superior a $1.912.277 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos (IGF) no supere el límite máximo de ingresos establecido en los anexos de la presente, que es de $3.824.554.
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/2024 sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, estableciendo que los haberes se actualizarán mensualmente, de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). (DIB)
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