31 de octubre de 2023

EN JUICIOS ABREVIADOS

EN JUICIOS ABREVIADOS . Tres condenas por violencia de género

Dos azuleños y un cachariense son los encausados. En primera instancia un juez les impuso diferentes sanciones por ilícitos que, respectivamente, cometieron en perjuicio de tres mujeres. Dos de los hombres sometidos a estos procesos recibieron penas de ejecución condicional. Y el otro, una de cumplimiento efectivo, por lo que tendrá que ir a prisión si ese fallo con veredicto condenatorio para él queda firme.

Hechos de violencia de género por los cuales se tramitaron juicios abreviados en el Palacio de Justicia local derivaron en las condenas para dos azuleños y un cachariense, señalaron voceros judiciales a EL TIEMPO.

Los procesos se sustanciaron ante el Juzgado Correccional 1 que conduce el magistrado Aníbal Norberto Álvarez y se tradujeron en los dictados de dos penas de ejecución condicional y una de prisión a cumplir para los tres imputados que, respectivamente, tienen esas causas.

Uno de los condenados fue identificado como Luis Alberto Oroquieta.

Nacido y con actual domicilio en Cacharí, la localidad perteneciente al Partido de Azul, en el juicio abreviado al que fue sometido recibió una pena de seis meses de prisión de cumplimiento condicional, al haber sido declarado autor de los delitos, cometidos "en concurso real de acciones", de lesiones leves agravadas y daño.

El encausado tiene 41 años de edad y de acuerdo con lo que se diera por probado había cometido el hecho materia de este proceso el 29 de agosto de 2021 en perjuicio de su esposa.

Aquel día, en horas de la noche, luego de que comenzara a discutir con ella en la casa donde en ese entonces convivían, Oroquieta "se tornó agresivo y agredió físicamente a su pareja, propinándole golpes de puño en el brazos y piernas y otras partes del cuerpo", se describe en el fallo.

Además de provocarle lesiones leves a la víctima, dañó el teléfono celular de esa mujer y de sus hijos, al arrojarlos contra el suelo y pisarlos.

Junto con la condena de prisión en suspenso dictada en esta primera instancia al encausado, el juez Álvarez le impuso diferentes reglas de conducta que tiene que cumplir por el plazo de dos años.

Esas obligaciones incluyen que debe "fijar residencia, someterse al control mensual, que se llevará a cabo a través de la Subcomisaría de Cacharí, y abstenerse de generar nuevos conflictos con la víctima".

Contando con el acuerdo entre el fiscal Marcelo Fernández y la defensora Oficial Mariana Mocciaro para la tramitación de este juicio abreviado, el monto de pena impuesto al encausado fue el mismo que las partes acordaran.

La tramitación de este proceso -donde se tuvo en cuenta para el agresor, como una atenuante, su falta de antecedentes penales hasta el momento de que protagonizara este hecho de violencia de género- dejó sin efecto la realización del juicio oral que por el caso iba a comenzar a desarrollarse días atrás.

Pena única y a cumplir

Otra causa por violencia de género había derivado en el Juzgado Correccional 1 en la imposición de una pena única de efectivo cumplimiento de un año y dos meses de prisión para un azuleño llamado Jorge Alejandro Alcayaga.

Teniendo en cuenta que el fallo todavía no adquirió rango de firmeza, ese hombre -actualmente de 31 años de edad- permanece en libertad.

La condena que recibió fue por un hecho que a escala penal quedó definido por el delito de lesiones leves agravadas y había tenido como víctima a su pareja.

Específicamente por la agresión a la joven, sucedida hace tres años, Alcayaga fue sentenciado a "seis meses de prisión de efectivo cumplimiento".

Pero en el mismo proceso, teniendo en cuenta que registraba una condena anterior de "un año y dos meses de prisión de cumplimiento condicional" -que data del 2 de noviembre de 2018 y se relaciona con otro hecho de violencia de género en perjuicio de la misma víctima, el cual el hombre había cometido el 18 de noviembre de 2017 y fue configurativo de los delitos de "amenazas calificadas por el uso de arma y daño en concurso real"-, ambas sanciones se aunaron y le fue dictada la ya referida pena única que, de adquirir firmeza este fallo, implicará que la cumpla privado de la libertad.

El azuleño había cometido el hecho materia de este nuevo juicio al que fue sometido poco antes de la medianoche del 18 de octubre de 2020.

En el interior de una vivienda de esta ciudad, "en medio de una discusión donde descargaba insultos hacia su pareja", el hombre "le propinó golpes de puño en el rostro y en la cabeza" que le provocaron diferentes lesiones.

La mujer intentó defenderse con un palo de escoba, pero Alcayaga se lo quitó y lo utilizó para continuar golpeándola en su mano derecha, se refiere también en el fallo.

En representación de la Acusación había intervenido en el juicio abreviado la fiscal Karina Gennuso; mientras que al azuleño que resultara condenado en esta primera instancia lo patrocinó el defensor Oficial Diego Prado.

Otra pena única, pero en suspenso

Otro juicio abreviado por un caso de violencia de género tramitado ante el Juzgado Correccional 1 había derivado en la condena para un hombre identificado como Santiago Ezequiel Rodríguez.

Oriundo de Azul y de 31 años, en ese proceso fue declarado autor de los delitos de daño y desobediencia en concurso real de acciones.

Si bien fue sentenciado a "seis meses de prisión de ejecución condicional", una sanción que registraba se tradujo en la imposición también de una pena única para ese hombre, consistente en tres años de prisión en suspenso.

Aquella primera condena, y por la que en el juicio más reciente al que fue sometido le dictaron la mencionada sanción de tipo única, consistía en "dos años y seis meses de prisión en suspenso".

Le había sido impuesta en el otro Juzgado Correccional con sede en los tribunales de Azul el 27 de abril de 2021, según se menciona en el fallo de este nuevo proceso al que fue sometido.

"Teniendo en cuenta que el causante registra una condena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y que los hechos de autos -es decir, los tratados en este juicio abreviado- fueron cometidos con anterioridad al dictado de dicha sentencia, corresponde imponerle la pena única de tres años de prisión de ejecución condicional comprensiva de la misma", escribió el juez Álvarez en lo dispuesto para con Rodríguez.

En este juicio abreviado al azuleño le fueron impuestas también reglas de conducta que debe cumplir durante dos años para que no le sea revocada la condicionalidad de esa pena única de tres años de prisión en suspenso que recibió.

"Fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados y abstenerse de generar nuevos conflictos con la víctima" forman parte de esas obligaciones.

El 21 de julio de 2019, durante las primeras horas de la mañana, sucedió el episodio de violencia de género por el que Rodríguez resultó condenado.

Aquel incidente se produjo cuando el hombre se hizo presente en la casa de una joven con la que había mantenido "una relación sentimental" y "le arrojó una piedra tipo adoquín al vehículo automotor Citroën 3CV" de la víctima, lo cual implicó que rompiera el parabrisas del vehículo.

Con ese accionar el encausado -además- vulneró una manda judicial que estaba vigente y le prohibía acercarse a la damnificada por aquel daño. Una perimetral que le impedía también concurrir al domicilio de esa mujer.

El fiscal Marcelo Fernández y la abogada María Fernanda Giménez, que fue la defensora Particular del condenado en esta primera instancia, intervinieron en representación de las partes en el proceso abreviado.

El dato

En el fallo donde resultó condenado Santiago Ezequiel Rodríguez se mencionó que la víctima de los hechos que ese azuleño cometiera había sido informada "del acuerdo alcanzado por las partes" a través de la tramitación de este juicio abreviado.

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