4 de septiembre de 2022
Un juez de Garantías ordenó que vaya a juicio como la probable autora de ese ilícito. De acuerdo con lo investigado, a través de una publicación que le atribuyen haber realizado en Facebook en abril del año pasado, González se manifestó de manera intimidante contra dos abogadas. Una de ellas es Fernanda Ibarra, la actual secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Azul. Lo resuelto todavía no adquirió rango de firmeza.
Un juez de Garantías ordenó el procesamiento de Celestina María de los Ángeles "Marita" González, la referente de la Agrupación de Mujeres Maltratadas y Abusadas (AMMA), en el marco de una causa penal donde figura acusada de coacción, informaron voceros judiciales a EL TIEMPO.
De acuerdo con lo investigado, ese delito la azuleña lo habría cometido en perjuicio de Fernanda Ibarra, la actual Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Azul, y de otra abogada llamada Antonella Scardilli, cuando ambas desempeñaban tareas en el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, Niñas y Adolescentes.
Según se menciona en estas actuaciones penales, la referente de AMMA intimidó a las dos abogadas a través de una publicación que hiciera en Facebook.
En primera instancia, la decisión de convertir en materia de un futuro juicio a esta investigación penal fue ordenada por Juan José Suárez, el magistrado a cargo del Juzgado de Garantías 3 con asiento en los tribunales de Azul.
La causa que involucra a la principal referente de AMMA había sido instruida desde la UFI 2 por David Carballo, el fiscal que semanas atrás formulara la requisitoria de elevación a juicio de ese expediente. Un pedido que después avalara el titular de Garantías 3, rechazando en consecuencia una solicitud que desde la Defensa Oficial de la azuleña -que también se desempeña como acompañante terapéutica y actualmente tiene 48 años de edad- había sido presentado para que se dictara su sobreseimiento en esta instancia.
Intimidación por Facebook
El hecho que se le imputa a "Marita" González y es considerado configurativo del delito de coacción, se indica en también en estas actuaciones penales, sucedió el 27 de abril del año pasado.
Aquel día, "una persona de sexo femenino identificada como Celestina María de los Ángeles González amenazó a Fernanda Ibarra y a Antonella Scardilli mediante una publicación a través de la red social Facebook desde el usuario 'Azul Saenz', en la que expresó: 'Antonella y Fernanda Ibarra del servicio local de Azul... la próxima vez antes de nombrar AMMA lo van a pensar dos veces, manga de nefastas!'".
Según se señala en esa causa recientemente elevada a juicio en primera instancia, aquella intimidación para Ibarra y Scardilli fue hecha "con el propósito de que se abstuvieran de nombrar a la agrupación AMMA, en ocasión de desempeñarse laboralmente en sus cargos como letradas en el Servicio Local perteneciente a la Municipalidad de esta ciudad de Azul".
Fernanda Ibarra, actual secretaria de Gobierno de la gestión del intendente Hernán Bertellys, se convirtió posteriormente en la denunciante de aquel hecho que también tuviera como damnificada a la abogada Scardilli, quien ya no desempeña tareas en la comuna, de acuerdo con lo referido ayer por voceros del Municipio a este diario.
Ibarra había afirmado en esa presentación que hiciera que la intimidación vía Facebook que la tuvo como damnificada junto con la otra abogada estaba relacionada con un incidente sucedido en "las oficinas municipales de la Dirección de Género, Niñez y Adolescencia donde funciona el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, Niñas y Adolescentes".
En esa dependencia municipal -ubicada sobre la calle Belgrano entre Colón y Burgos- el 27 de abril del año pasado se había hecho presente González.
En el marco de un caso de abuso sexual en perjuicio de menores en el que intervenía la referida Dirección, y por el cual desde AMMA acompañaban a la madre de esos nenes, la acusada mantuvo una discusión con Scardilli e Ibarra.
Todo aquello sucedió en la previa a que -aquel mismo día mencionado- fuera efectuada en Facebook la publicación considerada intimidante y que le atribuyen a la azuleña que ahora figura procesada.
Desde la Defensa Oficial de González, al solicitar en esta primera instancia ese sobreseimiento que no prosperó, se sostenía que no existían elementos para demostrar que la cuenta en Facebook a nombre de "Azul Saenz" fuera efectivamente de la referente de la AMMA. Y en busca de que se ordenara la anulación de su procesamiento, se mencionaba también que el contenido de dicho mensaje publicado en la red social no podía asociarse a la imputación concreta de ese delito de "coacción" para González, ya que lo enunciado "no resulta ser la promesa de un mal futuro ni tiene gravedad ni seriedad".
"Es sólo eso, una manifestación equivalente a una expresión de deseos, pero que de ningún modo expresa un mal futuro", sostenía la Defensa Oficial de "Marita" González en busca de su sobreseimiento.
Pero el Juez de Garantías que elevó a juicio esta causa desestimó ese planteo. Y valorando diferentes pruebas incorporadas a lo que había sido la investigación penal, se pronunció a favor de ordenar que el sumario se convierta en materia de un futuro debate.
"Tal y como relatan los testigos de los hechos aquí investigados, entiendo que los mismos se enmarcan dentro del delito de coacción", escribió el magistrado Suárez. Y también afirmó: "Las manifestaciones efectuadas por la red social Facebook han sido precedidas por la presencia de (González) en la sede del lugar de trabajo de la denunciante, habiéndose manifestado la imputada con tono de voz alto, cuestionando el accionar de (Ibarra) y parte del personal de la Dirección de Género, Niñez y Adolescencia, donde funciona el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, Niñas y Adolescentes de la ciudad de Azul".
"Las manifestaciones referenciadas por la imputada, las cuales se ven acompañadas de intervenciones presenciales en alto tono de voz, denotan un accionar agresivo que interfiere en la libertad de acción de la denunciante y de parte del personal municipal", sostuvo también el titular de Garantías 3 para concluir que en este caso en particular, al menos en esta etapa, quedaba configurado por parte de González ese delito de coacción por el que ordenó que sea sometida a un juicio.
Lo resuelto todavía no adquirió rango de firmeza, ya que la propia González manifestó su intención de apelarlo ante la Cámara Penal departamental, según lo informado.
En caso de que su procesamiento se confirme, ese futuro debate al que se ordenó fuera sometida en esta primera instancia se desarrollará en un juzgado Correccional.
El dato
El delito de "coacción" que le imputan a "Marita" González, en este caso específico a través de los términos del segundo párrafo del artículo 149 bis del Código Penal, señala textualmente: "Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad".
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