17 de agosto de 2025
El Juez de Garantías que entiende en la causa por el asesinato de Carlos Oscar Romero ordenó esa medida cautelar para Rocío Ayelén Rodríguez. El pasado 12 de julio por la noche la víctima había sido ultimada a puñaladas en la casa donde vivía la joven acusada de este "homicidio simple".
La detención de la joven investigada por el asesinato sucedido en Villa Piazza Norte el mes pasado fue convertida en prisión preventiva, informaron a EL TIEMPO voceros allegados a lo que continúa siendo la tramitación de la causa iniciada por aquel crimen.
La imputada por ese hecho, definido a escala penal como un homicidio simple, había sido demorada junto con un hombre -que después recuperó la libertad- el mismo día de ocurrido el asesinato, que tuvo como escenario la casa donde ella se domiciliaba, situada sobre las calles Corrientes entre Industria y De las Postas.
Tras la conversión de su detención en prisión preventiva, medida ordenada en una primera instancia el miércoles que pasó por el magistrado Federico Barberena desde el Juzgado de Garantías 1, Rocío Ayelén Rodríguez -tal el nombre de la encausada, que tiene 25 años- continúa en la Unidad 52, la cárcel del Servicio Penitenciario Bonaerense con asiento en Azul.
La medida cautelar había sido ordenada por el Juez garante valorando diferentes indicios probatorios reunidos en una investigación penal por Adrián Peiretti, el fiscal a cargo de la UFI 13 que instruye esta causa.
La pena que prevé el ilícito que le atribuyen a título de autora a la joven, que va desde los ocho a los veinticinco años de prisión en caso de resultar condenada en un futuro juicio al que deberá ser sometida por este asesinato, fue valorada por el magistrado Barberena como una de las circunstancias para ordenar que siga privada de su libertad.
Tal situación, se menciona en lo decidido, "tiene la entidad suficiente para determinar la continuidad de la medida cautelar dictada, ahora convertida en prisión preventiva, atento a la presunción legal de fuga o entorpecimiento de la investigación que surge del alto monto de pena en expectativa".
A través de lo resuelto, el Juez que de manera subrogante está a cargo de Garantías 1 avaló la hipótesis de la Acusación en torno a lo sucedido en horas de la noche del pasado 12 de julio, el día en que este asesinato se produjo y tuvo como víctima a un hombre que se llamaba Carlos Oscar Romero (32), quien fuera ultimado a puñaladas en la casa donde la acusada vivía junto con sus tres pequeños hijos.
A modo de conclusión, el juez Barberena señaló: "De los medios de convicción analizados se desprenden datos suficientes y motivos bastantes que permiten sostener que la reconstrucción realizada por el Sr. Agente Fiscal en su pedido de prisión preventiva resulta acertada, ya que son indicios que por su pluralidad, univocidad, coherencia y conexidad llevan a la probabilidad positiva de que la imputada ha sido autora penalmente responsable del hecho investigado".
Tres puñaladas con una cuchilla
Tal lo que este matutino ha venido informando con relación al asesinato, Romero estaba junto con la acusada y un conocido de los dos, identificado en las actuaciones penales como Adam David Mansilla, cuando el luctuoso suceso se produjo.
Aquel sábado 12 de julio pasado, el asesinato que le siguen atribuyendo sólo a Rodríguez está situado como ocurrido "entre las 21:30 y las 22:30 horas".
Estando Romero, Mansilla y la joven imputada en la casa donde ella vivía, en un principio hubo "una confrontación". Y en esas circunstancias la víctima terminó siendo apuñalada con una cuchilla, arma blanca que después personal policial recogería en el patio delantero de la vivienda escenario de este crimen.
Si bien en un principio tanto Rodríguez como Mansilla fueron demorados por decisión del Fiscal a cargo de esta causa, quien les atribuía "un accionar conjunto" en la muerte de Romero, posteriormente el Juez de Garantías que entiende en esta causa sólo le asignó una conducta homicida en lo ocurrido a la joven que sigue encarcelada.
Aquella decisión implicó que Mansilla recuperara la libertad y que la aprehensión de la acusada fuera convertida en detención el mes anterior, la medida cautelar que este miércoles que pasó se tradujo en el dictado de su prisión preventiva en esta primera instancia.
Cuando la Policía fue alertada sobre lo sucedido y se hizo presente en la casa de Villa Piazza Norte convertida en escenario del hecho, al llegar los efectivos de seguridad encontraron sin vida a Romero.
La autopsia determinó que había recibido tres puñaladas. Mientras que dos de esas heridas estuvieron localizadas en su brazo y en su pierna izquierdos, la lesión considerada vital -provocada también con "una cuchilla tipo carnicero con mango plástico blanco con tres remaches"- fue la que presentaba a la altura de su tórax y atravesó "parrilla costal, pulmón, pericardio y aorta", causándole su deceso "por shock hipovolémico agudo por sección aórtica".
Indicios probatorios
En lo decidido el pasado miércoles se continúan valorando para la imputada varios de los indicios probatorios que también habían sido considerados el mes anterior, cuando fuera ordenada su detención como la única responsable de este asesinato.
En ese contexto se ubican las versiones de dos testigos que aquel 12 de julio por la noche pasaban circunstancialmente por la casa donde estaban Rodríguez, Mansilla y Romero y escucharon gritos provenientes del interior de ese inmueble, situación que derivó en que ambos dieran aviso a familiares suyos para que llamaran a la Policía, con el objetivo de que efectivos de seguridad asistieran a la vivienda en la que la víctima fue ultimada a cuchilladas.
Esas personas fueron quienes también oyeron que Mansilla le recriminaba a Rodríguez por lo que había hecho. Además, en medio de aquella escena la acusada fue vista salir de la casa con sus hijos para pedirle a una mujer que se los llevara.
"Este indicio es relevante en sentido cargoso respecto de Rodríguez, en tanto escuchan (los mencionados testigos) cómo le recriminaba Mansilla respecto de algo que había realizado, lo que dado el contexto se interpreta como el acometimiento respecto de la víctima", señaló el Juez de Garantías para ordenar la prisión preventiva de la acusada del asesinato.
En aquellas mismas circunstancias, más versiones de personas que declararon en la causa lo ubican a Mansilla saliendo de la casa donde su amigo había sido apuñalado para pedir ayuda, refiriendo textualmente: "Se me muere Carlitos".
Un mensaje que la acusada le envió por WhatsApp a una familiar suya, diciéndole que fuera a su casa por sus hijos porque "había matado a uno", continúa siendo otro indicio que la ubica como la autora del crimen. Y más mensajes que envió la imputada, mencionados ahora en lo resuelto, reforzarían la hipótesis que fue quien apuñaló a Romero.
Ese sábado en que este asesinato se produjo policías habían encontrado a Rodríguez en la calle. En aquel entonces la joven presentaba manchas de sangre en la campera que tenía puesta. Al parecer, compatibles con el accionar de haber apuñalado a la víctima.
Mansilla también tenía manchas de sangre en sus ropas cuando, al igual que la imputada, fue demorado; aunque se presume que eso obedeció a su intención de auxiliar a su amigo Romero no bien fuera ultimado a puñaladas.
No bien personal policial la encontró en cercanías a su casa, que Rodríguez no haya podido explicar lo sucedido continúa siendo una circunstancia que la involucra en el asesinato. También, que "a pesar de poseer teléfono celular, con el cual mantuvo comunicaciones en momentos posteriores al hecho, no solicitó presencia policial ni servicio médico, siendo un claro indicio de su participación en el hecho", afirmó el Juez que le dictó la prisión preventiva.
El dato
Versiones de testigos indicaban que era habitual que en la casa donde Rodríguez vivía desde el verano pasado se juntaran varias personas a consumir alcohol. Una vez demorada, al hacerle una extracción sanguínea se constató que la joven tenía "un total de 0,66 g/l de alcohol etílico en sangre". Y el examen toxicológico al que también fuera sometida reveló "resultado positivo para marihuana".
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