4 de julio de 2025

LUEGO DE QUE FIRMARA UN JUICIO ABREVIADO

LUEGO DE QUE FIRMARA UN JUICIO ABREVIADO . Un hombre fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por un caso de abuso sexual

Junto con la pena de prisión en suspenso, en el mismo proceso un juez le impuso al encausado varias pautas de conducta. Entre ellas, la absoluta prohibición de mantener contacto con la víctima. Esa joven había denunciado en 2021 que el imputado -un azuleño que ahora tiene 33 años- abusó de ella mediante tocamientos, a través de diferentes situaciones que, según quedó demostrado, ocurrieron desde 2013 a 2015, época para la cual ella tenía entre nueve y once años de edad.

Una pena de tres años de prisión de ejecución condicional le había sido dictada a un azuleño que firmó un juicio abreviado, proceso que se tradujo en que resultara condenado por un caso de abuso sexual en perjuicio de una joven sucedido en el marco de varios hechos que se remontan a cuando la víctima era menor de edad.

En lo señalado en este fallo de primera instancia el encausado fue identificado como Leonardo Javier Agüero, actualmente de 33 años de edad.

El proceso que derivó en la imposición de ese veredicto condenatorio para el acusado se había tramitado semanas atrás ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 con asiento en el primer piso del Palacio de Justicia de Azul, según lo que fuera informado a EL TIEMPO por voceros judiciales.

De manera unipersonal intervino en ese juicio abreviado el magistrado Martín Céspedes, quien contando con lo convenido entre el fiscal David Carballo y la defensora Oficial Adriana Hernández le dictó al encausado la referida pena de prisión en suspenso.

Considerando el tipo de sanción que recibiera el azuleño declarado autor de este caso de abuso sexual, el Juez del TOC 1 -dando lugar a otra de las peticiones de las partes- le fijó también diferentes pautas de conducta que debe cumplir por el mismo lapso de tiempo que el de la pena dictada.

De esa manera, y para que no le sea revocada la condicionalidad de la sanción, el encausado está obligado a "fijar residencia, someterse al cuidado del Patronato de Liberados de Azul" y le fue impuesta "la prohibición absoluta de tener todo tipo de contacto con la víctima".

Sobre la base de las características de los hechos que -según quedara probado- Leonardo Javier Agüero cometiera, a título penal fue declarado autor de un abuso agravado, se menciona en lo resuelto.

"No pudiéndose imponer una pena superior a la solicitada por el Fiscal, de acuerdo a lo establecido por el artículo 399 del Código Procesal Penal -una de las normas vinculadas con lo estipulado para las tramitaciones de juicios abreviados- corresponde condenar a Leonardo Javier Agüero a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y costas del proceso", escribió el juez Martín Céspedes en lo decidido. Y refirió en el fallo que, como hasta el momento el encausado no registra antecedentes penales computables, "corresponde -también en base a lo pactado entre las partes- aplicarle penas no privativas de la libertad". La situación que, al mismo tiempo, se tradujo en el dictado de las ya mencionadas pautas de conducta.

Como agravantes a la sanción para el declarado autor de este caso de abuso sexual el magistrado del TOC 1 valoró dos circunstancias: "la corta edad" que tenía la víctima al momento de sufrir los hechos y "la reiteración" de aquellas situaciones de abuso a las que fuera sometida siendo una nena.

Lo que se dio por probado

En lo resuelto se señala que los hechos que padeció la víctima, actualmente mayor de edad, datan como ocurridos en un inmueble de Azul -que ya no existe porque fue demolido- desde 2013 a 2015, lapso de tiempo durante el cual ella tenía entre nueve y once años de edad.

Sin que ninguna de las situaciones que esa joven sufrió hayan implicado que Agüero la accediera carnalmente, en el fallo se menciona que los abusos consistieron en que el condenado en esta primera instancia le efectuara "en reiteradas oportunidades" a la por entonces menor de edad diferentes "tocamientos impúdicos" en su cuerpo con claras intenciones de índole sexual.

Aprovechando que en esa época en que están situados estos episodios el encausado tenía una relación de cercanía con la víctima, en ese contexto cometía los abusos.

A través de lo que la propia víctima refiriera -una vez que este caso se judicializara en el año 2021- su testimonio sirvió para conocer que el azuleño condenado en este proceso abreviado solía jugar "de manos" con ella, "hacerle cosquillas" y que en esas circunstancias tocaba diferentes partes de su cuerpo.

Más situaciones narradas por la denunciante lo ubicaban al encausado tocándola también una vez que la arrojó sobre una cama y se tiró encima de ella. Y en otra oportunidad la víctima refirió que el condenado en este juicio abreviado lo llamó cuando él estaba en el baño, para que lo viera desnudo.

Durante aquella situación, en el fallo se señala que Agüero también la amenazó, al expresarle textualmente que si contaba algo "se armaba alto bardo".

Dos años más tarde a sucedido estos hechos, siendo todavía menor la víctima se animó a contarles de dichas situaciones que padeció a sus familiares.

Tiempo después su versión se convirtió en materia de una denuncia. La presentación que semanas atrás derivó en el dictado de la referida condena a tres años de prisión en suspenso al hombre que en este juicio abreviado fue declarado autor de los referidos episodios de abuso sexual en perjuicio de ella cuando era menor de edad.

"La versión brindada por la víctima me resulta absolutamente sólida y creíble, razón por la cual le otorgo plena credibilidad y valor", señaló también en lo resuelto el Juez del TOC 1.

Además, el testimonio de la joven dando cuenta de estos abusos estuvo sostenido por versiones de testigos que declararon durante lo que había sido la instrucción de este sumario penal, quienes con sus dichos avalaron lo que ella denunciara. También, en el resultado de una pericia psicológica, dictamen a través del cual una especialista que se entrevistó con ella concluyó que presentaba síntomas compatibles con situaciones de victimización vinculadas a los hechos de abuso sexual que afirmó haber sufrido por parte del hombre condenado en este proceso.

"De sus dichos surge que Agüero tenía en esos momentos una situación de dominio sobre (la víctima)", que "se aprovechó de la misma" y que para concretar los abusos "violó los deberes naturales o legales de cuidado y protección que debía observar", se menciona en uno de los párrafos del fallo de ese juicio abreviado que firmara.

El dato

Como siempre sucede en estos casos y se refiere también en lo resuelto, de quedar firme en todos sus términos este fallo de primera instancia con veredicto condenatorio para Leonardo Javier Agüero se le tomarán a ese hombre muestras biológicas, para que figure inscripto en el Registro Nacional de personas que son condenadas por delitos contra la integridad sexual.


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