FALLO DE UN JUICIO ORAL
Ambas víctimas eran menores de edad cuando esos hechos, según quedara probado, sucedieron años atrás en una vivienda de Azul y en un campo donde el encausado trabajaba. "Abuso sexual simple agravado por el vínculo reiterado, en concurso real" es el delito por el que el imputado, oriundo de Ayacucho y de sesenta años de edad, fue sentenciado a la pena ya referida. Actualmente se encuentra en libertad.
31 de diciembre de 2022
Cuatro años y seis meses de prisión fue la pena que, a modo de condena, un juez le impuso a un hombre que había sido sometido a un juicio oral en un tribunal local, proceso donde quedó demostrado que abusó sexualmente de dos de sus hijas en el marco de diferentes hechos ocurridos cuando ambas eran menores de edad.
Voceros judiciales no revelaron la identidad del encausado para proteger las de sus hijas biológicas y víctimas de estos hechos, que de acuerdo con lo referido en la resolución sucedieron en una casa de esta ciudad y en un establecimiento rural situado en jurisdicción del Partido de Azul durante los años 2013 y 2017.
Del ahora condenado en esta primera instancia las mismas fuentes señalaron que se trata de un trabajador rural oriundo de Ayacucho que actualmente tiene 60 años de edad.
El fallo con veredicto condenatorio para ese hombre se había anunciado el martes que pasó, luego de lo que fuera la realización de este juicio que tuvo como escenario el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul y la intervención en el proceso, de manera unipersonal, del magistrado Joaquín Duba.
A través de lo resuelto, el trabajador rural fue declarado autor del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo reiterado, en concurso real.
El encausado había llegado en libertad a este juicio oral donde fue patrocinado, en su carácter de defensor Particular, por el abogado Pedro De Luca.
Hasta el momento, esa situación para el ayacuchense no se ha modificado; más allá de que durante su alegato Adrián Peiretti -el representante del Ministerio Público Fiscal- junto con la condena para el imputado por estos hechos de abuso sexual en perjuicio de dos de sus hijas había solicitado que se hiciera efectiva su detención.
Pero el Juez que intervino en este debate no dio lugar al dictado de la medida de coerción pretendida para el encausado, lo cual fundamentó en que este fallo aún no adquirió rango de firmeza y en que el ahora condenado en esta instancia no ha evidenciado hasta el momento "un aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso".
Además, Duba sostuvo en lo resuelto que la pena que le dictara al imputado "no renueva el peligro procesal en esta instancia" y que desde que fuera denunciado por estos hechos ha mostrado un "estricto sometimiento al proceso".
Mientras este fallo no quede firme y permanezca en libertad, el hombre deberá cumplir diferentes obligaciones que también le impuso el Juez que intervino en este proceso.
Las mismas incluyen que tiene que presentarse en el TOC 1 siempre que sea llamado, ocasiones durante las cuales deberá informar cuál es su domicilio, del cual -además- no puede ausentarse por más de veinticuatro horas "sin conocimiento ni autorización previa". También está obligado a denunciar circunstancias excepcionales que lo obliguen a no estar en su lugar de residencia habitual por más de veinticuatro horas; "constituir domicilio especial dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires" y "presentarse el primer lunes de cada mes en la Comisaría Primera de Azul".
Sus hijas, las víctimas
Tal lo ya referido, dos de las hijas del hombre condenado en este juicio oral se convirtieron años atrás en las víctimas de estos episodios de abuso sexual, sucedidos cuando ambas eran menores de edad.
Uno de esos hechos, en perjuicio de una de las chicas, fue situado como sucedido durante el año 2013 en el interior de una vivienda ubicada en esta ciudad, inmueble donde el encausado se domiciliaba con su grupo familiar.
Para aquel entonces la víctima tenía nueve años. Y su papá abusó de ella "mediante tocamientos en sus pechos y vagina", según se refiere en el fallo.
Esa misma chica, pero ya en el año 2017, volvió a convertirse en víctima de más abusos de similares características a los referidos. Aquellos hechos se produjeron en un establecimiento rural ubicado en el Partido de Azul donde el ahora condenado trabajaba, lo cual sucedió "en al menos dos oportunidades", cuando la por entonces menor había ido a visitarlo.
En ese establecimiento rural -también durante 2017- el encausado reiteró esa misma conducta delictiva con otra de sus hijas, lo cual sucedió una vez que esa menor había ido a visitarlo, oportunidad durante la cual abusó sexualmente de ella "mediante tocamiento en los glúteos".
Entre las pruebas valoradas para condenar al acusado en este debate se tuvieron en cuenta los testimonios que las víctimas brindaron en Cámara Gesell, una vez que se iniciara esta investigación penal a través de la denuncia que contra su papá formulara, al enterarse de lo que había pasado, una hermana mayor de ambas chicas.
"El testimonio de las víctimas, testigos únicos de los hechos, característica común a este tipo de sucesos que ocurren y se desarrollan en la intimidad y rara vez existen testigos ajenos a los protagonistas, me resultaron plenamente creíbles", escribió al respecto el juez Duba en el fallo.
El dato
Como una agravante potenciadora de la pena dictada al imputado, el Juez que intervino en este debate valoró para ese hombre "la vulnerabilidad de las víctimas". Dicha circunstancia la fundamentó en las edades que tenían ambas cuando fueron abusadas por su padre biológico y en "la intimidación" que ese hombre ejercía sobre ellas para someterlas sexualmente mediante esos tocamientos que les efectuaba.
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