29 de julio de 2021

PAIS

PAIS. Anses aclaró requisitos que deben cumplir las mujeres sin aportes y con hijos para jubilarse

Podrán sumar de uno a tres años de servicios computables para su jubilación por cada hijo, según la resolución 154/2021 publicada hoy.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) emitió una serie de disposiciones complementarias y aclaratorias que deben cumplir las mujeres sin aportes y con hijos para jubilarse.

Ante las dudas sobre la aplicación de la sumatoria de aportes jubilatorios para las amas de casa por cada uno de sus hijos, el organismo que lidera Fernanda Raverta emitió la resolución 154/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial, donde estableció los requisitos y tramitaciones que se deberán cumplir las mujeres para poder sumar de uno a tres años de servicios computables para su jubilación por cada hijo, tal como dispuso el Decreto 475/21 oficializado el 19 de julio.

Con esta norma se permitirá a las mujeres y/o personas gestantes alcanzar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), que consistirá en la acreditación de un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida, que se podrá extender hasta dos años en determinados casos, como niños adoptados o hijos con discapacidad.

Dentro de las aclaraciones dispuestas por el organismo en la resolución se precisó que "con el objeto de computar los años de servicios, se tendrá en cuenta cada hijo y/o hija cuyo nacimiento y discapacidad, de corresponder, se encuentre registrado en las bases de la ANSeS y vinculado a la persona que solicita el beneficio, en virtud de la documentación que el Organismo disponga a tales efectos".

Asimismo, aclaró el organismo que "en caso que dicha información no surja de los registros obrantes en la ANSeS, la persona solicitante deberá presentar la prueba documental pertinente para la acreditación del hijo y/o de la hija".

Para eso deberá presentar el Certificado Único de Discapacidad, el Certificado de Discapacidad emitido por los organismos provinciales competentes en la materia, la constancia que acredite haber registrado derecho a percibir la Asignación por Hijo con Discapacidad y la constancia que acredite el derecho a una Pensión No Contributiva por Invalidez.

En cuanto al cómputo de servicios por la Asignación Universal por Hijo (AUH), la administración dispuso que "entiéndase por persona que haya accedido a la AUH para Protección Social, a la mujer y/o persona gestante a la que se le haya liquidado y/o puesto al pago la mencionada Asignación, por el niño o la niña por quien se ha computado el año o los años adicionales de servicios, independientemente del estado de rendición de la liquidación; a excepción de aquellos períodos de liquidación de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que hayan sido suspendidos".

Se aclaró en la normativa que este cómputo "no tendrá efecto alguno como incremento o bonificación de los haberes jubilatorios" y se precisó que "será considerado con los extremos del régimen general, sólo a los fines de alcanzar el mínimo de años de servicios requeridos para la obtención del beneficio jubilatorio".

Respecto a la acreditación del período de licencia por maternidad y/o estado de excedencia, la Anses dispuso que "considerará la información que surja inequívocamente de las Declaraciones Juradas remitidas por los empleadores y las empleadoras que se visualizan en el sistema informático SIPA que administra este Organismo".

Pero en el caso que dicha información no se encuentre en esa plataforma, "se considerará válido el período de licencia por maternidad o estado excedencia consignado en la Certificación de Servicios", siempre que la fecha de nacimiento del hijo o de la hija de la mujer y/o persona gestante hubiera ocurrido dentro del período "inmediatamente anterior al de licencia por maternidad o durante el goce de la misma".

No obstante, se apuntó en la normativa que los períodos de licencia "sólo podrán ser computados en tanto los servicios anteriores trabajados para el mismo empleador que las otorgó se encuentren probados y acreditados por la Anses".

Según se explicó para los trámites de Retiro Transitorio por Invalidez y Pensión Directa por Fallecimiento, cuando la solicitante o causante, respectivamente, sea mujer y/o persona gestante, el estado de excedencia sólo podrá computarse a fin de acreditar el mínimo de años de servicios exigido para acceder a la jubilación ordinaria o el 50% del mismo, para cumplir con la condición de Aportante Regular o Irregular con Derecho según corresponda".

Con esta iniciativa se busca que mujeres que alcanzaron los 60 años de edad y no completaron los 30 años de aportes puedan jubilarse al reconocerles el trabajo de cuidar a sus hijos. De acuerdo a las estimaciones de la Anses, cerca de 155 mil mujeres podrían jubilarse a partir de este decreto. (DIB) FD

SOBRE LA RUTA NACIONAL N° 3

SOBRE LA RUTA NACIONAL N° 3 . Solicitan al Ejecutivo que gestione la construcción de un puente peatonal para las escuelas 27 y 12

La iniciativa surgió en 2023 desde el Concejo Estudiantil, propuesta por alumnos de uno de los establecimientos afectados por la problemática del tránsito en ese sector del distrito. En una Resolución generada por alumnos se remarcó "la situación de constante riesgo en la que se encuentran las personas durante el ingreso y egreso a los establecimientos educativos". Más de dos años después, desde el Deliberante se despachó el proyecto.

25 de marzo de 2026

LA REFORMA AL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL LA REFORMA AL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL

LA REFORMA AL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL. Se busca un sistema "más ágil, acorde a estos tiempos y garantizando el derecho de defensa"

Así lo confirmó Roberto Dávila, subsecretario Legal y Técnico del Municipio de Azul. Se propone actualizar una normativa vigente desde 1980, incorporar nuevas faltas y modernizar el sistema de sanciones. Entre las posibles innovaciones que comenzaron a ser analizadas, se evalúa incorporar sanciones alternativas a las multas económicas, como trabajos comunitarios o instancias de capacitación. Otro de los temas a debatir será la responsabilidad de menores y el rol de sus responsables legales.

25 de marzo de 2026

Un aniversario muy significativo
A 50 AÑOS DEL GOLPE DE ESTADO DEL 24 DE MARZO DE 1976

Un aniversario muy significativo

24 de marzo de 2026

Cuando el deporte infantil deja de ser un juego
POR JOSÉ MICHILINI

Cuando el deporte infantil deja de ser un juego

23 de marzo de 2026

Un magistrado local dirige un laboratorio europeo
PROPONE EXPLORAR LAS EXPERIENCIAS JURÍDICAS DE TONO CUÁNTICO

Un magistrado local dirige un laboratorio europeo

23 de marzo de 2026