FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Condenado por la tenencia y difusión en redes sociales de videos de abuso sexual infantil

Cuatro años de prisión fue la pena que recibió un hombre que en un juicio abreviado fue declarado autor de la tenencia y difusión en redes sociales de material donde aparecen menores de edad siendo víctimas de abuso sexual.

20 de marzo de 2024

Fuentes judiciales identificaron al condenado en esta primera instancia como Daniel Elián Mehring, oriundo de Benito Juárez y actualmente de 31 años de edad.

"Distribución y/o facilitación de representaciones de 13 y 18 años de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales" y "tenencia con fines inequívocos de distribución de representaciones de menores de 13 años dedicados a actividades sexuales explícitas y/o representaciones de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales" -ilícitos que cometiera en su totalidad en "concurso real entre sí" durante el transcurso del año 2020- fueron los hechos que derivaron en la imposición de la referida sanción para el encausado, oriundo de Benito Juárez y actualmente en libertad.

Desde el Tribunal Oral en lo Criminal 2 con sede en el Palacio de Justicia de Azul se había tramitado el juicio abreviado donde Mehring, contando con lo que fuera el acuerdo para la realización de ese proceso, recibió el mismo monto de pena que las partes pactaran.

El fiscal Lucas Moyano y el abogado Francisco Labriola, defensor Particular del encausado, intervinieron en este juicio.

La magistrada Alejandra Raverta le impuso la referida condena al imputado a través de un fallo que, de adquirir rango de firmeza, implicará que Mehring deba cumplir dicha sanción privado de la libertad. Y considerando también lo acordado por Fiscal y Defensor Particular, sólo valoró para el hombre oriundo de Benito Juárez una circunstancia de tipo atenuante: que al menos hasta el momento no registra antecedentes penales computables.

Voceros judiciales señalaron a EL TIEMPO que este fallo de primera instancia había sido apelado desde la Defensa Particular del encausado ante el Tribunal de Casación Penal provincial, por lo que todavía lo resuelto no tiene rango de firmeza.

Videos con niños y adolescentes

Durante 2020, uno de los hechos que Daniel Elián Mehring cometió data del 29 de agosto, cuando pudo constatarse que a través de Facebook "distribuyó y/o facilitó" por medio de un mensaje privado "dos videos de contenido pornográfico infantil, en los cuales puede observarse a una menor de 13 años mostrando sus partes genitales con fines predominantemente sexuales en cada uno de ellos".

El 27 de noviembre de aquel mismo año, en el marco de la investigación penal que se llevaba adelante, policías allanaron el domicilio en Benito Juárez del hombre condenado en este proceso abreviado.

Esa diligencia sirvió para incautar, entre otros elementos, un teléfono celular que después, al ser analizado, se constató que contenía "varias imágenes de contenido pornográfico infantil".

Dicho material tenía como víctimas de abuso a "menores de 13 años mostrando sus partes genitales con fines predominantemente sexuales y/o en actividades sexuales explícitas". Y el encausado lo poseía con fines de distribución en redes sociales, se mencionó también en lo resuelto a través de este juicio abreviado.

Aquel mismo día, Mehring había difundido desde su perfil en Facebook a otro usuario tres videos de contenido pornográfico infantil, otro de los hechos por los que resultó condenado. Y un día antes, también desde la referida red social, había hecho lo mismo, al remitirle por "Messenger" a otro usuario un video "en el cual puede observarse a una menor de 13 años mostrando sus partes genitales con fines predominantemente sexuales", se menciona en lo resuelto.

Además, el ya mencionado 27 de noviembre de 2020 el ahora condenado en esta primera instancia, también por Facebook, le envió a otro usuario -mediante mensaje privado- "dos videos de contenido pornográfico infantil" donde las víctimas de abusos de índole sexual eran también menores de 13 años.

"La finalidad inequívoca de distribución de las mencionadas representaciones de material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes halladas en poder de Mehring surge de su cúmulo y de los hechos precedentes de distribución imputados, lo que permite presumir dicha ultraintención exigida por la norma por parte del causante", concluyó la jueza Raverta para imponerle esos cuatro años de prisión al investigado.


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