27 de octubre de 2021

FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL. Condenas para los considerados responsables de las muertes de dos adolescentes en Benito Juárez

Una armadura compuesta por vigas de hierro que era transportada en un camión volcador había impactado contra las víctimas, hecho que se produjo sobre la Ruta 86 el 9 de enero de 2017 y derivó después en los decesos de ambos menores, que tenían 17 años y aquel día habían ido a pescar. Por los homicidios culposos de esos chicos, el hombre que guiaba el rodado de carga fue condenado ayer a cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitado por una década para conducir vehículos automotores. El joven que iba como acompañante en el camión cuando este luctuoso suceso se produjo fue declarado autor del delito de "encubrimiento" y sentenciado a tres años de prisión en suspenso.

Los acusados de haber intervenido en un siniestro vial sucedido en enero de 2017 y que después convirtió en víctimas fatales a dos adolescentes que vivían en Benito Juárez fueron condenados.

Las penas dictadas en esta primera instancia por Héctor Torrens, el magistrado a cargo del Juzgado Correccional 2 con asiento en los tribunales de Azul, a los procesados por aquel hecho fueron las mismas que dos fiscales habían solicitado el pasado martes 12 del corriente mes, cuando las partes anunciaron sus respectivos alegatos en este debate que finalizó ayer.

De esa manera, por las muertes de "Los Agustines", dos menores que tenían 17 años de edad, un contratista identificado como Guillermo Jesús Alzugaray Vila fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión.

Oriundo de Benito Juárez y de 33 años de edad, conducía el camión involucrado en el hecho convertido desde semana atrás en materia de este juicio oral donde también le fue impuesta otra sanción: diez años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores.

De acuerdo con lo que quedara demostrado en ese proceso, Alzugaray Vila fue declarado autor del delito de homicidio culposo doblemente agravado por la pluralidad de víctimas mortales -dos personas- y por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor por lo que había sido este hecho, ocurrido en las primeras horas del 9 de enero de 2017 sobre la Ruta Provincial 86, en jurisdicción del Partido de Benito Juárez.

El coimputado que tuvo esta investigación penal -llevada adelante por Laura Margaretic, quien representó al Ministerio Público Fiscal en este juicio oral junto con su colega David Carballo, el actual titular de la UFI 2 con asiento en los tribunales de Azul- es un bombero voluntario y empleado de la construcción llamado Mariano Fiorentino.

De 29 años de edad, también es oriundo de Benito Juárez. Y el día de sucedido este hecho -que inmediatamente le produjo la muerte a un adolescente que se llamaba Agustín Bustos y el 16 de agosto de aquel año 2017 a la otra víctima, identificada como Agustín Rodríguez- viajaba como acompañante en el camión que conducía Alzugaray Vila.

En el caso de Fiorentino, la imputación para él en lo ocurrido quedó definida a través de un encubrimiento, el delito por el que ayer el Juez Correccional que intervino en este debate lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional.

Además, por el mismo plazo que dura esa sanción le fueron fijadas al joven las obligaciones de "someterse a una residencia controlada bajo el cuidado del Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires" y de "realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo, cuya carga horaria y modalidad a controlar por el citado Patronato se decidirá cuando este pronunciamiento quede consentido o confirmado, sin perjuicio de eventuales modificaciones", según puede leerse en el fallo.

"Estimo apropiado imponerles a los acusados las mismas penas y modalidades de cumplimiento que han sido requeridas por la representación del Ministerio Público Fiscal en su alegato", escribió el juez Torrens en lo resuelto ayer.

Dos chicos que fueron a pescar

Agustín Nicolás Bustos y Agustín Alberto Rodríguez se habían puesto de acuerdo para ir a pescar en sendas bicicletas cuando se convirtieron en las víctimas del hecho que ayer derivó en las condenas para los dos acusados.

El juez Torrens escribió en el fallo que "en horario de la madrugada del 9 de enero del año 2017 Guillermo Jesús Alzugaray Vila, quien conducía el camión Ford, modelo F 7000, dominio colocado WVB-355, por la Ruta Provincial 86 en dirección desde Benito Juárez hacia Laprida transportando en la caja volcadora -de manera antirreglamentaria- una armadura compuesta por cuatro barras de hierro aletado separados entre sí, y sostenidas por estribos rectangulares de hierro de menor diámetro, cuyos hierros que la componen son tres de 6 Mm de espesor y uno de 8 Mm, la cual no estaba debidamente sujeta y sobresalía en más de un metro desde la parte superior de la caja", se convirtió en el principal responsable de lo que sucedió con "Los Agustines".

El magistrado situó a lo sucedido aquel día, cuando faltaban algunos minutos para la hora cinco, a la altura del Kilómetro 155 de la mencionada ruta provincial, sector donde -cuando era acompañado por Fiorentino- con el rodado de carga que guiaba Alzugaray "no advirtió a tiempo la presencia de los menores Agustín Nicolás Bustos y Agustín Alberto Rodríguez, quienes habían llegado al lugar a bordo de sus respectivas bicicletas y descendido de las mismas, encontrándose parados sobre la banquina, golpeando a los mismos con el saliente de la estructura armada de hierro que transportaba, provocando su proyección e impacto contra el asfalto, produciéndoles lesiones de tal entidad que provocaron sus respectivos fallecimientos".

"Tras ello -continuó señalando en el fallo el Juez al referirse a lo sucedido-, el conductor del camión y/o su acompañante, Mariano Fiorentino, desplazaron a las víctimas desde el asfalto hacia la banquina, alterando así la escena del hecho y sus rastros".

"Asimismo el acompañante, Mariano Fiorentino, pese a ser testigo de todo lo acontecido y/o partícipe en la maniobra de desplazamiento de los cuerpos, negó dicha circunstancia a la instrucción, alterando la escena del hecho y sus rastros, con clara intención de impedir el esclarecimiento del ilícito y lograr su impunidad", la situación que a escala penal se tradujo ayer en que resultara condenado como autor del ya mencionado delito de encubrimiento, tal como era pretendido desde la Acusación.

Aquel día en que este hecho se produjo, posteriormente ambos menores fueron trasladados al Hospital "Eva Perón" de Benito Juárez.

En ese centro asistencial falleció horas después Agustín Bustos. Y en el caso de su amigo, Agustín Rodríguez, desde que se convirtiera también en víctima de este siniestro vial ingresó en estado de coma.

La gravedad de las lesiones que sufriera derivó en su muerte el 16 de agosto de aquel mismo año 2017. En ese entonces, el adolescente permanecía internado en el Hospital Penna de la ciudad de Bahía Blanca.

Según testigos declararon en el juicio, no bien los imputados detuvieron la marcha del camión en el que se trasladaban, cuando se entrevistaron con otras personas -que aquel 9 de enero de 2017 también pararon en la Ruta 86 para auxiliar a los menores- ambos afirmaron que los encontraron así a los dos: tirados y gravemente lesionados.

Recién en diciembre de 2017 los dos encausados condenados ayer en este juicio quedarían formalmente acusados por ese hecho que derivó en las muertes de los menores, oportunidad en la cual desde la Fiscalía donde se llevó adelante esta Investigación Penal Preparatoria fueron citados a indagatoria en los tribunales de Azul.

Los dos acusados habían declarado

En este juicio oral donde resultaron condenados, tanto Guillermo Alzugaray como Mariano Fiorentino habían declarado. Y en su alegato, formulado posteriormente a que ambos se refirieran a lo ocurrido, el abogado tandilense Jorge Dames solicitó las absoluciones de sus representados, por lo que seguramente ese fallo anunciado ayer será apelado ante la Cámara Penal departamental.

Desde el punto de vista del Defensor Particular de Alzugaray y Fiorentino, no se había acreditado la comisión de los hechos sostenida desde la Acusación y que, en esta primera instancia, fue avalada por el Juez que intervino en este proceso.

"En el caso sometido a juzgamiento, el riesgo está permitido dentro de los límites establecidos en las normas que reglamentan el tránsito por la vía pública, quedando así conformado el especial deber de cuidado al que debió ajustar su conducta quien asumió la conducción de un vehículo automotor de gran porte, sin contar con licencia de clase habilitante para esa unidad y transportando en condiciones no seguras una estructura de hierros que sobresalía de la carrocería", escribió el juez Héctor Torrens en el fallo con relación al accionar del hombre que manejaba el rodado de carga implicado en lo ocurrido.


Las madres de "Los Agustines", cuando reclamaban en un acampe por el esclarecimiento de las muertes de sus hijos. ARCHIVO/EL FÉNIX DE BENITO JUÁREZ

"Esa inobservancia -agregó el magistrado- de los reglamentos o normas generales de regulación del tránsito determina un accionar imprudente y una elevación del riesgo permitido, convirtiéndose -sólo en el caso de Alzugaray- en una infracción al deber de cuidado que tenía a su cargo y en causal eficiente de producción de las lesiones de tal gravedad que determinaron los fallecimientos de Agustín Nicolás Bustos y Agustín Alberto Rodriguez, siendo por tanto merecedor de reproche penal, a título de culpa, como autor responsable en la comisión de la materialidad que he tenido por demostrada".

En otro tramo del fallo Torrens aclaró: "Corresponde hacer constar que ha quedado debidamente establecido que las propias víctimas, menores de edad, se hallaban ubicadas en un sitio peligroso frente a la circulación de vehículos por la ruta. Es evidente que esa circunstancia también obró como causal concurrente en la producción del hecho -en el cual ambos perdieron nada menos que su bien más valioso, la vida, en plena adolescencia- pero queda en claro, sobre la base de lo que he tenido por demostrado en relación con el obrar del acusado Alzugaray, que ella no desplaza ni elimina ni excluye la culpa de este".

"En cuanto a Mariano Fiorentino, queda en claro que debe responder como autor a título de dolo en el marco del accionar ilícito que le ha sido atribuido por la parte acusadora, no mereciendo el nombrado -dada su condición de acompañante en el camión donde transitaba- ningún reproche penal por un delito contra la vida. En cambio, su accionar sí ha afectado a la Administración Pública", sostuvo también el titular del Juzgado Correccional 2 con relación al joven declarado autor del delito de encubrimiento en el marco de este mismo hecho.

Para el conductor del camión y su acompañante, como una atenuante, se tuvo en cuenta en ese fallo donde ambos resultaron condenados "la ausencia de antecedentes penales computables" que registraban. Y sólo para Fiorentino, señaló el juez Torrens en el fallo, "la circunstancia de haber prestado asistencia a las víctimas, en la medida de sus posibilidades, frente a cuadros tan graves".

Con relación a las agravantes, el titular del Juzgado Correccional 2 valoró para Alzugaray Vila "no tener licencia habilitante en la categoría correspondiente para conducir ese tipo de camión y la gran extensión del daño causado en función de la corta edad de las víctimas, adolescentes que tenían toda su vida por delante".

Para el otro coimputado, el magistrado hizo alusión -como una circunstancia agravante a la condena que le impuso- al "inmenso daño que acarreó su silencio a la investigación y, en especial, a las familias de las víctimas, doblemente afectadas por el dolor propio de la tragedia sufrida y la incertidumbre de no saber qué había ocurrido con ellos".

EL DATO

De quedar firme en todos sus términos esta resolución, Guillermo Jesús Alzugaray Vila deberá ir a la cárcel. Distinta es la situación de Mariano Fiorentino, ya que la pena de prisión que le fuera impuesta no es de efectivo cumplimiento, decisión que estuvo amparada -sobre la base del tipo de delito que cometiera- en "sus circunstancias personales y la ausencia de antecedentes penales computables", señaló el titular del Juzgado Correccional 2 que se pronunció a favor del dictado de un veredicto condenatorio para ambos encausados.

Un caso complejo que se pudo esclarecer


Laura Margaretic. Junto a David Carballo, la funcionaria judicial representó al Ministerio Público Fiscal en este debate. También había sido quien tuvo a su cargo la instrucción de la causa. NACHO CORREA

Por Fabián Sotes De la Redacción de EL TIEMPO

A más de cuatro años de ocurrido este luctuoso suceso, desde la Justicia ahora se ha podido arribar a una primera conclusión con relación a lo ocurrido con esos dos adolescentes que habían ido a pescar y, de un momento para el otro, fueron hallados gravemente heridos en la ruta, con lesiones que después derivaron en sus respectivos decesos.

Desde un principio esta investigación penal planteó diferentes interrogantes y se evidenciaba extremadamente compleja.

Pero aquella trama, que parecía no tener una respuesta favorable para los familiares de las víctimas, pudo ir orientándose a lo largo de varios meses hasta que, finalmente, se descubrió qué había pasado con "Los Agustines".

En eso tuvieron mucho que ver, primero, la fiscal Laura Margaretic y, después, el también fiscal David Carballo. En ambos casos, interviniendo durante las diferentes instancias por las que atravesó esta causa penal junto con el equipo de trabajo perteneciente a la Ayudantía Fiscal que en Benito Juárez depende de la UFI 2 con sede en los tribunales de Azul y está a cargo de María Paula Rodríguez.

Además del extenso, minucioso y pormenorizado fallo del juez Héctor Torrens que se tradujo ayer en las condenas para los imputados por las muertes de Agustín Rodríguez y Agustín Bustos, sobre las características que este caso tuvo quedará de manifiesto lo declarado en el debate por un policía, quien afirmó que "se trató de un hecho complejo" donde "todas las hipótesis que surgían estuvieron abiertas desde un principio".

Encima, todo aquello transcurría en medio de "una presión social muy intensa" -afirmó también en el juicio el efectivo de seguridad- generada por los habitantes de Benito Juárez, que demandaban conocer lo sucedido con estos chicos y quiénes eran los responsables de sus muertes.

Incluso, se realizaron marchas de silencio, acampes de las madres de las víctimas frente a la Municipalidad de esa vecina ciudad y hasta hubo -desde el Estado provincial- un ofrecimiento de recompensa para todo aquel que pudiera aportar más datos con relación a los motivos que derivaron en los decesos de ambos adolescentes.

Desde ayer, lo que hay es un veredicto y una condena de primera instancia para los dos acusados que tuvo esta causa penal. Y es muchísimo, si se tiene en cuenta que cuando todo este caso comenzó a investigarse no había absolutamente nada.

COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

UNA AZULEÑA

UNA AZULEÑA. Condenada por incumplir una manda judicial que le prohibía difundir situaciones vinculadas con su hija y su expareja

Por desobedecer una medida que le impedía por cualquier medio hacer públicas cuestiones relacionadas con la menor y con el padre biológico de esa nena, una mujer fue sentenciada en un juicio oral a un mes de prisión de ejecución condicional.

18 de agosto de 2025

IDENTIDAD VISUAL

IDENTIDAD VISUAL. El Festival Cervantino ya tiene logo

18 de agosto de 2025

SUCEDIÓ ESTE LUNES SUCEDIÓ ESTE LUNES

SUCEDIÓ ESTE LUNES. Un joven, lesionado en un siniestro de tránsito

Los vehículos involucrados en la colisión, que se produjo en la zona céntrica, fueron un auto y una bicicleta. El varón que se trasladaba en el rodado de menor porte tuvo que ser hospitalizado, sin que a causa de lo ocurrido sufriera heridas de gravedad, informaron voceros policiales.

18 de agosto de 2025

Paso en Azul un 18 de agosto
EFEMERIDES

Paso en Azul un 18 de agosto

18 de agosto de 2025

Capacitación sobre gestión de consorcios
MUNICIPALES

Capacitación sobre gestión de consorcios

18 de agosto de 2025

FÚTBOL LOCAL

Se juega la segunda fecha del Torneo Clausura

17 de agosto de 2025

MOTORES A PLENO EN EL AUTÓDROMO DEL AMCA

Nuevo capítulo para el Zonal

17 de agosto de 2025