1 de diciembre de 2025

FALLO DE UN JUICIO ORAL

FALLO DE UN JUICIO ORAL . Dos policías, condenados

Por un "concurso real" de delitos recibieron respectivas penas de tres años y de dos años y siete meses de prisión en suspenso. Además, fueron inhabilitados por plazos superiores a los cinco años para trabajar en la fuerza de seguridad. En junio de 2018, mientras desempeñaban tareas en el Comando de Patrullas de Azul, aprehendieron de manera irregular a un joven en la calle y, cuando lo trasladaban en un patrullero a la comisaría primera, lo golpearon. También falsearon un acta donde a la víctima de este caso de abuso policial le atribuían ilícitos que no cometió.

Dos agentes de la Bonaerense fueron condenados por un caso de abuso policial en perjuicio de un joven, surgido de un hecho que había sucedido en Azul en junio de 2018.

Junto con un efectivo de seguridad más, que terminó siendo absuelto, los tres encausados fueron sometidos a un juicio oral cuyo fallo se anunció días atrás.

Los policías condenados en esta primera instancia son oriundos de Azul y recibieron respectivas penas de prisión de ejecución condicional. Para uno de ellos la sanción fue de tres años y para el otro, de dos años y siete meses.

Además Alejandra Raverta, la jueza del Tribunal Oral en lo Criminal número 2, los inhabilitó de manera "absoluta" para que se desempeñen en carácter de policías. En ambos casos, por el doble del plazo de las respectivas penas de prisión en suspenso que les impuso en este debate.

Uno de los condenados fue identificado en lo resuelto como Hernán Emmanuel Batistelli, de 40 años de edad. Y el otro agente, que recibió la pena de dos años y siete meses de prisión en suspenso, se llama Matías Alejandro Hoffer (28).

Considerando las características de ese caso de abuso policial que cometieron fueron declarados coautores de un "concurso real" de delitos definidos como vejaciones, falsedad ideológica de instrumento público y falso testimonio.

Si este fallo queda firme ambos deberán cumplir con diferentes obligaciones durante tres años, para que no sean revocadas las condicionalidades de las penas dictadas en el juicio oral.

De esa manera, los policías tendrán que "fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados". También, "abstenerse de relacionarse con la víctima y su familia y de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas".

El tercero de los efectivos de seguridad también juzgado y que terminó siendo absuelto "de culpa y cargo" por el hecho tratado en este debate fue identificado en el fallo como Alesis Andrés Herrera.

De 35 años de edad, tras lo surgido en las audiencias del proceso el fiscal Cristian Citterio, al momento de formular su alegato final, desistió de acusarlo del caso de abuso policial por el que los demás encausados fueron condenados.

A ese pedido adhirió Diego Prado, el defensor Oficial que patrocinó en el debate al único de los imputados eximido de reproche penal por lo sucedido.

La absolución para Herrera estuvo relacionada a que no quedó demostrado que era quien conducía el patrullero en que a la víctima de este caso la trasladaron a la comisaría primera local, luego de que fuera aprehendida en la calle sin un motivo que lo justificara y golpeada por Batistelli y Hoffer.

"De toda la prueba colectada no existe ninguna que lo coloque en el lugar donde los sucesos en juzgamiento acontecieron efectuando alguna de las acciones por las que se formuló acusación, razón por la cual considero que la petición formulada por la Fiscalía debe ser acogida", escribió la jueza Raverta al aludir a ese policía que absolvió.

Lo que se probó

El caso de abuso policial por el que Batistelli y Hoffer fueron condenados data de un procedimiento que realizaron el 19 de junio de 2018 en Villa Fidelidad, época para la cual ambos desempeñaban tareas en el Comando de Patrullas de Azul.

Aquel día un joven que en ese entonces tenía 22 años se convirtió en víctima de lo sucedido, cuando iba caminando para llevar a varear varios perros raza Galgo y los efectivos de seguridad lo interceptaron en la vía pública.

Sin un motivo aparente y luego de un intercambio verbal, en el juicio quedó demostrado que los agentes lo aprehendieron -tras una persecución- y agredieron de manera ilegal.

Contando con lo que declararan la víctima y familiares suyos -su hermana había sido arrestada cuando intentó evitar que se llevaran en el patrullero al joven y filmó lo ocurrido con su teléfono- se dio por acreditado que ambos policías le dieron golpes de puño y culatazos con una escopeta durante el procedimiento. También, que le fue apoyado en el ano el caño del arma de fuego, una vez que había sido ingresado por la fuerza al patrullero para ser llevado a la comisaría primera.

En el fallo se refiere que después los agentes condenados insertaron declaraciones falsas en el acta de procedimiento, afirmando que la víctima de este caso de abuso policial portaba un cuchillo que empleó para romperle la campera a uno de ellos.

Con la finalidad de sostener esa versión que no era cierta, en las actuaciones se incorporó como secuestrada un arma blanca que en el juicio no quedó demostrado que el joven tuviera aquel día en que fuera arrestado y golpeado.

En lo resuelto se indica que a ese varón le iniciaron una causa penal que finalmente terminó siendo desestimada, ya que no cometió ninguno de los delitos que le atribuían falsamente, definidos como "resistencia a la autoridad en concurso real con lesiones leves calificadas por poner manos en la autoridad policial, daño y agresión con arma".

Al declarar en el debate, el joven contó las circunstancias que derivaron en su aprehensión y la manera en que Batistelli y Hoffer lo agredieron, lo cual sucedió mientras era llevado en el móvil.

Desde el lugar donde él fue hallado -cercano a la cancha del Club San José- ese patrullero hizo un recorrido más largo del habitual para llegar a la comisaría. El trayecto durante el cual se consumó la golpiza.

Uno de los videos que con su teléfono filmó la hermana del joven se convirtió en evidencia para demostrar lo sucedido. También, para descartar que la víctima haya estado armada con un cuchillo cuando la arrestaron sin motivo alguno.

La madre de ese joven también declaró. Según dijo, el día en que su hijo fue aprehendido lo vio cuando lo llevaron al Hospital Pintos, donde los policías condenados continuaron maltratándolo en presencia de ella.

"No hubo ningún motivo para que ellos actuaran como lo hicieron. Le causaron un mal psicológico. Además no le quedó bien la parte de la nariz por el golpe. Cuchillo mi hijo no tenía", afirmó esa mujer.

Además de quedar demostrado que Batistelli y Hoffer agredieron al joven, en el debate se probó que ambos mintieron en el acta policial y en sus declaraciones para justificar la aprehensión y encubrir los abusos cometidos.

"Evidentemente, el contenido del acta resulta falso, ya que se han insertado declaraciones carentes de veracidad", concluyó la jueza Raverta para condenar a los policías, para quienes valoró que hasta el momento no registran antecedentes penales computables. También, como otra circunstancia de tipo atenuante, la magistrada del TOC 2 hizo alusión en lo resuelto al "buen concepto" que sobre los dos agentes refirieron más efectivos de seguridad que declararon como testigos en este juicio oral.

El dato

A los dos policías los patrocinó en el debate el abogado Roberto Dávila, quien refirió a EL TIEMPO que tiene previsto recurrir ante Casación este fallo de primera instancia con veredicto condenatorio para sus asistidos.

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