8 de julio de 2024
Era parte del articulado de la denominada Ley Bases. Desde ahora se sacó el impuesto de 1,5% pero queda vigente otro. El detalle.
Luego que se publicaron en el Boletín Oficial los textos definitivos de las leyes 27.742 y 27.743, junto con sus decretos de promulgación, entró en vigencia este lunes la eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, el ITI, que gravaba con el 1,5% el traspaso de propiedades.
Este impuesto lo pagaban expresión "sujetos no habitualistas", es decir, personas que hacen operaciones inmobiliarias en forma individual sin ser empresas dedicadas a estas transacciones. Ese porcentaje se le cobraba a los propietarios que vendían un inmueble que fue comprado antes del 31 de diciembre de 2017 y que no sea el de vivienda única y permanente.
El impuesto ITI, que regía desde 1991 bajo la ley 23.905, es del 1,5% del valor del inmueble. Por ejemplo, en una venta por US$100.000 el impuesto al vendedor es de US$1500, al valor del dólar oficial.
Si bien se eliminó desde este lunes, no todos los propietarios del país dejarán de pagar un gravamen por vender su inmueble. Esto se debe a que desde 2018, el ITI convive con otro impuesto, denominado a las Ganancias Cedulares, que grava la diferencia entre la compra y la venta, menos el costo actualizado por Índice de Precios al Consumidor (IPC) y los gastos. A grandes rasgos, si se adquirió en US$100.000 y se vendió en US$130.000, se paga un 15% sobre esos US$30.000. Es decir, US$4.500, aunque a eso se le realizará el descuento de índice y gastos. (DIB)
La actividad se estará desarrollando desde las 16 en el circuito ubicado a metros de la Ruta 51. El programa, que organizó el Club Ciclista Azuleño, estará compuesto de 9 carreras que les darán la posibilidad a doce categorías para más de siete horas del mejor ciclismo de la región.
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Luego de que el varón y la mujer resultaran aprehendidos durante un allanamiento realizado por personal policial el 2 de diciembre pasado, días atrás las detenciones de ambos encausados fueron convertidas en respectivas prisiones preventivas. Esa infracción a la Ley 23.737 que les atribuyen en carácter de "coautores" contempla, en caso de condenas, penas de prisión de que van desde los cuatro a los quince años.
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