5 de diciembre de 2025
El juez en lo Contencioso Administrativo Pablo Quaranta (foto) rechazó ayer la medida cautelar solicitada por La Libertad Avanza, con el objetivo de suspender el Decreto de Emergencia Económica dictado por el Intendente en septiembre de 2024 y luego prorrogado. Sin embargo, procederá al análisis de la cuestión de fondo: el planteo de inconstitucionalidad de esa disposición.
La presentación judicial, anunciada el 6 de noviembre pasado, fue realizada por los dirigentes libertarios azuleños Ignacio Furiasse, Luis Hoursouripe y Magalí Piancioli, con el patrocinio letrado de Federico Castrovinci.
A través de la misma demandaron a la Municipalidad de Azul, solicitando la declaración de nulidad por inconstitucionalidad de los Decretos 1614/24 y sus cinco prórrogas, dictados por el intendente Nelson Sombra.
En su resolución, Quaranta indicó que "la medida solicitada recae sobre un conjunto de decisiones que estructuran la política de gasto y de recursos del Municipio".
"Suspender en bloque la vigencia del decreto podría significar, siempre en hipótesis, desarmar el esquema de reducción de erogaciones, la donación parcial de haberes políticos, la limitación de horas extras y la disminución de contrataciones, con posible impacto sobre el equilibrio fiscal y la prestación de servicios públicos", sostuvo el magistrado. Y añadió que, "en ese marco, la exigencia de prudencia en el dictado de medidas que afecten el interés público aparece reforzada".
"En esta instancia liminar, el estándar reforzado que exige la suspensión de un acto general -dictado por autoridad competente, vigente y operativo- parece requerir algo más que una afirmación genérica sobre 'arrogación de la suma del poder público' o sobre un supuesto 'gobierno por decreto' sin convalidación legislativa".
A través de lo dispuesto, Quaranta resolvió "desestimar el pedido de tutela cautelar contenido en la demanda", ya que "no se encuentra suficientemente configurada ni la verosimilitud en el derecho ni un peligro en la demora concreto que habilite la suspensión del Decreto 1614/24 y sus prórrogas, sin perjuicio de lo que pueda resolverse al momento de dictarse sentencia definitiva sobre el fondo del asunto".
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