6 de diciembre de 2021
Desde el Tribunal de Alzada con sede en La Plata se concluyó que, por el tiempo transcurrido, está extinguida la acción penal por uno de los hechos atribuidos al ex entrenador de fútbol, que sigue en la cárcel. Mientras tanto, en la Cámara Penal de Azul está pendiente de resolución la apelación que la abogada del acusado formuló después de que días atrás este sumario fuera elevado a juicio.
Una resolución del Tribunal de Casación Penal bonaerense favorece la situación procesal de Rubén Darío Rancez, el ex entrenador del fútbol local que está preso por varios hechos de abuso sexual que se le atribuyen como cometidos años atrás en perjuicio de menores de edad.
Lo dispuesto señala que por uno de esos episodios el ex DT -de 63 años de edad- no puede ser merecedor de reproche penal, teniendo en cuenta la fecha en que el mismo supuestamente sucedió y el tiempo transcurrido hasta que fuera citado a indagatoria, lo cual había sucedido un día después a que el 27 de diciembre del año pasado resultara detenido.
Los jueces Carlos Natiello y Mario Kohan -integrantes de la Sala Cuarta del Tribunal de Alzada con asiento en La Plata- fueron quienes anularon parcialmente el fallo que el pasado 15 de marzo había confirmado la prisión preventiva para el hombre que durante varios años dirigiera en equipos de Primera y de divisiones inferiores de la Liga de Fútbol de Azul.
Eso significa que declararon la prescripción de la acción penal con relación a uno de los cuatro casos de abuso sexual que se le atribuyeran a Ruben Rancez, quien continúa privado de la libertad en la Unidad 7.
Lo resuelto tiene fecha del pasado 25 de noviembre, según señalaron voceros judiciales a EL TIEMPO. Un día antes, la causa penal que por estos hechos instruyera la fiscal Karina Gennuso desde la UFI 6 había sido elevada a juicio.
Interviniendo desde el Juzgado de Garantías 1 de manera subrogante, aquella medida fue ordenada por el magistrado Juan José Suárez. E incluía para el ex DT la imputación por un total de cuatro hechos, dos de los cuales se agregaron diez meses después a que lo detuvieran.
Entre ellos figuraba también la acusación por ese episodio de abuso sexual que, al día siguiente de que fuera ordenada la elevación a juicio de esta causa, ahora dejaron sin efecto los miembros de una de las salas del Tribunal de Casación Penal bonaerense.
A diferencia del criterio sostenido por el Juez garante, y que también fuera avalado cuando -el ya referido 15 de marzo pasado- la prisión preventiva del encausado se confirmara en la Cámara Penal de Azul, desde Casación se concluyó que, dado el tiempo transcurrido la acción penal estaba extinguida con relación a uno de los hechos que se le imputaron en un principio a Rubén Darío Rancez.
Lo dispuesto el 25 de noviembre había sido en respuesta a un recurso que formulara María Fernanda Giménez, la defensora Particular del encausado, después de que en marzo pasado la prisión preventiva del ex entrenador de fútbol fuera ratificada desde la Cámara Penal con asiento en el tercer piso del Palacio de Justicia de Azul, a través de un fallo firmado por los jueces Carlos Pagliere (h) y Alejandra Raverta.
La anulación parcial de la resolución que confirmara hace nueve meses la vigencia de la medida de coerción para Rancez implicó, además, que se ordenara a la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul que dicte "un nuevo pronunciamiento", teniendo en cuenta lo dispuesto ahora por los jueces de Casación Natiello y Kohan.
Actualmente, en la Cámara está radicado un recurso de apelación que la abogada de Rancez formulara después de que el pasado 24 de noviembre el sumario que involucra a su defendido fuera elevado a debate en primera instancia por el ya mencionado juez de Garantías Juan José Suárez.
Con lo ordenado desde Casación, lo que se resuelva al respecto en segunda instancia desde la Alzada departamental deberá adecuarse al pronunciamiento más reciente del 25 de noviembre pasado en La Plata con relación a esta causa.
El hecho que fue descartado
Concretamente, la imputación para Rubén Darío Rancez que ahora quedó sin efecto desde Casación se relaciona con hechos que temporalmente fueron situados como ocurridos entre marzo y diciembre de 2006 en perjuicio de uno de los denunciantes en esta causa penal, quien en ese entonces tenía 15 años de edad.
A través de su testimonio había sido posible conocer que en aquella época, mientras era su entrenador de fútbol en una de las divisiones inferiores de un club azuleño del que después sería echado, Rancez abusó sexualmente de él en varias oportunidades.
En ese recurso que formulara ante Casación, la abogada del acusado alegó -considerando las fechas en que aquellos hechos supuestamente ocurrieron y el momento en que su cliente había sido citado a indagatoria por la Fiscal que instruyó esta causa, lo cual sucedió el 28 de diciembre de 2020- que habían transcurrido más de doce años y que, por lo tanto, estaba extinta la acción que a título penal podía reprochársele al ex entrenador de fútbol teniendo en cuenta la ley vigente en aquel entonces. Y sobre la base de pronunciamientos anteriores y de jurisprudencia existente, los jueces de la Alzada con sede en La Plata dieron lugar a lo pretendido por la Defensora Particular de Rancez.
Al mismo tiempo, en lo dispuesto el pasado 25 de noviembre Natiello y Kohan ratificaron la vigencia de la acusación para el ex DT por el hecho que el 27 de diciembre de 2020 había dado lugar a su detención, medida cautelar que fuera ordenada por la jueza de Garantías Magdalena Forbes.
En ese caso figura como víctima el primer joven que había denunciado a Rubén Darío Rancez, quien tras acudir a la Justicia viralizó en redes sociales un video que él mismo filmara cuando, varios años después, volvió a encontrarse cara a cara con su presunto abusador.
La acusación para el ex DT que se mantuvo desde Casación sigue siendo considerada configurativa de un "delito continuado" de abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal con corrupción de menores, el mismo ilícito que le fuera atribuido por ese otro caso cuya imputación ahora los jueces en La Plata dejaron sin efecto.
De acuerdo con lo que contara esa presunta víctima, siendo un chico que tenía 12 años de edad vivía al lado de la casa de Rancez y era amigo de su hijo. En esas circunstancias, a partir de 2003 el hombre que sigue preso comenzó a abusar sexualmente de él en reiteradas ocasiones y en diferentes lugares.
Después, entre los años 2009 y 2013, "de manera progresiva el aquí imputado promovió la corrupción -de ese primer denunciante que tuvo esta causa- accediéndolo carnalmente... bajo precio, siendo que a partir de la mayoría de edad de la víctima tras cada sometimiento sexual el encartado le dejaba dinero, logrando que dicha práctica abusiva se mantenga en el tiempo por más de diez años (desde agosto de 2003 hasta 2013) mediante la intimidación y manipulación a la que (la) sometía, alterando con ello el normal desarrollo de su sexualidad mediante el ejercicio sistemático de actos sexuales corruptores, prematuros y perversos", se menciona en esta investigación penal elevada a juicio en primera instancia.
Nuevas imputaciones en la elevación a juicio
La requisitoria para la realización de este debate la había formulado la fiscal Karina Gennuso el 22 de octubre pasado.
Un día antes, Rubén Darío Rancez había sido citado nuevamente a indagatoria, ante denuncias por dos casos más de abuso sexual por los que también sería procesado en primera instancia, de la mano de lo resuelto al mes siguiente por el juez de Garantías Juan José Suárez.
Cuando la abogada del ex entrenador de fútbol se opuso a la elevación a juicio de esta causa -sin que esa postura prosperara en un principio y que días atrás la llevó a apelar lo resuelto ante la Cámara Penal- sostenía que estaba prescripta la totalidad de los hechos endilgados a su cliente.
Los dos nuevos casos de abuso sexual que le imputara a Rancez la Fiscal titular de la UFI 6 han sido definidos a escala penal -respectivamente- como abuso sexual gravemente ultrajante y promoción de la prostitución agravada por abuso de una situación de vulnerabilidad, en concurso real; y promoción de la prostitución.
Sobre la base de los testimonios de esas dos presuntas nuevas víctimas, se sabe que a una de ellas Rancez la dirigió en dos clubes de fútbol donde trabajó. Y que la otra es familiar de una mujer que desempeñaba tareas con el imputado en la sede local del PAMI.
En el primero de los casos, los hechos de abuso sexual que involucran al encausado han sido situados como ocurridos entre 2006 y 2008. Y posteriormente, durante 2010, cuando el denunciante ya tenía 18 años de edad, de quien -de acuerdo con lo investigado- el ex entrenador volvió a abusar entre 2011 y 2013.
En tanto, la presunta cuarta víctima de estos casos de abuso sexual contó que tenía 17 años de edad cuando -entre 2008 y hasta el 3 de octubre de 2009- Rancez lo "promovió" a "la prostitución", lo cual sucedía a través de situaciones donde lo accedía carnalmente a cambio de dinero que le ofrecía cuando lo llevaba a su casa.
Sobre la vigencia de la acción penal en estos dos nuevos episodios referidos Casación no se había pronunciado en el fallo que data del 25 de noviembre pasado. Ambos recién le fueron formalmente imputados a Rancez un mes antes y no existían todavía para cuando su abogada decidió recurrir aquella prisión preventiva que, en marzo de este año, confirmara para el ex DT la Cámara Penal de Azul sólo por los dos primeros casos de abuso sexual denunciados.
En primera instancia, al igual que sucediera con ese otro hecho que ahora fue descartado por los miembros de una de las salas de la Alzada en La Plata, el juez de Garantías Suárez consideró que la acción penal no debía declararse extinguida cuando elevó a juicio este sumario días atrás. Y concluyó que lo mismo sucedía con esos otros dos casos que se tradujeron en más imputaciones para Rancez en octubre pasado.
Ahora, apelación mediante de la elevación a juicio de esta causa formulada por la Defensora Particular del ex entrenador, quienes tendrán que expedirse al respecto son los jueces que integran la Cámara Penal departamental, para quienes Casación ya ordenó que deberán readecuar lo que había sido la confirmación de la prisión preventiva para Rancez, al declarar la no vigencia de la acción penal de uno de esos cuatro hechos de abuso sexual por los cuales el entrenador azuleño fuera denunciado.
EL DATO
Rubén Darío Rancez optó por negarse a declarar en esas dos oportunidades en que fuera indagado por la Fiscal que instruyó esta causa penal. Primero, en diciembre del año anterior, durante una audiencia desarrollada en sede judicial al día siguiente de que resultara detenido. Después, cuando en octubre pasado se resolvió ampliar la imputación para él, ante las denuncias por más hechos de abuso sexual en perjuicio de dos nuevas víctimas.
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