EMERGENCIA ECONÓMICA DE LA COMUNA
La presentación judicial la había realizado ATE, a poco de implementarse el decreto 1614. El juez Contencioso Administrativo Pablo Quaranta, en un fallo, rechazó la suspensión de la medida del Ejecutivo reclamada por el gremio. El subsecretario Legal y Técnico Roberto Dávila explicó ayer a EL TIEMPO que "este rechazo significa que el decreto va a tener plena vigencia y que se puede liquidar salarios con esa herramienta".
1 de noviembre de 2024
Tras la decisión del Juez en lo Contencioso Administrativo, Pablo Quaranta, de rechazar la presentación judicial que se había realizado desde la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), mediante la cual se solicitaba una medida cautelar que suspenda el Decreto de Emergencia que limita la carga horaria de los agentes municipales en Azul, EL TIEMPO consultó ayer al subsecretario de Legal y Técnica del Municipio, Roberto Dávila, para conocer los alcances de la resolución del mencionado magistrado.
En principio, el funcionario local explicó que "la medida cautelar que había solicitado ATE consistía en que se suspenda la posibilidad de aplicar el Decreto 1614, mediante el cual se declaró la emergencia económica, financiera y administrativa que limitaba la carga horaria del personal".
"Ese rechazo -explicó Dávila- significa que el decreto va a tener plena vigencia y que se puede liquidar salarios con esa herramienta, que era una de las tantas que se habían contemplado para salir de la situación de crisis actual".
En el mismo sentido, el subsecretario de Legal y Técnica de la comuna señaló: "Esto permite que el Ejecutivo pueda proyectar de otra manera respecto a cómo manejarse ante el escenario planteado".
De todas maneras, agregó Dávila, la administración del intendente Nelson Sombra "sigue trabajando en gestionar los recursos y en equilibrar las cuentas para que los trabajadores sufran lo menos posible estas medidas".
El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Azul, Pablo Quaranta, en su fallo resolvió "rechazar el pedido cautelar requerido por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) de suspensión de los efectos del Decreto Municipal N° 1614/2024".
En la resolución, el magistrado menciona que el gremio ATE, en la presentación judicial, "indica que 30 de agosto de 2024 el Poder Ejecutivo Municipal promulgó el Decreto N.º 1614/2024, cuya vigencia comenzó el 2 de septiembre de 2024. En su artículo 1°, el decreto declara la emergencia administrativa, económica y financiera de la Municipalidad de Azul. Bajo este argumento expone que se articula una serie de medidas que afectan gravemente los derechos adquiridos de los trabajadores municipales, impactando a 1066 empleados de un total de 1800 en toda la planta municipal".
Añade que "manifiesta además que se adjunta la nómina de los trabajadores afectados, con sus respectivas cargas horarias, áreas de desempeño y datos de revista, destacando que esto implica que aproximadamente el 60% del personal municipal (excluyendo funcionarios y ediles) se ve impactado por las disposiciones del decreto".
Luego señala, en referencia al decreto en cuestión, que ATE "aclara que la solicitud de suspensión se extiende a los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 9° in fine, y todo el capítulo III del decreto, comprendido entre los artículos 15° y 23°, entre otros".
Del mismo modo, "argumenta que, de no obtenerse una resolución judicial que ponga fin a esta situación de incertidumbre, los trabajadores municipales se verán afectados en sus derechos laborales, patrimoniales y previsionales, especialmente aquellos cercanos a la jubilación o a la pasividad anticipada, tal como lo establece el [convenio colectivo] municipal. Reitera que la falta de claridad sobre los fundamentos y justificaciones del decreto genera un mayor estado de inseguridad y desconcierto entre los empleados municipales", entre otros aspectos referidos en el pedido de la cautelar.
Por su parte, al correrse traslado al Municipio, el apoderado del Ejecutivo [Roberto Dávila] "manifiesta que, mediante el Decreto 1614/24, se declaró la emergencia administrativa, económica y financiera de la Municipalidad de Azul. Alega que dicha emergencia se fundamenta en las políticas económicas implementadas por el Gobierno nacional, las cuales están generando graves consecuencias en la economía, tanto a nivel provincial como municipal, afectando la vida cotidiana de los bonaerenses".
"Sostiene que el Estado nacional ha incumplido sus obligaciones con las provincias, lo que se ha exacerbado con la mega-devaluación de diciembre pasado y el recorte fiscal a nivel nacional. Esto ha provocado una recesión económica, que ha generado más desempleo, menores ingresos y mayor desigualdad", añade el fallo.
También "afirma que, en el ámbito municipal, esta crisis se traduce en un incremento significativo de la demanda, especialmente en las áreas de Salud y Desarrollo Social. El apoderado municipal destaca que la Contadora General del Municipio, como auditora interna, advirtió sobre la situación financiera y sugirió medidas para corregir el déficit, mencionando que la ejecución presupuestaria excede el presupuesto aprobado, lo que obliga al Departamento Ejecutivo a tomar acciones para equilibrar las cuentas", indica Quaranta en su resolución.
Observa que el Municipio "señala que la inversión en Recursos Humanos ha crecido exponencialmente a lo largo de varias gestiones, pasando de 844 agentes en 1999 a 1851 en diciembre de 2023. Observa que el aumento en la cantidad de trabajadores ha sido acompañado por un incremento en las bonificaciones y asignación de cargas horarias, generando inequidades entre los trabajadores municipales. Aclara que las medidas adoptadas son transitorias, con un plazo de 180 días, y están justificadas por la crisis económica profunda que atraviesa el municipio. Advierte que, de no implementarse estas medidas, el municipio caería en una cesación de pagos, ya que cada mes acumula un déficit mayor, debido a la caída de ingresos", se menciona en el fallo.
Quaranta indica que "el apoderado sostiene que la facultad de administrar los recursos municipales es exclusiva del Intendente Municipal, y que esta facultad, aunque discrecional, exige ser justificada y explicada con criterios de razonabilidad y eficiencia. Manifiesta que la declaración de emergencia no ha sido cuestionada y que el Intendente ha explicado públicamente la situación económica y financiera que motivó la medida. [...] Por lo expuesto, el apoderado solicita el rechazo de la demanda por improcedente, argumentando que la afectación a los trabajadores municipales está justificada, es razonable y respeta los límites normativos", indica el fallo, que concluye con el rechazo de la medida cautelar solicitada por ATE.
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