27 de febrero de 2023

EL JUICIO POR LA MUERTE DE TOMÁS ECHEGARAY

EL JUICIO POR LA MUERTE DE TOMÁS ECHEGARAY. Néstor Hirtz: autor de un homicidio con "dolo eventual", en la cárcel y a la espera de la pena

Tras lo resuelto anteayer por un jurado de civiles, este miércoles se conocerá qué sanción recibe el declarado autor de ese crimen en perjuicio de un joven sucedido en Tapalqué el 5 de julio de 2020. Según el propio encausado declarara, aquel día quiso hacerle una broma a la víctima. Pero terminó matándola de un balazo.

Las deliberaciones de los civiles que intervienen como jurados en un debate son privadas. Nadie puede presenciarlas ni tampoco queda registro de eso sobre lo que discuten. Después, cuando arriban a un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad para un imputado no tienen la obligación tampoco de fundamentar por escrito esa decisión en un fallo, a diferencia de lo que sí sucede con los jueces.

Cómo fue que los doce ciudadanos que declararon "culpable" de un homicidio "con dolo eventual" a Néstor Félix Hirtz concluyeron que esa figura penal se adecuaba a las características que había tenido aquel hecho que el estanciero cometió sólo lo saben ellos: los miembros que integraron el jurado para este juicio.

Sí se sabe que fueron diez votos afirmativos, el mínimo que se necesitaba, los que sirvieron para aplicar dicha figura en lo sucedido el 5 de julio de 2020 en Tapalqué.

En lo que el ahora condenado afirmó que pretendió ser una broma, ese día mató de un disparo con un revólver de grueso calibre a Tomás Echegaray, el joven que era amigo de sus hijos y había llegado a su casa para reunirse con uno de ellos.

Algo más de una hora deliberaron los seis varones y seis mujeres que conformaron el jurado para este proceso. Y lo concluido por ellos fue coincidente con la calificación que le había sido otorgada a este hecho no bien se transformara en materia de una causa penal instruida por Marcelo Fernández, uno de los fiscales que intervino en este debate junto con Laura Margaretic.

A esa funcionaria judicial le tocó formular hace dos días la primera parte del alegato acusatorio. El más técnico, si se quiere. Y después, asumir la voz cantante a modo de réplica con relación a lo que sostuvieron en esa instancia los abogados del estanciero: Ricardo Boucherie y Juan Carlos Scirica.

En busca de que el jurado diera por demostrado lo que se pretendía desde la imputación, en un momento de su alocución la mencionada Fiscal no dudó en derramar sobre el piso un poco de agua que había en un vaso, con la finalidad de explicar con un ejemplo y de la manera más gráfica posible por qué el estanciero había actuado con "dolo eventual" el día que se convirtió en el responsable de este crimen. Algo que quedó definido a escala penal en el debate como un homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, la calificación que tuvo esta causa desde que comenzó a instruirse.

El fiscal Marcelo Fernández desarrolló otra parte del alegato, a través de un tramo durante el cual se ocupó de hablar sobre lo ocurrido despojado de tecnicismos y conceptos propios del Derecho Penal.

De esa manera, focalizó sus dichos en intentar conmover desde lo práctico y lo emotivo -el desenlace del juicio demuestra que lo logró- a los ciudadanos que con lo decidido resolvieron que Hirtz seguirá preso. Al menos, durante algunos años más.

Hirtz sabía de su conducta riesgosa

Cuando el 10 de agosto de 2020 la detención de Néstor Félix Hirtz fue convertida en prisión preventiva -la medida de coerción que hace que continúe en la Unidad 7 de Azul- lo resuelto en ese entonces por el magistrado Federico Barberena sirvió para acercarse un poco más desde el llano a esa figura penal del "dolo eventual" que ya se aplicaba para este homicidio.

"No caben dudas de que el imputado estaba en innegables condiciones de conocer el riesgo que implicaba su conducta, al apuntar con un arma de fuego -que a la luz de sus propias manifestaciones le constaba cargada- a corta distancia -aproximadamente un metro- contra una persona que había concurrido a su vivienda, pretendiendo desplegar una 'broma' que sólo puede adquirir tal carácter en la mente del imputado".

Un hecho que "culminó en la acción de desarrojo del proyectil que ingresó en zonas vitales del cuerpo del joven Echegaray, ocasionando que horas después perdiera su vida", afirmaba el titular del Juzgado de Garantías 2.

"Lo relevante -señalaba también al aludir a las características que el episodio, fatal para la víctima, había tenido- es fijar el innegable grado de riesgo que supone empuñar un arma de fuego que se sabe cargada con cinco cartuchos, apuntando directamente al cuerpo de una persona a una distancia de no más de un metro, a manera de 'broma', en un contexto que, conforme los dichos del imputado, suponía debía accionarse el alcohol en spray que portaba en su otra mano".

"No advierto, siquiera en un espacio hipotético forzado, que quien lleve adelante la conducta que previamente he delineado desconozca el riesgo que ello conlleva", sostuvo también el Juez garante.

A modo de comparación para fundamentar lo que afirmaba, Barberena aludió a lo que habría percibido otra persona inmersa en esa misma situación que protagonizara Hirtz, quien -además- conocía de armas de fuego, las coleccionaba, tenía varias y usaba algunas de ellas para cazar. Y concluyó que cualquiera "se encontraría en indubitables condiciones de apreciar el riesgo" que implicaba lo que el estanciero hizo.

Finalmente, para encuadrar a aquel homicidio en uno con "dolo eventual", el titular de Garantías 2 señalaba en lo resuelto: "No surge siquiera en forma potencial o forzada un supuesto en el que apuntar con una pistola cargada, y mientras se tiene a una persona a escasa distancia del sujeto activo, culminando en el desarrojo de un proyectil que impacta en zonas vitales de la víctima, pudiere ser considerado una manifestación imprudente".

"Culpable"

Esa "manifestación imprudente" a la que aludiera el Juez garante -que cuando ordenó la prisión preventiva para Néstor Félix Hirtz descartó que haya existido en lo ocurrido- fue la que desde que este juicio comenzó, aunque sin poder lograrlo, intentaron instalar los abogados del estanciero a través de la estrategia que desarrollaron.

La intención de esos letrados era que después el jurado popular declarara al hombre oriundo de la provincia de La Pampa autor de un delito menos gravoso: un homicidio de tipo "culposo".

Pero de la misma manera que esa calificación penal no prosperó durante la instrucción de la causa, tampoco la tuvo en cuenta el jurado de civiles. Y no conmovió a los ciudadanos que declararon "culpable" de ese homicidio agravado con "dolo eventual" a Hirtz lo que les contara sobre la noche en que su macabra broma derivara en la muerte de Tomás, de quien también dijo que para él era como "un hijo".

El testimonio del estanciero en el juicio incluyó que pidiera perdón a los familiares de la víctima. Algo que el ahora condenado -quien en noviembre próximo cumplirá setenta años- reiteró cuando la jueza Alejandra Raverta le concedió la palabra final, en la previa a conocerse el veredicto.

La posibilidad de ser juzgado mediante un proceso como el que hace dos días se tradujo en la declaración de culpabilidad para Néstor Félix Hirtz por el homicidio de Tomás Echegaray es potestad del propio acusado.

Esa persona es la que escoge, ante imputaciones por delitos que en casos de eventuales condenas contemplan penas de quince años de prisión o superiores, si quiere que lo juzguen jueces o un jurado popular.

Hirtz eligió que lo hicieran doce ciudadanos, seguramente con la esperanza de que sus abogados -y también él a través de lo que declaró- pudieran convencerlos de que aquella broma que ideara se convirtió después en un hecho accidental y fortuito cuando se le "escapó" el tiro del revólver de alto calibre que portaba y terminó matando al amigo de sus hijos, lo cual ocurrió mientras en su otra mano tenía un envase de plástico con alcohol con el que pretendía rociar a Tomás en plena emergencia sanitaria por la pandemia de Covid.

Pero en esta ocasión, lo que sostuvieron los especialistas que intervinieron en esta causa sobre lo que pasó fue coincidente con lo que terminaron concluyendo esos doce ciudadanos que, lejos de teorías y otras apreciaciones propias del Derecho Penal, se pronunciaron a favor de ubicar al estanciero como el autor de un homicidio con "dolo eventual".

A la espera de la pena

Ahora, mientras sigue en la cárcel, Néstor Félix Hirtz aguarda lo que sucederá este miércoles próximo, cuando la jueza del Tribunal 2 Alejandra Raverta le aplique la pena por ese delito por el que anteayer fue declarado "culpable".

Desde la imputación se pidió que sea sentenciado a "quince años de prisión". Su Defensa Particular, que la sanción sea la mínima que ese homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego que cometió contempla, que es de algo más de diez años de cárcel.

Mientras todo eso está por suceder, todavía sigue conmoviendo esa imagen del final del debate, donde los familiares y amigos de Tomás Echegaray se abrazaron emocionados hasta las lágrimas al conocer lo que se había resuelto con relación a lo que fuera su muerte.

"Estamos sintiendo un poco de alivio. Han sido días muy difíciles y lo van a seguir siendo porque mi hermano ya no está. Vamos a seguir recordándolo, es lo único que nos queda..., unidos con esta gente que nos acompaña y que incondicionalmente ha estado con nosotros desde el primer día", dijo Marta Echegaray en el veredón del Palacio de Justicia instantes después a anunciado el veredicto para el estanciero.

"Él va a poder descansar en paz", afirmó la mamá de Tomas Echegaray después de haber escuchado también lo que resolvieron los ciudadanos que intervinieron como jurados en este proceso.

Esos varones y mujeres fueron coincidentes con lo que se venía afirmando desde que este luctuoso suceso -allá por las primeras horas del domingo 5 de julio de 2020- se produjo en Tapalqué.

Un hecho que todavía, por sus absurdas, irracionales e ilógicas características, continúa siendo imposible de entender que una persona haya cometido.

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