27 de diciembre de 2024

VIAJES

VIAJES. Qué se puede y qué no ingresar al país desde el año que viene

La ARCA reforzó sus medidas para evitar el ingreso de productos no permitidos. De cuánto es la franquicia por persona y qué se puede traer del exterior.

Mientras muchos argentinos organizan viajes al exterior con motivo de sus vacaciones, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó cuáles son los productos que se permite y se prohíbe ingresar al país, además de las franquicias libres de impuestos.

En egresos e ingresos todos los viajeros deben pasar por el control de Aduana. Los funcionarios revisan los equipajes para asegurar el cumplimiento de las normativas y evitar el ingreso de productos prohibidos.

Según ARCA, los viajeros no pueden ingresar a la República Argentina los siguientes productos:

Armas y explosivos, excepto con autorización previa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).

Estupefacientes.

Material arqueológico y cultural.

Mercadería con fines comerciales o industriales.

Productos permitidos sin el pago del correspondiente impuesto.

Al regresar al país, cada persona puede ingresar sin pagar impuestos un teléfono celular y una notebook o tablet por pasajero; y artículos declarados previamente al salir del país, como indumentaria y objetos de uso personal.

Sin impuestos

¿Cuál es el valor máximo permitido para ingresar bienes sin impuestos? El monto de la franquicia depende del medio de transporte utilizado y de la edad del viajero. Los límites establecidos son los siguientes:

Por vía aérea o marítima: hasta 500 dólares por persona, con una franquicia adicional de 500 dólares para compras realizadas en free shops. Para menores de 16 años no emancipados, el límite se reduce a 250 dólares.

Por vía terrestre o fluvial: hasta 300 dólares por persona, con una franquicia extra únicamente válida en Puerto Iguazú. Para menores de 16 años no emancipados, el monto permitido es de 150 dólares.

En el caso de que los bienes que se intentan ingresar superen el límite permitido, se debe abonar un arancel equivalente al 50% del monto excedido. Por ejemplo, si el objeto adquirido cuesta 400 dólares y se trae por vía terrestre, se paga la mitad del exceso, es decir, 50 dólares.

Según informó la ARCA, "el refuerzo en los controles aduaneros y la actualización de las restricciones por parte de la ARCA buscan garantizar el cumplimiento de las normativas internacionales y proteger la economía local".

"Estas medidas -se agrega- no solo apuntan a evitar el ingreso de productos ilícitos, sino también a prevenir el contrabando y el impacto negativo en sectores productivos argentinos, que podrían verse afectados por la entrada de mercadería destinada al comercio informal". (DIB) MM

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