EN PRIMERA INSTANCIA

EN PRIMERA INSTANCIA

Se elevó a juicio la causa por el homicidio de Rocío Sañudo

La adolescente tenía 17 años cuando el 11 de agosto de 2020 murió al recibir un disparo. El hecho se produjo en un campo de Benito Juárez donde convivía con el acusado de este homicidio. Llamado Kevin Herrera Ullúa, beneficiado con una morigeración de prisión concedida en mayo pasado sigue cumpliendo arresto domiciliario en una casa en Azul donde viven los padres de la víctima.

3 de octubre de 2021

Trece meses después a que una adolescente azuleña que tenía 17 años falleciera tras recibir un disparo que, de acuerdo con lo investigado, le efectuara con una carabina el trabajador rural que convivía con ella en un campo de Benito Juárez, la causa penal que se iniciara por aquel homicidio ha sido elevada a juicio.

Según señalaron voceros judiciales a EL TIEMPO, el magistrado Juan José Suárez -titular del Juzgado de Garantías 3 con sede en los tribunales de Azul- fue quien hizo lugar este miércoles que pasó a la requisitoria formulada por David Carballo, el fiscal que desde la UFI 2 llevó adelante la tramitación de ese sumario penal, para que ese expediente se convierta en materia de un futuro debate.

Dicho proceso se desarrollará mediante la modalidad de un juicio con jurados, por lo que serán doce civiles quienes deberán declarar al imputado "culpable" o "no culpable" de un homicidio doblemente agravado por el vínculo y por el empleo de arma de fuego y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, en concurso real de acciones, calificación penal con la que esta causa fuera elevada a juicio hace cuatro días.

Como un dato significativo y distinto que evidencia este caso figura la situación en la que actualmente sigue estando privado de la libertad el considerado autor de este homicidio, que es oriundo de Benito Juárez, tiene 22 años de edad y se llama Kevin Héctor Manuel Herrera Ullúa.

En mayo pasado, el mismo Juez de Garantías que ahora resolvió elevar a juicio esta causa penal le otorgó al acusado una morigeración de prisión. Y a esa medida cautelar, bajo la modalidad de un arresto domiciliario, el trabajador rural la continua cumpliendo en una casa de Azul donde viven los padres de Rocío Ayelén Sañudo, la víctima que tuvo este homicidio sucedido en un campo de Benito Juárez el 11 de agosto del año anterior.

Cuando ese beneficio fuera solicitado por el abogado del trabajador rural, el papá y la mamá de la adolescente fallecida se habían presentado como garantes para que Herrera Ullúa permanezca privado de la libertad en la casa donde ellos viven, constituyéndose después lo resuelto -a través de un fallo fechado el 11 de mayo- en una situación sin precedentes en la historia contemporánea de la justicia penal azuleña.

Un disparo con una carabina calibre 22

Kevin Herrera Ullúa había sido aprehendido la misma noche en que este luctuoso suceso se produjo.

Tal lo que EL TIEMPO ha venido informando con relación al caso, aquel hecho tuvo como escenario la casa donde en ese entonces convivía con Rocío Sañudo, situada en un establecimiento rural llamado "San Gerónimo".

En ese campo ubicado en el Partido de Benito Juárez, el joven trabajaba como puestero cuando alrededor de la hora 22.30 del ya mencionado 11 de agosto de 2020 se produjo el hecho por el que continúa privado de la libertad en la casa de los padres de quien fuera su pareja.

Cuando lo indagaron y quedó formalmente acusado de este homicidio agravado, el joven señaló que había sido un disparo accidental de una carabina que tenía el que derivó en la muerte de Rocío.

En ese entonces Herrera Ullúa estaba de novio con la adolescente azuleña desde no hacía mucho tiempo. Y a los cinco meses de haberse conocido decidieron ir a vivir juntos a ese campo donde él trabajaba, ubicado a la altura del Cuartel VII de Benito Juárez y distante, aproximadamente, a unos sesenta kilómetros de esa vecina ciudad.

En esa versión creen también su abogado defensor y los padres de la víctima de este homicidio.

Pero en lo investigado, el resultado de una pericia efectuada a la carabina calibre 22 de la que provino el disparo que acabó con la vida de la víctima sigue teniendo el peso suficiente para considerar lo sucedido a escala penal en los mismos términos en que ahora ha sido elevado a debate este expediente judicial.

De mantenerse esa calificación penal en el juicio que se realice, su consecuente declaración de culpabilidad por lo que pasó para el joven indefectiblemente implicará que sea condenado a "prisión perpetua", la máxima sanción que contempla el Código Penal argentino.

Herrera Ullúa había declarado que al correr esa vieja carabina, que estaba apoyada sobre el marco de una puerta que conduce al baño de la casa donde convivía con la adolescente azuleña, la misma se accionó accidentalmente y prácticamente por sí sola.

Pero su versión se contrapone con el resultado de la ya referida pericia, que revela que la única manera en que el arma pudo haberse disparado obedeció a que no se encontraba "en estado de reposo".

Desde un principio, ese dictamen complicó la situación procesal del trabajador rural encausado, por lo que -sucesivamente- su aprehensión fue convertida en detención y luego en prisión preventiva por el Juez de Garantías. Una medida cautelar que, en segunda instancia, los miembros de la Cámara Penal de Azul ratificaron, valorando también para ello el resultado del informe efectuado por un especialista al arma de fuego considerada homicida.

Aquella noche en que Rocío Ayelén Sañudo murió, con relación a las características que tuvo este homicidio desde la Acusación se señala que el trabajador rural mató a "su pareja conviviente" utilizando la ya mencionada carabina, de la cual "no poseía la debida autorización legal para su tenencia" y solía utilizar -según versiones de testigos- para cazar.

La autopsia a la que el cadáver de la menor posteriormente fue sometido reveló que su muerte fue "súbita y traumática" a causa de ese disparo que recibió, cuyo proyectil ingresó por la región axilar izquierda de su cuerpo y, en ese recorrido que efectuara, lesionó órganos vitales. Entre ellos, sus pulmones.

Versiones de testigos ubican al acusado, inmediatamente después a sucedido el hecho, yendo a buscar ayuda hasta el casco principal de la estancia.

Posteriormente, una vez que personal policial concurrió al campo aquella noche para comenzar con las primeras averiguaciones en torno a lo sucedido, a Herrera Ullúa lo encontraron abrazado al cadáver, llorando y pidiéndole perdón a viva voz a quien era su novia, cuyo cuerpo yacía sentado en el piso, apoyado sobre una cama.

"Pobrecita, pobrecita, me quiero morir, la maté", señaló un policía que el joven decía en aquel momento.

Otro testimonio revela que, al preguntarle un efectivo de seguridad qué había pasado, el trabajador rural le respondió textualmente: "Fui a correr el arma. No sabía que estaba cargada, ni siquiera metí el dedo en el gatillo. Ella se estaba levantando despacio de la cama porque tiene problemas del ciático y sentí que se me escapó el tiro. La miré y le dije: '¿Te pegó? Y ella me miró y me dijo que sí y se desmaya".

Versiones "favorables"

En lo investigado no existen versiones de testigos que señalen que Rocío era víctima de episodios de violencia de género por parte de su pareja. Al contrario, la mayoría de los testimonios colectados son coincidentes en señalar que ambos tenían una muy buena relación.

"Observamos con mi señora el trato que Kevin tenía hacia Rocío. Nos pareció que tenía muy buen trato. Se cuidaban el uno al otro, hacían todas las tareas juntos, tanto las del campo como de la casa, por lo que estábamos muy conformes con esa relación", había afirmado el padre de la víctima de este homicidio cuando fuera convocado a brindar su testimonio en el marco de la instrucción de la causa.

También, ese hombre sostuvo que el joven que sigue preso en su casa "nunca maltrató ni físicamente ni verbalmente" a su hija. Y la víctima tampoco -sostuvo su papá- le presentó queja alguna sobre su pareja, a quien Sañudo definió como una persona que no se mostraba violenta.

Aquel testimonio para definir el vínculo que el trabajador rural tenía con su hija había sido graficado también por el papá de Rocío con lo que le contara a su esposa una tía de la menor, referido a "lo bien que la trataba Kevin, cómo la cuidaba y lo compañeros que eran".

Otra testigo, ajena a la familia de la víctima y del acusado, había declarado que en las ocasiones que estuvo con los jóvenes en ese campo donde ambos convivían "nunca los vio pelear ni discutir ni notó ningún tipo de violencia entre ellos. Al contrario, siempre se los veía muy bien, felices y hasta jugando juntos", puede leerse que esa mujer refirió en las actuaciones penales elevadas ahora a juicio.

"Si bien es cierto que las declaraciones testimoniales resultan favorables al imputado, lo cierto es que el presente hecho aconteció en un lugar en ausencia de testigos presenciales que puedan respaldar su versión, destacándose que nos encontramos en un caso con una víctima que no tiene la posibilidad de relatar lo acontecido", escribió el juez de Garantías Suárez en un tramo de lo resuelto con relación a esta causa.

"También -continuó señalando- advierto cuestiones que al momento no han sido debidamente aclaradas, tales como lo dicho por el propio imputado de que la víctima se estaba por bañar y temía pasar por la puerta de acceso al baño porque estaba el arma en sus cercanías".

Al respecto, existe en el sumario la versión de un policía que indica que cuando llegaron al lugar y hallaron a Rocío ya fallecida tenía "el pelo mojado" y "se la veía limpia", aspecto compatible con que se había bañado recientemente.

Esa contradicción entre lo dicho por el trabajador rural acusado y lo declarado por el efectivo de seguridad, más el resultado de la pericia practicada a la carabina, se convirtieron para el Juez garante en evidencias que, al menos hasta el momento, servían para mantener la actual calificación penal que tiene esta causa. También, para ordenar la elevación a juicio del sumario.

"Ello lleva a mi entendimiento que la presente causa debe ser elevada a juicio con la calificación legal que el Ministerio Publico Fiscal ha determinado para el caso", escribió el titular de Garantías 3 en la resolución dada a conocer hace cuatro días.

"Es la etapa de juicio en la que, a través de la inmediación y la bilateralidad, se deberán ventilar todas las cuestiones que arrojen luz a los hechos aquí investigados", concluyó Suárez en lo resuelto.

EL DATO

En la previa a que desde la Acusación se pidiera la elevación a juicio de esta causa penal, dando lugar a una solicitud formulada por el Defensor Particular del trabajador rural se realizó -el pasado 4 de agosto- la reconstrucción del crimen. La diligencia tuvo como escenario el interior de la vivienda del campo donde este hecho sucediera. Y contó con la participación del joven acusado de lo que fuera aquel homicidio, sucedido el 11 de agosto del año anterior.

Pedidos rechazados}

Sergio Mercado, el penalista que patrocina en esta causa al trabajador rural Kevin Herrera Ullúa, se había opuesto a que esa investigación penal fuera elevada a juicio.
En ese contexto, no se descarta ahora que lo resuelto en primera instancia sea apelado ante la Cámara Penal por el Defensor Particular del acusado.

Además, cuando se le diera traslado de la requisitoria de elevación a juicio formulada desde la Acusación, el abogado había pedido un cambio de calificación del expediente penal, a un delito menos gravoso como lo es un homicidio del tipo "culposo". Y también solicitó, de manera subsidiaria, que su defendido fuera excarcelado y esperara en libertad ese juicio con jurados al que, de adquirir rango de firmeza lo ordenado este miércoles que pasó, deberá realizarse en uno de los tribunales orales con asiento en el Palacio de Justicia de Azul
en una fecha próxima que aún no está confirmada.

Pero ninguno de los pedidos formulados por la Defensa de Herrera Ullúa prosperó y, en consecuencia, el juez de Garantías Juan José Suárez se pronunció a favor de la ya referida elevación a debate de esta causa.


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