4 de noviembre de 2024

EN UN PROYECTO DE ORDENANZA

EN UN PROYECTO DE ORDENANZA . Se propone la incorporación de videocámaras de seguridad privadas al sistema público de monitoreo

Con esta iniciativa, que será tratada en el Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria del próximo martes, se busca "brindar respuestas a demandas vecinales y establecer un sistema de cooperación en la gestión local de la seguridad comunitaria". También se afirma que "las cámaras de videoseguridad actúan disuasoriamente, reduciendo la comisión de posibles delitos, pero también permiten una mejor coordinación durante situaciones de emergencia".

Los concejales del bloque Unión por la Patria (UxP) presentaron un proyecto de ordenanza que propone la creación, en el ámbito del Partido de Azul, del Programa de Ampliación del Sistema Municipal de Videovigilancia.

El proyecto, que será tratado en la sesión ordinaria del martes próximo, lleva las firmas de los ediles Xavier Cabrera, Inés Laurini, Gabriela Lambusta, Gisela Arbiza y Gastón Blando.

Se refiere, en esta iniciativa, que "desde el año 2009 se ha fomentado en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires la aplicación de nuevas tecnologías en materia de seguridad" y que, "particularmente en el Partido de Azul, desde el año 2011 se han sancionado sendas ordenanzas destinadas a establecer y regular el monitoreo por videocámaras". Al respecto, se hace mención a las ordenanzas 3051 y 3125 del año 2011, y a la 3622 del 2014.

"En el marco de una política activa de seguridad pública, los municipios pueden establecer medidas tendientes a propiciar una convivencia social armónica respetando los derechos y garantías constitucionales de los individuos", aseveran los ediles de UxP.

En ese sentido, se subraya que "el videomonitoreo permite detectar y disuadir posibles contravenciones, prevenir delitos y colaborar con las fuerzas de seguridad y la Justicia ante su comisión".

Por ello, se puntualiza luego, "la ampliación del sistema de monitoreo municipal busca brindar respuestas a demandas vecinales y establecer un sistema de cooperación en la gestión local de la seguridad comunitaria".

"Las cámaras de videoseguridad actúan disuasoriamente, reduciendo la comisión de posibles delitos, pero también permiten una mejor coordinación durante situaciones de emergencia y posibilitan una mayor planificación urbana", se remarca, para luego indicar que "la incorporación de videocámaras o enlaces privados al sistema público de monitoreo -mediante distintas modalidades- promueve la participación ciudadana en el control de la vía pública, la gestión del tránsito y disminuir comportamientos delictivos".

El proyecto de Ordenanza propone crear "el Programa de ampliación del Sistema municipal de videovigilancia, en el ámbito del Partido de Azul, para la incorporación de videocámaras de seguridad y enlaces privados al Centro de Operaciones y Monitoreo (COM)" de la Comuna.

"Las referencias a videocámaras o cámaras de seguridad contenidas en la presente [Ordenanza] se entenderán hechas a cualquier medio técnico análogo y, en general, a cualquier sistema que permita el registro fílmico con el objeto de propender a la seguridad ciudadana", se indica en el primer artículo.

Con respecto a los objetivos general del programa que se propone crear, se refieren los de "fortalecer los sistemas de seguridad comunitaria; promover la utilización pacífica de las vías y espacios públicos; garantizar más y mejores escenarios para la convivencia ciudadana", como así también "generar mecanismos de prevención y disuasión de situaciones que puedan poner en riesgo la seguridad de las personas y sus bienes; contribuir a la instrucción, coordinación y colaboración en la investigación de contravenciones y delitos; aprovechar la capacidad de detección de movimiento para identificar personas con pedidos de captura o de vehículos con pedido de secuestro que ingresan o salen de establecimientos privados de gran afluencia de público; [y] realizar un monitoreo compartido entre vecinos, comercios, empresas, instituciones de la comunidad, organismos estatales y el COM".

Por otro lado, en el proyecto de Ordenanza se puntualiza que "será autoridad de aplicación y control la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana [de la Municipalidad de Azul], o el área que en el futuro la reemplace en sus funciones, mediante el COM, quien tendrá acceso a los registros fílmicos que capten vías y espacios públicos, sin restricción de días y horas, contando con la autorización para verificar y evaluar capturas en vivo o en diferido y, de ser necesario, la extracción de imágenes desde equipos instalados en el lugar".

Del mismo modo, se destaca que "podrán adherir al Programa aquellos sujetos que, por disposición individual o grupal, manifiesten fehacientemente la voluntad de incorporar al programa los equipos de videovigilancia de su propiedad".

En ese sentido, se incluye a "cualquier persona, física o jurídica, o grupo de personas, que posea equipos de videovigilancia en el Partido de Azul", como asimismo a "cualquier proyecto de un grupo de personas que tenga por objeto financiar la videovigilancia de la vía o un determinado espacio público del Partido [de Azul] y que instalen los equipos correspondientes, delegando la monitorización exclusivamente en el COM".

Del mismo modo se incluye a "los titulares de establecimientos comerciales e industriales de cualquier rubro" y a "los consorcios de propietarios sometidos al régimen de propiedad horizontal o similar", quienes "podrán proceder voluntariamente a la colocación y mantenimiento de videocámaras de seguridad y enlaces suscriptos en forma conjunta, siempre que las mismas cubran su perímetro externo, cubran un perímetro razonable de la vía pública; pueden hacerlo también respecto del hall central de planta baja o similar -si lo hubiere- cuando se cumplan" los aspectos antes referidos.

En todos esos casos, se indica en el proyecto de Ordenanza, "podrán compartir el acceso remoto, no exclusivo, de las imágenes a su titularidad con el COM para la visualización en vivo y/o extraer grabaciones, bajo requerimiento de la Justicia o solicitud policial expresa".

"El procedimiento de adhesión, las modalidades y la cantidad máxima de cámaras por zonas, conforme las necesidades particulares de cada una", será establecido por la autoridad de aplicación antes referida, la que, además, "podrá realizar recomendaciones, inspecciones, sugerir modificaciones y adecuaciones respecto al lugar y condiciones de instalación de la cámara de seguridad y a las características técnicas de la misma", se añade. "Las videocámaras serán registradas en una única base de datos administrada por la autoridad competente del COM".

En la iniciativa se refiere que "las particularidades técnicas de cada equipo de videovigilancia serán evaluadas individualmente y será potestad de la autoridad de aplicación definir si es posible fácticamente incorporarlas al COM".

Asimismo, se puntualiza que "no se podrán utilizar videocámaras para tomar imágenes ni sonidos del interior de las viviendas, ni en recintos privados, fijos o móviles. Las imágenes y sonidos obtenidos accidentalmente en dichas circunstancias deberán ser destruidas inmediatamente por quien tenga la responsabilidad de su custodia".

En esa línea, "se solicitará a los particulares, en caso de ser necesario, la entrega de imágenes dentro de los treinta días corridos de obtenida la misma, mediante un documento oficial que indique día y horario en particular del que se necesitan los registros fílmicos".

"El COM puede, por medio de un representante técnico autorizado, prestar asesoramiento a los sujetos que adhieran al programa y que por alguna eventualidad no puedan obtener las imágenes de los equipos de su propiedad", se añade al respecto.

En el articulado del proyecto de Ordenanza también se sostiene que "la adquisición, colocación y posterior mantenimiento de las videocámaras quedará a cargo de los propietarios, los que deberán cumplir con los requerimientos técnicos mínimos que determine reglamentariamente la autoridad de aplicación".

Dicha autoridad, además, "podrá realizar excepciones a los propietarios de equipos instalados que se consideren estratégicos para la videovigilancia, asumiendo los costos de instalación, mantenimiento o reparación, siempre que cuente con los recursos técnicos necesarios para llevar adelante dicha tarea. También podrá conveniar la provisión por parte de los vecinos de energía eléctrica o internet para mejorar la calidad de la monitorización o extenderla a zonas que no se encuentran comprendidas actualmente".

"Todos los propietarios de cámaras de videovigilancia que registren la vía pública en el Partido de Azul, deberán declarar la existencia de las mismas ante la autoridad de aplicación, independientemente de su adhesión al Programa regulado" por la Ordenanza propuesta.

Finalmente, se refiere que "el registro de las videocámaras tendrá por objetivo crear un mapa distrital que facilite el acceso al material fílmico que sea requerido por la autoridad competente para ser utilizado exclusivamente en investigaciones policiales o judiciales".


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