21 de julio de 2025

LA INICIATIVA SERÁ ESTUDIADA EN UNA COMISIÓN LEGISLATIVA

LA INICIATIVA SERÁ ESTUDIADA EN UNA COMISIÓN LEGISLATIVA . Se propuso la creación del Departamento del Archivo Histórico del Partido de Azul

Los concejales que presentaron el proyecto de Ordenanza consideran que contribuirá a "garantizar la accesibilidad a todos los documentos disponibles vinculados a la construcción de la historia colectiva, la memoria y la identidad". Estará destinado a "reunir, organizar, conservar y difundir los fondos documentales de valor histórico, bibliográfico o estadístico existentes en las oficinas públicas municipales".

La Comisión de Interpretación del Concejo Deliberante tendrá a su cargo, desde los próximos días, el análisis del proyecto de Ordenanza que propone la creación del Departamento del Archivo Histórico del Partido de Azul.

La iniciativa fue presentada por concejales de diferentes espacios políticos en la décima sesión ordinaria y comenzará a ser estudiada en la comisión mencionada. Lleva las firmas de los concejales Inés Laurini, Gastón Blando, Xavier Cabrera, Agustín Puyou, Pilar Álvarez, Natalia Colomé y Jorge Ferrarello.

Al momento de fundamentar el proyecto de Ordenanza, la legisladora azuleña Inés Laurini explicó que lo "veníamos trabajando desde el año pasado, en articulación con la responsable del Centro de Interpretación Salamone y con la responsable del Archivo Histórico Provincial 'Ricardo Levene'".

En ese marco explicó que "no se iba a presentar en el Concejo Deliberante hasta que no se haya encontrado un espacio físico en donde el archivo histórico pudiese funcionar". (En ese sentido, EL TIEMPO pudo saber que podría instalarse en una dependencia contigua al actual archivo administrativo del edificio municipal; el tema será resuelto durante el trabajo en comisión previsto).

La concejal Laurini también expresó que "el proyecto de Ordenanza plantea la creación del Archivo Histórico y la eliminación de dos artículos vinculados a la Ordenanza que regula el funcionamiento del archivo administrativo y el tiempo de archivo que cada expediente demanda".

Refirió que, "como dije en la reunión de labor [legislativa], se analizará en comisión, pero desde el Departamento Ejecutivo hay absoluta predisposición para que llevemos adelante todas las reuniones que sean necesarias, para las explicaciones, para que el Concejo Deliberante termine tomando la decisión de creación de este Archivo; e inclusive la visita al espacio público que se designó".

También la concejal Laurini consideró que, "al pasar a la Comisión de Interpretación, desde ese espacio se pueden generar todas las reuniones necesarias para que el Concejo pueda tomar la decisión respecto a esta Ordenanza".

En cuanto al proyecto de Ordenanza presentado en la sesión del martes pasado, en la que se resolvió el pase a comisión para su abordaje, en primer término hace referencia al "Decreto-Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, la Nota Circular Nº 18/84 del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza N°2.190/04 y la necesidad de la existencia de un Archivo Histórico que organice, preserve y difunda el patrimonio cultural archivístico de los habitantes del Partido de Azul para la afirmación de la identidad, la memoria y la historia local, y como puente entre el pasado y el presente".

Se considera que "los archivos históricos cumplen una valiosísima función como fuentes para el conocimiento histórico, la memoria institucional y como garantes de derechos individuales y colectivos".

También, en esa misma línea, que "es de suma importancia organizar archivísticamente y conservar la documentación histórica del Municipio para su conocimiento y posterior divulgación".

"Se ha puesto en evidencia en reiteradas oportunidades la necesidad de centralizar en un archivo histórico público organizado con criterios archivísticos a partir de los fondos documentales de las reparticiones municipales que han cumplido su vigencia legal", se afirma en la iniciativa.

En tal sentido, se expresa que el Artículo 283° de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que "todos los documentos, libros y publicaciones municipales serán conservados en archivos organizados según los métodos que aconseje el Archivo Histórico Provincial. Pasados diez años con consentimiento previo de esta Institución, podrán ser destruidos los que no revistan interés histórico, bibliográfico o estadístico y los que no sean necesarios conservar para amparar derechos del Estado o de terceros."

Por otra parte, la Circular N°18/84 establece los plazos de archivo para aquellas "actuaciones de la Administración Pública Municipal, expedientes, planillas, etc., de carácter ordinario que por su contenido y objeto no poseen trascendencia legal ni jurídica-administrativa posterior, y los que aun pudiendo tener utilidad (constancia de asistencia, inasistencia, licencias, solicitudes de todo tipo, sumarios sin sanciones, etc.) sean asentadas en fichas u otro sistema que permita guardar constancia fiel y detalladas de ellas, deben ser destruidas de inmediato una vez cumplidas sus finalidades."

En tanto, la Ordenanza 2.190/04 "regula el área de Archivo dependiente de la Secretaría de Gobierno y determina los plazos de archivo en el anexo que la acompaña".

Y, en relación a los expedientes que pudieren revestir interés histórico, bibliográfico o estadístico, el Artículo 6° establece que, "en los casos de Expedientes que pudieren revestir interés histórico, bibliográfico o estadístico, vencido el plazo de archivo, la Municipalidad procederá, previo a su destrucción, a dar intervención al Museo Etnográfico y Archivo Histórico 'Enrique Squirru', recabar la opinión de entidades culturales locales en coordinación con el Responsable del Archivo y la autorización del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires a fin de que, evaluadas las mismas, se amerite su conservación por tiempo indefinido, según lo prescripto en el artículo 283º de la Ley Orgánica de las Municipalidades."

El Artículo 7° determina que "el control y verificación de la mencionada depuración será ejercida a través de una Comisión integrada por dos representantes del Departamento Deliberativo y dos representantes del Departamento Ejecutivo, fijándose como metodología la realización de una depuración por año calendario, con fecha a determinar a cargo de la Secretaría de Gobierno."

En el proyecto de Ordenanza, los concejales plantean que "es necesario distinguir entre el Archivo Histórico y el Archivo Administrativo del Municipio de Azul".

Del mismo modo, subrayan que "la creación de un Archivo Histórico Municipal y público contribuye a garantizar la accesibilidad a todos los documentos disponibles vinculados a la construcción de la historia colectiva, la memoria y la identidad".

En el articulado de la iniciativa, en primer lugar, se propone la creación del "Departamento del Archivo Histórico del Partido de Azul, dependiente de la Secretaría de Gobierno, destinado a reunir, organizar, conservar y difundir los fondos documentales de valor histórico, bibliográfico o estadístico existentes en las oficinas públicas municipales".

En segundo lugar, queda establecido que "toda documentación del Archivo Administrativo que hubiese cumplido con los plazos de guarda establecidos según la Ordenanza N°2.190/04 será transferido al Archivo Histórico, que llevará a cabo los procesos técnicos correspondientes a la valoración documental, determinando cuál documentación será conservada en forma permanente y cual eliminada".

Al respecto, "el Archivo Histórico realizará dicho expurgo bajo la supervisión del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires Ricardo Levene, según lo establecido en el artículo 283 de la Ley Orgánica de Municipalidades y en la Nota Circular N° 18/84".

En cuanto al control y verificación de la depuración mencionada, se indica que "será ejercida a través de una Comisión integrada por dos representantes del Departamento Deliberativo y dos representantes del Departamento Ejecutivo, fijándose como metodología la realización de una depuración por año calendario, con fecha a determinar a cargo de la Secretaría de Gobierno".

Asimismo se puntualiza que "el Archivo Histórico deberá gestionar archivísticamente los diversos tipos documentales que lo compongan (documento papel, fotografías, audio, video y otros), y para ello deberá contar con espacios y equipamiento adecuados para la guarda, conservación, digitalización y preservación digital de los mismos, y con el personal capacitado necesario".

Por otra parte, el Archivo Histórico "podrá incorporar mediante compra, convenio, donación, custodia, etc. toda documentación que resulte de interés histórico e identitario para la comunidad".

Finalmente, se determina que "quien ocupare el cargo de Jefe/a de Departamento del Archivo Histórico, deberá poseer antecedentes y capacidad en la materia" y se propone derogar los mencionados artículos 6° y 7° de la Ordenanza N°2.190/04.


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