5 de julio de 2026
Así lo confirmó a EL TIEMPO una de las integrantes a nivel local de la Fundación Estrellas Amarillas, Patricia Estanga. El Senado dio media sanción al proyecto de reforma relacionado con siniestros viales, en septiembre del año pasado. Diputados, en cambio, no abordó el tema y la iniciativa corre riesgo de perder su estado parlamentario. Para las entidades impulsoras, que buscan "endurecer las penas de los delitos por crímenes viales", sería un retroceso importante en la lucha que vienen sosteniendo y, por ello, se declararon en estado de alerta y movilización.
La reforma de dos artículos del Código Penal relacionados con los "delitos por siniestros viales, incremento de su escala punitiva, agravantes y excepción de suspensión del proceso a prueba", perdería su estado parlamentario si la Cámara de Diputados de la Nación no la trata para septiembre próximo. El proyecto, en cambio, ya tiene media sanción de Senadores desde hace nueve meses. Ante esta situación, las entidades impulsoras de la reforma, Estrellas Amarillas y Madres del Dolor, se declararon en estado de alerta, se indicó a EL TIEMPO.
El tema fue abordado en el marco del Quinto Congreso Nacional de Seguridad Vial realizado recientemente en Mar del Plata, y que fue organizado por la Fundación Estrellas Amarillas de La Pampa y Ministerio de Transporte bonaerense.
Se trató de un Congreso "de gran relevancia para la seguridad vial, con una visión integral de la misma, en donde no sólo se expusieron diferentes temas, sino que se debatieron propuestas como disparadores de políticas dirigidas a la prevención, a salvar vidas", explicó la participante azuleña, Patria Estanga.
Por ejemplo, se realizó el "Hackathon", un "evento colaborativo, intensivo de corta duración, donde participan profesionales y expertos de diferentes áreas, convocados por una temática". "En el ámbito vial -añadió Estanga- se implementó esta metodología de trabajo orientada a las soluciones de problemas, con el objetivo final de proponer soluciones innovadoras a los desafíos actuales".
En la mesa sobre "Infraestructura y tecnología: diseño para la vida" participaron Walter Gorbak (Lic. En criminalística, especialista en accidentología y siniestralidad vial; presidente de la Asociación Argentina de Medicina Legal); Patricia Mazzitelli (economista, con especialidad en créditos internacionales, jefa Federación del Personal de Vialidad Nacional, integrante de la asociación mundial de las carreteras -PIARC-); Silvia González (presidenta de la Fundación Estrellas Amarillas de La Pampa); Víctor Ojeda (instructor de Choferes de Transporte de Pasajeros y Transporte General); Héctor Ragnoli (coordinador de la Dirección General de Tránsito y Secretaría de Seguridad del Municipio de Gral. Pueyrredón); Pablo La Spina (gerente de Educación y Convivencia del GCBA, con más de veinte años de trayectoria en seguridad vial); Tomás Raspall (Lic. en Ciencias Políticas, director Nacional de Investigación de Sucesos de Automotores por la Junta de Seguridad en el Transporte y asesor legislativo en la comisión de Transporte en la Cámara de Diputados); y la azuleña Estanga Patricia (en representación de Estrellas Amarillas de Azul y Vecinos Autoconvocados por la Autovía Ruta 3).
Durante realización del hackathon se expusieron algunos antecedentes fundamentales sobre las rutas nacionales 3, 5 y 7. "Quiero agradecer por este medio a los organizadores del Congreso, especialmente a Silvia González, presidente de la Fundación Estrellas Amarillas de La Pampa, que nos permitió participar, exponer y visibilizar sobre la Ruta Nacional N° 3. Este Congreso renovó nuestro compromiso en defensa de la vida", acotó Estanga.

El gráfico expuesto por "Estrellas Amarillas" en el V Congreso Nacional de Seguridad Vial de Mar del Plata muestra la curva de incremento de siniestros viales en el tramo Monte-Chillar, en la Ruta 3. Puede observarse que desde el año 2022 a la fecha el aumento es aún más elevado. (Fuentes: Hemeroteca "Juan Miguel Oyhanarte" de Azul, Diario EL TIEMPO y Dirección Nacional de Vialidad).
Delitos viales
En materia de legislación, durante el V Congreso se abordó la reforma del Código Penal en lo que respecta a los delitos viales de la Ley N° 27.347.
Estanga destacó que "esta reforma es impulsada por las referentes de la Fundación de las Madres del Dolor, Vivian Perrone, y de la Fundación de Estrellas Amarillas de La Pampa, Silvia González".
"Con esta reforma -explicó- se busca endurecer las penas de los delitos por crímenes viales, con la modificación de los artículos [84 bis y 94 bis del Título 1]; que los atenuantes pasen a ser agravantes y eliminar los 'grises legales' que facilitan las condenas en suspenso. Por ejemplo, exceso de velocidad, alcohol, drogas, uso del celular, fuga, conducir con carnet inhabilitado o con carnet no habilitado para el vehículo en uso".
De ese modo, "se busca elevar el piso de castigo según agravantes, hasta 12 años de prisión e inhabilitación extendida del carnet de conducir". Además, en cuanto a la figura de "culpa temeraria versus homicidio culposo", la reforma buscas "clarificar la frontera entre ambos, evitar interpretaciones judiciales que resulten a favor del infractor, con máxima dureza, ante el desprecio por las reglas de tránsito y -aún peor- por la vida".
Esta reforma, explicó Estanga, "se encuentra ya con media sanción de la Cámara de Senadores de la Nación, en septiembre 2025. Desde entonces, estamos a la espera de la media correspondiente a la Cámara de Diputados. Es decir, desde septiembre del 2025 se está en alerta por la dilatación de misma y por aparentes 'trabas legislativas', al renunciar el ministro de Justicia [Mariano] Cuneo Libarona, el cual apoyaba totalmente esta reforma penal".
En el congreso de seguridad vial se analizó que el nuevo ministro, Juan Bautista Mahiques -quien reemplazó a Cuneo Libarona en marzo pasado- "no apoyaría dicha reforma", por lo que, "en septiembre de este año perdería estado parlamentario la reforma propuesta", por lo que "se está en alerta".


La reforma y sus fundamentos
En el proyecto de ley que propicia la reforma del Código Penal se menciona que "los altos índices de mortalidad en siniestros viales en nuestro país son una alarma que no podemos dejar de escuchar al momento de plantear políticas de Estado reflejadas en nuestro Código Penal de la Nación (CPN), resguardando dos intereses fundamentales de toda sociedad, que son primordialmente la vida humana y, seguidamente, la seguridad vial".
"En la práctica judicial concreta, resulta que las familias de víctimas fatales que llegan a juicio oral y público en nuestro país, en la mayoría de los casos, se van con una gran sensación de injusticia e impunidad (aun logrando sentencias condenatorias) a raíz de la deficiencia en la legislación respecto de las penas previstas por el art. 84 bis [del Código Penal]. Contrariamente a lo buscado, actualmente, la normativa existente sólo se limita a encuadrar el homicidio culposo en ocasión de estos siniestros viales, pero continúa existiendo un vacío legal con respecto a la aplicación del dolo eventual en estos casos, quedando así, a la libre interpretación de los jueces encuadrar estas figuras dentro del dolo eventual (art. 79 CPN) o un tipo penal culposo".
Se indica, además, que "nuestro ordenamiento penal no contiene una sanción que pueda cumplir con la finalidad de la pena: por un lado, punir el injusto, aportando justicia a la víctima y, por el otro, el fin preventivo general cuyo fundamento responde a desalentar la conducción en estas condiciones, evitando así tal tipo de injustos. Con una pena tan baja (de 3 a 6 años de prisión) como la que establece el mencionado art. 84 bis CPN, en la práctica cuando hay multiplicidad de agravantes, no sólo el dolo eventual se continuó aplicando en muchas sentencias judiciales, sino que no se logró el objetivo que en definitiva se perseguía, el cual redunda en es bajar la siniestralidad vial y de esta manera proteger la vida de los ciudadanos".
"Si analizamos entonces las penas que nuestro ordenamiento jurídico prevé para diferentes delitos -se puntualiza-, nos encontramos con que existe una notable desproporción entre la pena que se le aplica a un sujeto que ha cometido un hecho como el del abigeato, cortando un alambre de un campo ingresando al mismo y llevándose un vacuno (pena de 4 a 10 años de prisión) con la que correspondería aplicarle a un conductor que cause la muerte de otra persona y se diere a la fuga, no socorra a la víctima, que conduzca bajo los efectos del alcohol y drogas, con exceso de velocidad y otras agravantes en forma conjunta. Inclusive, la sanción que correspondería aplicar en este último supuesto, prevé una escala penal de 3 a 6 años de prisión, dejando allanada la posibilidad de excarcelación e inclusive. Claramente, la disparidad en el tratamiento de los delitos y, las penalidades existentes para cada uno, es notable".
Por ello, con esta reforma, "se propone eliminar agravantes, modificar otros e incorporar nuevos -basados en lógica y experiencia casuística con sustento pericial-, en ambos casos, se plantea un párrafo especial relacionado con la concurrencia de agravantes. Con esta finalidad, se propone también incorporar la figura del 'Homicidio Culposo calificado por la concurrencia de agravantes': con una escala penal de tal amplitud que permitiría, por un lado graduar la pena de acuerdo a la magnitud del injusto que se relaciona con las características del hecho, concurrencia de agravantes, condiciones personales del imputado y extensión del daño causado; como así también lo transformaría en un delito no excarcelable, detenible desde el comienzo de la investigación, una vez individualizado su autor y con una promesa concreta de prisión efectiva".
Por otro lado, se remarca en la reforma que "el presente proyecto no se resume en un mero aumento de penas, como si con ello pudiéramos resolver la totalidad de la problemática; muy por el contrario, busca la concreción de una reparación integral ante la magnitud del daño causado y con las circunstancias ya mencionadas como agravantes, persigue cumplir ante todo con el principio de proporcionalidad de las penas teniendo en cuenta el bien jurídico protegido en esencia, vida de las personas. En resumen, los objetivos centrales son prevenir, disuadir a infringir las leyes, conducir a conciencia, proteger la vida humana, protegernos todos como sociedad y, por supuesto aggiornar nuestro ordenamiento penal a la realidad casuística actual".
En esa línea, se afirma que "los siniestros viales constituyen también un grave problema de salud pública en Argentina. Y esto ocurre, por un lado, debido al lugar que ocupan como causal de muerte en nuestro país y, a la carga de enfermedad que los mismos generan en las víctimas no fatales; por otro lado, debido a la gran cantidad de recursos económicos, humanos y materiales que el sistema de salud debe invertir para la atención de dicha problemática sanitaria".
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