3 de julio de 2026
Así lo resolvió el juez federal Martín Bava, quien expresó en su fallo que "se impone adoptar en el marco de estas actuaciones una medida precautoria tendiente a evitar eventuales perjuicios que puedan derivarse para los trabajadores de la decisión adoptada respecto del transporte a la fábrica".
El Juzgado Federal N° 2 de Azul, a cargo de Martín Bava, resolvió "hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la Asociación Trabajadores del Estado y, en consecuencia, ordenar a la demandada [Fabricaciones Militares] que en el plazo de diez días de notificado del presente [fallo], arbitre los procedimientos pertinentes para restablecer el servicio de transporte que se encontraba brindando a los trabajadores previo a la suspensión, o mecanismo equivalente que garantice su traslado al establecimiento laboral, continuando su recorrido de igual manera en que se encontraba efectuando". Así fue resuelto por el magistrado en un fallo de fecha el 30 de junio de 2026.
En el expediente, iniciado a partir de una presentación del área legal del gremio ATE Azul ante la Justicia Federal de Azul, la Dirección de Fabricaciones Militares "afirma que existe que una muy grave situación económico financiera por la que atraviesa la FMSAU, la cual obliga, en miras a la continuidad de la empresa, a procurar una reducción del déficit y absorber la pérdida global que de momento sigue irrogando su mandante. La decisión implementada fue adoptada en el marco del actual contexto de crisis económica que atraviesa la compañía, juntamente con otras medidas de racionalización y reducción de gastos operativos. Entre ellas, puede mencionarse la disminución de las comisiones y viáticos del personal que se moviliza entre las distintas unidades productivas, reducción de gastos corrientes, plan de compras de insumos para la producción más eficiente, etc. Concluye que su mandante tuvo como objetivo defender intereses de FMSAU (reducción del déficit de la empresa) que resultan ser los intereses del Estado Nacional, por lo tanto, el interés público comprometido y solicita se rechace la medida cautelar requerida", indicó el juez Bava en su fallo.
Del mismo modo, observó que, "sin perjuicio de lo informado, se impone adoptar en el marco de estas actuaciones una medida precautoria tendiente a evitar eventuales perjuicios que puedan derivarse para los trabajadores de la decisión adoptada respecto del transporte a la fábrica, sin que esto implique emitir un juicio definitivo, lo cual se encuentra sujeto a la promoción de un proceso posterior por parte de la interesada. Basta en esta instancia la comprobación de una apariencia suficiente de derecho, recaudo que se encuentra satisfecho con las constancias agregadas".
Bava subrayó que "particularmente, pondero el carácter alimentario de los derechos laborales comprometidos y la necesidad de garantizar la eficacia práctica de la eventual sentencia favorable que se debatirá en el juicio a iniciarse con posterioridad al dictado de la medida pretendida. En efecto, la informada suspensión del transporte hasta el lugar de tareas decidido por la demandada puede dificultar la concurrencia regular de los trabajadores a su puesto de trabajo con riesgo de pérdida de haberes, sanciones disciplinarias o incluso afectación de la continuidad del vínculo laboral. Son todas esas circunstancias las que me convencen de la viabilidad de la medida, con el alcance temporal que se asignará".
Y aclaró que "la postura aquí adoptada no implica adelantar opinión sobre las cuestiones de hecho ni de derecho que se ventilarán en el proceso que deberá promoverse. Así, considero que corresponde hacer lugar a la medida cautelar solicitada y consecuentemente ordenar a la demandada que mantenga o restablezca el servicio de transporte que se encontraba brindando a los trabajadores previo a su suspensión, o arbitre o mecanismo equivalente que garantice su traslado al establecimiento laboral".
El conflicto se remonta al pasado 28 de abril, día en el que Fabricaciones Militares S.A.U. informó su decisión en torno al "servicio de traslado" de los trabajadores de la planta azuleña. Se indicó expresamente: "Al personal de la Fábrica Militar de Azul se comunica que el servicio de traslado de empleados brindado por la empresa será discontinuado a partir del 4 de mayo de 2026. En consecuencia, a partir de dicha fecha cesarán todas las prestaciones vinculadas al mismo que se venían realizando hasta el momento".
En respuesta a esta medida, en una carta documento del 13 de mayo enviada desde ATE Azul al directorio de Fabricaciones Militares se indicó: "Intimo plazo perentorio de 48 hs. de recibida, restituya y restablezca el servicio de transporte de personal a la Fábrica Militar de Azul (Fanazul), pues habiendo hecho efectiva la medida adoptada por Ud. con fecha 4 de mayo, concretó la eliminación del transporte de personal, por lo que perjudicó a los trabajadores principalmente de la planta de producción de Fanazul, afectando así a 45 trabajadores. Todo ello, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales y judiciales pertinentes con las correspondientes denuncias penales", instancia que finalmente se concretó ante la Justicia Federal de Azul.
Por su parte, desde el Consejo Directivo Nacional de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) envió el 6 de mayo una nota al presidente de Fabricaciones Militares S.A.U., Pablo Glogger, y al vicepresidente Diego Martínez. En dicha nota se presenta "una propuesta en relación a lo conversado en la reunión del día de la fecha, respecto al servicio de transporte de la Fábrica Militar Azul (Fanazul), donde el presidente ratificó la decisión de discontinuar el servicio de [transporte] de trabajadores".
Se apuntó que, "actualmente, la fábrica cuenta con dos micros que realizan recorrido interno dentro de la ciudad de Azul, con destino a la Fábrica Militar Azul, en los horarios de las 6 y 12 horas, de lunes a viernes. Asimismo, el área de servicio y guardia es trasladada mediante dos vehículos utilitarios, de lunes a viernes, en turnos rotativos de 6 a 14 horas, de 14 a 22 y de 22 a 6 horas. Por otra parte, el Directorio de la fábrica es trasladado mediante una camioneta tipo Amarok".
"Tras el comunicado interno de suspensión del servicio, y considerando la dotación actual de personal -45 trabajadores del área productiva y 20 del área de servicio- proponemos lo siguiente:
"-Reducir el servicio de transporte a un solo colectivo.
"-Eliminar el recorrido interno dentro de la ciudad de Azul, estableciendo como punto de partida el estacionamiento ubicado en [Alberdi y avenida Perón] -la cochera de los colectivos de la fábrica, con traslado directo hacia la fábrica.
"-Que el área de servicio y guardia sea cubierta por un solo vehículo utilitario, organizando los turnos rotativos de lunes a viernes".
De esa manera, se indicó a continuación, "con este planteo pasaríamos a gastar sólo en colectivo 1.200 litros de gasoil mensuales a necesitar alrededor de 400 litros". La nota fue firmada por Fernando Peyrano, coordinador nacional de Fabricaciones Militares de ATE; Oreste Galeano, integrante del Consejo Directivo Nacional (CDN); Oscar De Isasi, secretario gremial de ATE e integrante del CDN); y del secretario general de la Seccional Azul, Eduardo Bercovich.
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