FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Comerciante fue condenado por abuso sexual: tres años de prisión en suspenso

Según quedó demostrado, en diciembre de 2019 cometió este hecho en perjuicio de una joven que en aquel entonces trabajaba en su local, situado en la zona céntrica de Azul. Declarado autor del delito de "abuso sexual simple", además de la referida pena de ejecución condicional un juez le impuso al encausado diferentes pautas de conducta. Entre ellas, la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima.

16 de abril de 2023

Declarado autor de un hecho de abuso sexual en perjuicio de una joven que trabajaba en su negocio, un comerciante fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional, sanción surgida de un juicio abreviado tramitado en uno de los juzgados correccionales con sede en el Palacio de Justicia de Azul.

Voceros de la Fiscalía General departamental informaron a EL TIEMPO que el fallo de este proceso se había dado a conocer días pasados desde el Juzgado Correccional 1 que está a cargo del magistrado Aníbal Álvarez.

A través de lo resuelto, el condenado en esta primera instancia fue identificado como Jean Paul Ayala, oriundo de Azul y actualmente de 26 años de edad.

Como abuso sexual simple quedó definido a escala penal el hecho materia de este proceso y por el cual el comerciante, propietario de un negocio de telefonía celular ubicado en el centro de Azul, fue sentenciado a la pena de prisión en suspenso ya mencionada.

Junto con esa sanción, a Ayala le fueron impuestas diferentes obligaciones que debe cumplir por el plazo de dos años.

Esas denominadas "reglas de conducta" consisten en que tiene que "fijar residencia" y "someterse al cuidado del Patronato de Liberados". Además -se mencionó textualmente en lo resuelto- debe "abstenerse de acercarse" y de "mantener contacto por cualquier medio con la víctima", al igual que "evitar generar cualquier tipo de conflicto" con esa joven de la que había abusado.

Lo que se dio por demostrado

En horas de la noche del 14 de diciembre de 2019 -según se indica en la resolución- Jean Paul Ayala cometió este hecho de abuso sexual en perjuicio de una joven que por aquel entonces trabajaba en ese local de telefonía celular de su propiedad: un negocio ubicado sobre la calle Yrigoyen, en la zona céntrica de Azul.

En alusión al encausado, en el fallo el juez Álvarez refirió que ese día "abusó sexualmente" de la víctima, una mujer de quien Ayala era su "empleador en el citado local".

Contando con diferentes evidencias reunidas durante lo que fuera la instrucción del sumario penal que se iniciara por lo ocurrido, en lo resuelto se señala también que el hecho sucedió en la parte de atrás del comercio, cuando ya estaba cerrado.

Pese a la oposición de la víctima, en ese sector del inmueble Ayala se acercó a ella para someterla sexualmente. Y si bien no pudo accederla carnalmente, a través de diferentes situaciones logró convertirla en víctima de aquel episodio de abuso, que se inició al besarla en la boca y continuó con diferentes tocamientos en el cuerpo de la joven. Dicha acción implicó -además- que el comerciante la obligara a que le tocara sus partes íntimas, lo cual sucedía al mismo tiempo que le expresaba que "él la ayudaría en todos sus problemas".

Mientras la joven le decía que tenía que irse y había llamado a un conocido suyo para que fuera a buscarla al negocio teniendo en cuenta lo que estaba pasando, el abuso consistió también en que el ahora condenado le manifestara que lo hiciera "terminar".

Las versiones de la víctima y de testigos, al igual que capturas de pantallas de mensajes enviados entre la joven y el comerciante después de sucedido el hecho, se convirtieron en evidencias que sirvieron para demostrar lo ocurrido y la autoría de Ayala en este caso de abuso sexual.

La joven había sido sometida a pericias psicológicas, ordenadas durante la tramitación de este sumario penal. Y un dictamen efectuado por una especialista de la Asesoría Pericial departamental concluyó que el relato que brindara con relación a lo sucedido se correspondía de manera verosímil con ese episodio de abuso sexual que sufriera por parte de quien durante un tiempo había sido su empleador.

Una denuncia

Después de que la joven pudo contar lo sucedido a sus familiares y una amiga, el hecho fue denunciado y se inició el sumario penal por el que Ayala ahora resultó condenado en esta primera instancia.

La causa penal quedó radicada en la UFI 6 que en los tribunales de Azul está a cargo de Karina Gennuso.

Esa Fiscal también representó a la Acusación en el juicio abreviado, un proceso donde al comerciante imputado lo patrocinó, en carácter de defensora Particular, la abogada María Fernanda Giménez.

La sanción y las pautas de conducta impuestas a Ayala por el juez Correccional Álvarez fueron las mismas que las partes acordaron, en la previa a que se solicitara la realización de este proceso, se menciona en uno de los párrafos de lo resuelto.

Los tres años de prisión de ejecución condicional impuestos en esta instancia al comerciante se convirtieron en una pena "que se encuentra comprendida entre el mínimo y el máximo legal establecido para el delito imputado", se refirió textualmente en el fallo al respecto.

Sobre dicha sanción, al igual que con relación a la calificación penal otorgada a lo sucedido, habían "expresado el encartado y su Defensa su conformidad", se indicó también en la resolución para admitir formalmente la realización de este proceso, el cual -sobre la base de lo que la norma estipula para este tipo de sistema de enjuiciamiento- le impide al juez que interviene dictarle al encausado una pena superior a la pactada entre las partes.

Teniendo en cuenta la Ley de Víctimas, en el fallo se hizo alusión también a que desde la Acusación -junto con el pedido para que el caso se resolviera mediante este proceso- se presentó un informe a través del cual la joven abusada por el comerciante "se manifestó de acuerdo con la realización del juicio abreviado en cuestión".

El dato

También teniendo en cuenta lo acordado entre las partes, para Jean Paul Ayala, el declarado autor de este caso de abuso sexual, se valoró como una atenuante su "carencia de antecedentes penales" hasta el momento que fuera denunciado por aquel hecho. Y como agravantes, el Juez Correccional que lo condenó tuvo en cuenta para ese joven "lo vejatorio de la conducta" llevada a cabo al cometer este episodio delictivo y "la extensión del daño causado" a la víctima.


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