24 de noviembre de 2023
Es una joven que fue declarada autora de dos infracciones a la Ley 23.737. Esos hechos los cometió formando parte de grupos de personas que se dedicaban en Azul a vender drogas, los cuales tenían a un preso como cabecilla. En el mismo proceso también fue sentenciada a la pena referida por amenazas que cometiera en perjuicio de otra mujer. Actualmente está presa en la Unidad 51 de Magdalena.
Dos causas penales relacionadas con infracciones a la ley de drogas y una tercera vinculada con un episodio de amenazas en perjuicio de una joven derivaron en la condena a ocho años y ocho meses de prisión para una mujer, informaron voceros judiciales a EL TIEMPO.
Las mismas fuentes identificaron a la encausada como Araceli Elizabeth Otegui, oriunda de La Plata y de 28 años de edad.
Esa joven figuraba con domicilio en Azul cuando en octubre de 2020 resultó detenida por una de las investigaciones penales tratadas en un juicio abreviado que se tradujo en el dictado de esta condena de primera instancia para ella.
Teniendo en cuenta las características de dos de los hechos materia de ese proceso, a la encausada también le fue impuesto a modo de sanción el pago de una multa.
Desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 2 con asiento en el Palacio de Justicia local intervino en este juicio abreviado la magistrada Alejandra Raverta.
Valorando las diferentes evidencias incorporadas a las instrucciones de las causas penales por las que Otegui resultó condenada, la mencionada Jueza declaró a la joven platense autora de "dos hechos" de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas al consumidor en concurso ideal con comercialización de estupefacientes agravado por la participación de tres o más personas. Y también la condenó por el delito de amenazas.
Esos ilícitos, se menciona en lo resuelto, fueron cometidos por la mujer "en concurso real de acciones" y actualmente la tienen privada de la libertad en la Unidad 51, la cárcel situada en la ciudad bonaerense de Magdalena.
Según quedó probado, los delitos perpetrados por la encausada fueron situados como ocurridos en Azul "entre el mes de mayo y el día 24 de octubre del año 2020"; "entre julio de 2019 y el 13 de diciembre del mismo año" y "el 22 de mayo y el 14 de julio de 2020".
Con relación al mencionado hecho intimidatorio, se trataron de episodios que habían tenido como víctima a una joven.
Un mensaje de texto que Otegui enviara a la damnificada el 22 de mayo de 2020 y otros de WhatsApp que remitiera a esa misma mujer el 14 de julio de aquel año referido sirvieron como evidencias para demostrar su autoría en lo ocurrido.
Drogas
Una serie de allanamientos que de manera simultánea realizaran agentes de la Policía Federal en Azul el 24 de octubre de 2020 había finalizado con las detenciones de la ahora condenada en esta instancia, de otra mujer y de un varón. Y al mismo tiempo, esa medida cautelar se dispuso para un azuleño que sigue preso, quien para aquel entonces estaba alojado en una unidad penal de la zona.
De acuerdo con lo investigado en un sumario penal relacionado con una infracción a la ley de estupefacientes -el expediente que se convirtió en la causa principal tratada en este juicio abreviado- Otegui, para cuando resultó detenida en la casa donde vivía, formaba parte de un grupo de personas que desde meses antes "se dedicaron en forma organizada a la comercialización de estupefacientes del tipo clorhidrato de cocaína y marihuana en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor".
El allanamiento que los policías habían hecho el 24 de octubre de 2020 en el domicilio de la encausada, situado sobre la calle Avendaño, finalizó con los secuestros de una importante cantidad de marihuana, un picador, una balanza, plantines de cannabis sativa, dinero en efectivo y teléfonos celulares. Elementos todos que fueron considerados como evidencias que servían para demostrar su autoría en esta infracción a la Ley 23.737.
Según lo surgido de las actuaciones en la otra causa relacionada también con venta de drogas, similar accionar delictivo desarrolló Otegui "en el lapso comprendido entre el mes de julio de 2019 y el día 13 de diciembre del mismo año".
En ese caso, en el fallo se hizo mención a la intervención de "al menos once personas, algunas conocidas entre sí", quienes "en acuerdo organizado, cumpliendo distintos roles y valiéndose de diversas líneas telefónicas comercializaron estupefacientes -cocaína y marihuana- fraccionadas en dosis destinadas directamente al consumidor, sustancias que tenían en su poder en los respectivos domicilios". Y una vez más, como el cabecilla de esta actividad delictiva -al igual que se lo señala en la causa principal por la que fue condenada la joven- figuró el azuleño que sigue preso, identificado en las actuaciones penales como Carlos José María Cano.
Con relación a Otegui, en este caso su función consistía en viajar a otras ciudades a buscar estupefacientes, los cuales después eran comercializados al menudeo en Azul por más imputados surgidos de esa investigación penal.
"Por haber emitido opinión en los presentes actuados", la Jueza que condenó a la joven se excusó de seguir interviniendo en las causas relacionadas con esas infracciones a la Ley 23.737 que involucran a los demás acusados, entre los cuales figura una policía de la Bonaerense.
El dato
En representación de las partes intervinieron en este juicio abreviado el fiscal Lucas Moyano, actual titular de la UFI 22 que tiene su sede en el Palacio de Justicia local, y Pedro De Luca, abogado que lo hizo como defensor Particular de la encausada y tiene previsto recurrir ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense este fallo de primera instancia que condenó a su clienta.
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