12 de febrero de 2025

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO . Seis meses de prisión a cumplir para un azuleño

Si lo resuelto queda firme, el todavía encausado deberá purgar privado de su libertad la sanción que le fuera dictada en este proceso. Un juez lo declaró autor de hechos de violencia de género que tuvieron como víctimas a dos ex parejas suyas.

De quedar firme en todos sus términos el fallo de un juicio abreviado sustanciado a fines de diciembre pasado, un azuleño que registra un antecedente condenatorio deberá purgar seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.

En ese proceso había sido declarado autor de diferentes hechos de violencia de género que tuvieron como víctimas a dos ex parejas suyas y también, en uno de esos casos, al amigo de una de esas mujeres.

A través de lo resuelto, el encausado fue identificado como Sebastián Alejandro Pagliaro, quien actualmente tiene 31 años de edad.

Un juicio abreviado tramitado ante el Juzgado Correccional 2 que en los tribunales de Azul conduce el magistrado Héctor Torrens derivó en el dictado de este nuevo veredicto condenatorio para el hombre.

En ese mismo juzgado donde se desarrolló este proceso que lo tuvo también como imputado, Pagliaro ya había sido condenado por primera vez el 25 de octubre de 2018 por otros delitos.

Aquel antecedente que el azuleño registraba fue valorado por el juez Torrens en el proceso más reciente como una circunstancia agravante a la nueva sanción que le dictó. Y en consecuencia -contando con el acuerdo entre las partes que intervinieron en el juicio abreviado- se tradujo en que ahora la pena que el hombre recibió sea de cumplimiento efectivo.

Considerando los dos sumarios penales convertidos en materia de este proceso, por uno de ellos Pagliaro fue declarado autor del delito de lesiones leves agravadas. Y por la causa acumulada, de los ilícitos daño y desobediencia en concurso real.

Al mismo tiempo, en el fallo se mencionó que todos esos delitos el azuleño los cometió "en concurso real entre sí".

Condenado nuevamente

Según lo que quedara demostrado, la causa principal tratada en este juicio abreviado se relaciona con un hecho que Sebastián Alejandro Pagliaro cometiera el 14 de agosto de 2020 en perjuicio de quien en ese entonces era su concubina.

En la casa de esta ciudad donde ambos vivían, durante la tarde de aquel día el hombre "agredió físicamente" a la joven "tomándola del cuello y de los cabellos", provocándole con ese accionar lesiones consideradas leves.

Aquel incidente fue enmarcado "en un contexto de violencia de género", escribió en lo resuelto el Juez que intervino en este proceso abreviado.

Con la denuncia que después formulara la víctima se inició el sumario penal que se tradujo en la imposición de este nuevo veredicto condenatorio -de primera instancia y que aún no está firme- para el encausado.

Según lo que declarara la mujer que resultó lesionada en el marco de ese incidente, no era la primera vez que el imputado la agredía; aunque en ocasiones anteriores ella no se había animado a denunciarlo "por temor".

En tanto, la causa acumulada por la que también el hombre resultó condenado en este proceso abreviado data de un incidente sucedido en la vía pública el 26 de febrero de 2020.

Según se menciona en lo resuelto, entre la 1 y la 1:30 horas de aquel día Pagliaro observó el momento en que otra ex pareja suya circulaba en un auto con un amigo de ella.

Ese rodado se desplazaba por Avenida Mitre y calle Arenales, en dirección a la Costanera. Y el encausado, cuando se trasladaba en una moto, interceptó al vehículo y comenzó a insultar a sus dos ocupantes.

En esas circunstancias, además, Pagliaro le dio al auto "un golpe de puño a la ventanilla trasera, del lado del acompañante", dañando el vidrio. E "invitó a pelear" al varón que guiaba el rodado.

Con ese accionar el hombre desobedeció una manda judicial que estaba vigente en ese momento: una "prohibición de acercamiento, perímetro y comunicación" con la mujer que se trasladaba como acompañante en ese auto y que tiempo antes había sido también su pareja.

"En cuanto al monto de la sanción privativa de libertad a imponer, teniendo en cuenta la calificación legal, las circunstancias del caso, las agravantes referidas y el imperativo legal, que me prohíbe modificar en más el monto de la sanción convenida, considero apropiado convalidar la pena de seis meses de prisión a imponer al causante Sebastián Alejandro Pagliaro que fuera acordada por las partes, la cual -teniendo en cuenta los antecedentes condenatorios que registra- deberá ser de efectivo cumplimiento; con más las costas del proceso", escribió el juez Torrens en el fallo.

El dato

Las partes que intervinieron en este juicio abreviado estuvieron representadas por el fiscal Marcelo Fernández y por el defensor Oficial Diego Prado.


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