6 de noviembre de 2023

HABÍA SIDO DETENIDO EL MES ANTERIOR

HABÍA SIDO DETENIDO EL MES ANTERIOR. Azuleño fue llevado a una cárcel para seguir cumpliendo tres años de prisión

Ahora está en la Unidad 30 de General Alvear. A principios de septiembre pasado, en un juicio abreviado resultó condenado por agredir -junto con su hijo- a un hombre y por un conflicto vecinal. Esos hechos, respectivamente, sucedieron en esta ciudad el 30 de junio de 2020 y el 8 de enero de 2019.

Un azuleño que había sido detenido el mes anterior para purgar una condena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento se encuentra en una unidad penal.

Identificado como Carlos Alberto Licuiman y de 38 años, desde este jueves que pasó permanece en la Unidad 30, la cárcel del SPB situada en General Alvear a la que ese día había sido llevado desde la Seccional Primera local de Policía.

En la comisaría situada en una de las esquinas de Belgrano y Las Flores Licuiman estuvo preso desde que el 18 de octubre se hiciera efectiva su detención, que desde uno de los tribunales orales con asiento en el Palacio de Justicia local fuera ordenada para que comenzara a purgar la referida sanción.

Esa pena de efectivo cumplimiento de tres años de prisión le había sido dictada al hombre en un juicio abreviado donde terminó siendo declarado autor de los siguientes delitos: lesiones graves agravadas por la participación de un menor de edad en concurso real con coacción agravada por el empleo de armas.

Ambos hechos habían sucedido en Azul. El primero de ellos, el 30 de junio de 2020 y el otro, el 8 de enero de 2019. Y en ese proceso abreviado se tradujeron en la imposición de una pena única para el condenado, consistente en los ya mencionados tres años de prisión de cumplimiento efectivo.

Dicha condena, se mencionaba también en el fallo, era comprensiva de la pena dictada por las dos causas tratadas en el proceso más reciente que se tramitara ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul y de otra, consistente en "quince días de prisión de ejecución condicional" que al hombre que ahora está preso en una cárcel le había sido dictada el 23 de mayo de 2018 en un Juzgado Correccional local y que tiempo después adquirió rango de firmeza. En aquel entonces, como autor del delito de "daño".

Dos hechos

En el fallo donde volvió a ser condenado se mencionó que el 30 de junio de 2020 Carlos Alberto Licuiman cometió uno de los hechos por los que actualmente está preso en la Unidad 30 del SPB.

Aquel día, cuando era alrededor de la hora 0.20, una casa situada sobre la calle San Juan de esta ciudad fue el lugar donde el azuleño, "tras generarse una discusión" en la que también estuvo involucrado su hijo -en ese entonces de 16 años- e "incluyó golpes, empujones y trompadas", había lesionada a la víctima que tuvo aquel incidente, identificada en las actuaciones penales como Ángel Guillermo Ponce y actualmente de 33 años de edad.

En el marco de esa confrontación, el hijo de Licuiman había herido por la espalda con un arma blanca al hombre domiciliado en la vivienda donde este hecho se produjo. Y posteriormente, cuando Ponce se refugió en una habitación, tanto el azuleño que ahora está preso como el adolescente continuaron atacándolo a golpes, provocándole también un "traumatismo, cortes y pérdida de dos piezas dentarias".

Tras lo que fuera aquel ataque, ambos autores se dieron a la fuga de la vivienda, en la previa a que una ambulancia con personal médico llegara a ese domicilio para trasladar a Ponce al hospital y que también en lo sucedido interviniera la Policía.

Ese mismo día de ocurrido este hecho, el hombre que está preso en la cárcel de Alvear y su hijo fueron interceptados y aprehendidos por personal policial en Necochea y San Juan, cuando se trasladaban en un automóvil Volkswagen Golf de color rojo.

En tanto, la otra causa tratada en este juicio abreviado que se tradujo en la condena para Licuiman data de un hecho ocurrido el 8 de enero del año 2019.

Según lo señalado en la resolución, aquel día -minutos después de la hora 19- el ahora condenado se hizo presente en un departamento del Barrio Pedro Burgos "portando un fierro en sus manos y exhibiéndolo", amenazando a un vecino que se encontraba en el interior de ese inmueble para que moviera unos vehículos estacionados en las afueras del referido complejo habitacional.

"Sacá los autos de ahí porque si no te los voy a hacer pedazos" y "más vale que no estén los autos cuando vuelva", se menciona textualmente en las actuaciones penales, fueron los dichos intimidantes referidos en aquel entonces por el hombre condenado meses atrás.

Además, el vecino que resultara víctima de lo sucedido y su pareja señalaron que habían escuchado detonaciones "hacia el aire" similares a disparos de un arma de fuego, las cuales habría efectuado el agresor durante lo que fuera ese incidente. Un hecho por el que después fue convocado, mediante un llamado al 911, personal policial.

Teniendo en cuenta el acuerdo entre las partes para la tramitación de este juicio abreviado, cuando Licuiman fue condenado se tuvo en cuenta, como agravantes, "la extensión del daño causado" al vecino al que agrediera junto con su hijo y el antecedente que registraba, circunstancia esta última que se tradujo en el juicio abreviado en la imposición de esa pena única por la que ahora está preso en la Unidad 30.

El dato

Desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 había sido el juez Joaquín Duba quien intervino en este juicio abreviado. El fallo con veredicto condenatorio para Carlos Alberto Licuiman se conoció el pasado 5 de septiembre y semanas después adquirió rango de firmeza. En tanto, las partes estuvieron representadas en ese proceso por la fiscal Laura Margaretic y la defensora Oficial Mariana Mocciaro.

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