FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

FALLO DE UN JUICIO ABREVIADO

Condena a seis años y medio de prisión para un hombre que abusó de una menor de edad

El imputado fue detenido en Azul a principios de mayo de 2021 por el hecho que días atrás se tradujo en la imposición del veredicto condenatorio. Un juez lo declaró autor del delito de "abuso sexual gravemente ultrajante". A través de lo que había sido una investigación penal quedó probado que sometió sexualmente a la víctima cuando ella tenía doce años de edad, en una fecha no especificada pero "ubicable durante el invierno del año 2015", según se refiere textualmente en la resolución de este proceso.

28 de mayo de 2023

Declarado autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, un hombre que había sido detenido en esta ciudad en mayo de 2021 fue condenado a seis años y seis meses de prisión, informaron a EL TIEMPO voceros judiciales.

Dicha sanción fue el resultado de un juicio abreviado tramitado ante uno de los tribunales orales con asiento en el Palacio de Justicia de Azul, proceso donde a escala penal fue hallado responsable de un hecho que cometiera en perjuicio de una joven años atrás, cuando la víctima de lo sucedido era menor de edad.

El encausado y condenado en esta primera instancia fue identificado por voceros judiciales como Rubén Ariel Gastaldi, quien actualmente tiene 48 años de edad.

Un juicio abreviado tramitado ante el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 había derivado semanas atrás en que el juez Martín Céspedes le impusiera la referida condena, surgida de lo que fuera el acuerdo entre las partes para la realización de este proceso.

"Sin valorar eximentes ni atenuantes y considerando como agravantes la modalidad del hecho en juzgamiento, el aprovechamiento de la confianza depositada por la niña en el causante y la clara situación de vulnerabilidad en que se hallaba la menor, que surge del relato de la misma, corresponde dictar a Gastaldi Rubén Ariel, en virtud a lo acordado y a lo dispuesto por el artículo 399 del Código Procesal Penal -el cual establece que no se podrá imponer una pena superior a la solicitada por el Fiscal-, la pena de 6 años y 6 meses de prisión, accesorias legales y costas por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante", se refiere textualmente en la parte resolutiva del fallo de este juicio abreviado.

El caso

El hecho por el que el encausado resultó condenado en esta primera instancia fue situado como sucedido en una fecha "no especificada pero ubicable durante el invierno del año 2015".

En aquel entonces la víctima tenía doce años de edad y el interior de una vivienda situada en Azul se convirtió en escenario de este caso de abuso sexual.

El accionar delictivo de Rubén Ariel Gastaldi implicó que abusara de la víctima "ultrajando su pudor", para lo cual la accedió carnalmente empleando sus dedos.

En el marco de la instrucción de esta causa penal, a la víctima -actualmente ya mayor de edad- le había sido tomada una declaración cuando todavía era menor por medio de la Cámara Gesell.

Ese testimonio fue valorado por el Juez que intervino en este juicio abreviado para pronunciarse a favor de la imposición de la condena al acusado.

"El relato sostenido de la menor victima a lo largo del proceso y ante todas las personas de su entorno, familiar y escolar, ante quienes pudo contar su vivencias, reúne las características de verosimilitud necesarias para considerar que Gastaldi es autor del hecho que se le imputa, habiendo tenido éste las circunstancias de tiempo y lugar que refiere la menor en su relato y, por ende, dar por probada su culpabilidad", escribió el magistrado Martín Céspedes en el fallo.

Karina Gennuso había llevado adelante, desde la UFI 6 a su cargo, la instrucción de este sumario penal y también representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio abreviado.

Un pedido que esa funcionaria judicial formulara se tradujo en que, el 6 de mayo de 2021, se ordenara la detención de Rubén Ariel Gastaldi.

En ese entonces, la medida cautelar fue ordenada por el magistrado Federico Barberena desde el Juzgado de Garantías 2 y la hicieron efectiva en esta ciudad agentes de la DDI Azul.

Si bien durante la instrucción de este sumario penal se hizo mención a que Gastaldi sufre una discapacidad relacionada con un "retraso mental leve", en el fallo se citó el resultado de una pericia a la que había sido sometido.

Ese informe indicaba que el hombre "comprende que los hechos denunciados constituyen delito", motivo por el cual fue declarado imputable en este proceso y resultó condenado, sobre la base de que cuando cometió ese hecho de abuso sexual "la capacidad de dirigir voluntariamente su accionar se encontraba conservada, sin ideación patológica que comande su conducta, aunque con las características de precariedad e inmadurez descriptas", refería el dictamen pericial.

El dato

Una abogada llamada Nélida López intervino como defensora Particular del hombre condenado en este juicio abreviado. El Juez que le impuso la referida pena de seis años y medio de prisión ordenó también, una vez que este fallo adquiera rango de firmeza, "la toma de muestras o evidencias biológicas" a Rubén Ariel Gastaldi, "a los efectos de su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual", según lo estipulado por la Ley 26.879.

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