27 de agosto de 2022
Por Alfredo C. Ronchetti
En cuanto a sus formas, Montesquieu expresó que hay tres especies de gobierno; el republicano, el monarquico y el despótico. El republicano es aquel en que el pueblo todo o un parte de éste (democrático o aristocrático) tiene la soberanía del poder.
La Constitución de la Nación Argentina, establece en su artículo primero que la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana federal.
El artículo vigésimo segundo establece que el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución.
En la segunda parte de la norma constitucional se refiere a las autoridades de la Nación, que se compone, según el título primero, de tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El primero legisla, el segundo es el responsable político de la administración general del país, y el tercero toma conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre los puntos regidos por la Constitución y por las leyes de la Nación
Frente a esta normativa vigente es imperioso, para no ser esclavos de los hombres, sino de la ley, como dijo Alberdi, que se respeten a las instituciones. Y las instituciones indicadas anteriormente tienen sus atribuciones y limitaciones. Por ejemplo el artículo ciento nueve de la norma constitucional establece que en ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.
Estamos, en estos días, frente a una situación que podría generar actos inconstitucionales. Porque frente a una etapa de un proceso judicial, como es la acusación fiscal, se produjeron expresiones y actitudes que podrían ser pensadas como intimidatorias, para amedrentar a la justicia.
Un periodista escribió: "pocas veces se ha visto en la historia reciente tanto desparpajo para violar el principio de la división de poderes o para comprometer a la dirigencia y a las instituciones en el destino de una sola persona encartada".
El Poder Judicial debe tener la obligación de tratar de cumplir su función de impartir justicia en un clima normal, sin tensiones externas, ni aceptando presiones. Tienen que hacerlo con convicción, con independencia y dentro de lo que establece la ley. Si eso no sucede lamentablemente se afecta la seguridad jurídica de los habitantes de este país.-
La ciudadanía debería estar atenta, ante este panorama, a los acontecimientos que se puedan producir . ¿Estamos viviendo con instituciones fuertes o bien con instituciones débiles, dirigidas por personas a las que les interesan los intereses personales, sin importarles los intereses generales del país?
Los optimistas tienen fe en las instituciones, los pesimistas tienen más dudas que certezas.
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